15 de junio de 2026 - 10:05

Coviar logró una medida cautelar de la Justicia Federal y vuelven los aportes obligatorios

La Justicia hizo lugar a una cautelar presentada por Coviar, suspendió la Resolución 55 y ordenó restablecer los aportes obligatorios al PEVI.

La Justicia Federal hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la Corporación Vitivinícola Argentina (COVIAR) en el marco del amparo presentado contra la Resolución 55/2026 de la Secretaría de Agricultura de la Nación. Mientras se resuelve la cuestión de fondo, el fallo suspendió la aplicación de la norma cuestionada y restableció las condiciones previstas por la Ley 25.849.

La decisión implica que vuelven los aportes obligatorios al Plan Estratégico Vitivinícola (PEVI) y que el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) deberá continuar aportando la información necesaria para calcular las contribuciones de cada establecimiento alcanzado. Además, el organismo deberá aplicar las medidas previstas por la ley para quienes incumplan con esos pagos.

La cautelar suspendió la Resolución 55 y restableció el sistema vigente

La resolución judicial fue dictada en respuesta al pedido realizado por Coviar dentro del amparo presentado contra la Secretaría de Agricultura. En su planteo, la entidad cuestionó la legalidad de la Resolución 55/2026, que había eliminado los aportes obligatorios destinados al financiamiento del PEVI.

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Aunque el amparo todavía no fue resuelto de manera definitiva, la Justicia consideró procedente otorgar la cautelar y suspendió los efectos de la resolución nacional hasta que exista una decisión sobre el fondo de la causa.

De esta manera, vuelve a aplicarse el régimen previsto por la Ley 25.849, norma que creó Coviar y estableció el funcionamiento del Plan Estratégico Vitivinícola (PEVI).

Qué cambia con el amparo para bodegas y el INV

Uno de los principales efectos de la medida es el restablecimiento de las contribuciones obligatorias que financian parte de las actividades de Coviar. El aporte alcanza exclusivamente al sector industrial de la cadena vitivinícola, es decir, a las bodegas elaboradoras de vino, establecimientos fabricantes de mosto y exportadores de pasas.

Con la suspensión de la Resolución 55, estos establecimientos vuelven a quedar alcanzados por las obligaciones previstas en la ley hasta que la Justicia resuelva el amparo.

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Las contribuciones obligatorias alcanzan a bodegas, elaboradores de mosto y exportadores de pasas de todo el país.

Las contribuciones obligatorias alcanzan a bodegas, elaboradores de mosto y exportadores de pasas de todo el país.

El fallo también ordenó al Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) continuar brindando la información estadística necesaria para determinar el aporte correspondiente a cada establecimiento.

Además, deberá volver a aplicar las medidas previstas por la Ley 25.849 para los casos de incumplimiento. Esto implica que los establecimientos que no realicen los aportes obligatorios podrán ser paralizados, tal como establecía el régimen vigente antes de la entrada en vigor de la Resolución 55.

Otro de los efectos de la decisión judicial es que queda frenada la aplicación de las disposiciones incluidas en la resolución nacional mientras continúe el trámite del amparo presentado por Coviar.

Cuánto deberán pagar las bodegas, mosteras y exportadores por los aportes a Coviar

Con la suspensión de la Resolución 55 y el restablecimiento del sistema previsto por la Ley 25.849, vuelven a regir las contribuciones obligatorias que financian el funcionamiento de la Corporación Vitivinícola Argentina (COVIAR) y del Plan Estratégico Vitivinícola (PEVI).

Para 2025, los valores fijados para los aportes varían según el producto elaborado. En el caso del vino, mosto sulfitado, mosto virgen y otros productos sin proceso de concentración, la contribución quedó establecida en $0,847979 por litro elaborado.

Por su parte, los productos fraccionados sin indicación varietal, con excepción del mosto concentrado, deberán abonar $0,714940 por litro. En tanto, para los productos fraccionados con indicación de variedades, champagne y vinos especiales, el aporte asciende a $1,171074 por litro.

El valor más elevado corresponde al mosto concentrado destinado al mercado interno o a la exportación, que deberá pagar una contribución de $4,382024 por litro. En el caso de los establecimientos que procesan uva en fresco o pasas, el aporte obligatorio fue fijado en $0,702215 por kilo de uva fresca ingresada.

Las contribuciones alcanzan exclusivamente al eslabón industrial de la cadena vitivinícola, integrado por bodegas, elaboradores de mosto y exportadores de pasas.

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