Procesaron a dos exfuncionarios K por espiar a Stiuso y a la jueza Arroyo Salgado el día que murió Nisman

Pablo Palá y Alexis Lesa ingresaron a la base de datos de Migraciones para buscar datos sobre ellos cuando aún no se conocía que había muerto el fiscal de la causa AMIA el 18 de enero de 2015.

Procesaron a dos exfuncionarios K por espiar a Stiuso y a la jueza Arroyo Salgado el día que murió Nisman
Procesaron a dos personas por espiar a Stiuso y a la jueza Arroyo Salgado el día que murió Nisman

La Cámara Federal confirmó este jueves el procesamiento de dos exfuncionarios K, Pablo Palá y Alexis Lesa, por haber realizado inteligencia ilegal sobre el exdirector de Contrainteligencia Antonio Stiuso y la jueza federal Sandra Arroyo Salgado, cuando todavía no se conocía la muerte del exfiscal de la causa AMIA, Alberto Nisman, el 18 de enero de 2015.

Según lo publicado por Clarín, el procesamiento dictado por el juez Julián Ercolini fue confirmado por la Sala II de ese tribunal de alzada integrado por Martín Irurzun y Eduardo Farah. En tanto, Roberto Boico no firmó por estar de licencia, informaron fuentes judiciales.

Esto forma parte de la denuncia que formularon la actual candidata presidencial Patricia Bullrich y la exdiputada de JxC Laura Alonso en 2015, que afirmaba que en la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), conducida por Oscar Parilli, había más de un centenar de políticos, jueces y periodistas con una OB (orden de observación), es decir, con pinchadura de teléfonos y seguimientos.

Oscar Parrilli ejerció el cargo de director de la Agencia Federal de Inteligencia desde agosto de 2015 hasta el fin del mandato de Cristina Fernández de Kirchner, el 10 de diciembre de 2015. - Foto Federico López Claro
Oscar Parrilli ejerció el cargo de director de la Agencia Federal de Inteligencia desde agosto de 2015 hasta el fin del mandato de Cristina Fernández de Kirchner, el 10 de diciembre de 2015. - Foto Federico López Claro

En la lista entregada por Bullrich y Alonso se incluía a los miembros de la Corte Suprema de Justicia y sus conjueces. Había jueces y fiscales federales, referentes políticos de casi todas las fuerzas opositoras desde Mauricio Macri y muchos legisladores del PRO hasta dirigentes del Partido Obrero, más Elisa Carrió, Sergio Massa y Felipe Solá. Y empresarios como José De Mendiguren o Sebastián Sánchez Sarmiento, de Ausol, además de muchos directivos del Grupo Clarín y sus empresas.

Periodistas de Clarín como Eduardo Van der Kooy, Daniel Santoro, Ismael Bermúdez, Miguel y Nicolás Wiñazki también figuraban, al igual que varios exfuncionarios de inteligencia, como Miguel Ángel Toma.

El espía “Jaime” Stiuso se presentó como querellante y entregó datos como los ingresos ilegales de la AFI a la base de datos de Migraciones sin orden judiciales para buscarlo. Después de años de investigación, ahora la Cámara Federal confirmó estos procesamientos y ordenó a Ercolini profundizar la investigación.

El tribunal recordó en el fallo que en principio “la fiscalía (al pedir la indagatoria de Pablo Palá y Alexis Lesa) y el juez (al disponer el acto, escuchar sus descargos y luego procesarlos), posaron especialmente la atención en determinadas consultas de movimientos migratorios que fueron materializadas desde un usuario de la Dirección de Contrainteligencia de la Secretaría de Inteligencia”.

El espía "Jaime" Stiuso
El espía "Jaime" Stiuso

“Las consultas se refirieron a Antonio Stiuso y a Sandra Arroyo Salgado. Las identidades en cuestión -como se ve- no son inocuas; responden a la lógica de la trama que se viene describiendo. También lo hace la sede en que se produjo el origen de la averiguación. Y el cuadro se completa con las fechas en que ello sucedió”, agregó la Justicia.

Los movimientos migratorios de la jueza federal y también viuda de Nisman “fueron consultados con el usuario de la Secretaría de Inteligencia el 27 de enero de 2015, a las 02:33:00 hs. Los de Stiuso, en treinta y ocho oportunidades desde el 18 de enero de 2015 a las 16:14:10 y 16:14:17 hs., hasta el 30 de enero de dicho mes, a las 13:04:27 hs”.

En todos los casos, “se activó una dirección de IP asociada al domicilio en Paraná, Entre Ríos, que era ocupado por Palá y Lesa y a un teléfono también vinculado a ellos. Ambos -se averiguó- tenían a la época contratos con dependencias públicas de la Provincia mencionada y especialidad en informática”.

Al presentarse a la audiencia como querellante, Stiuso alegó que “lo que aquí se demostró y a PALA y LESA se les imputa, son maniobras que me afectan a mí y que también han afectado a la Dra. Sandra Arroyo Salgado, dato éste no menor, por cuanto no cabe otra opción (habida la fecha en que sucedieron los hechos, desde el 18 y hasta el 30 de enero de 2015) que entrelazar todo con la muerte del fiscal Alberto Nisman”.

Y agregó que “las búsquedas en la base de datos de Migraciones respecto de mi persona comienzan el mismo día 18 de enero de 2015 a las 16:14:19 hs. y 16:14:17 hs., es decir cuando ‘aún no se sabía’ lo que había ocurrido en el interior del departamento del fiscal Nisman en Puerto Madero”.

La jueza Sandra Arroyo Salgado, viuda de Nisman (Archivo)
La jueza Sandra Arroyo Salgado, viuda de Nisman (Archivo)

“Algunos no sabíamos lo que había ocurrido en el interior de ese departamento, pero a la luz de las búsquedas que desde la SI/AFI se efectuaron en la tarde del 18 de enero de 2015, otros sí lo sabían. Recordemos, porque creo que es importante advertir, que la madre del Fiscal Nisman ingresa a la vivienda en Puerto Madero, bien entrada la noche (se alude a las 22.30 hs.)…Esta información necesariamente debe ser puesta en conocimiento de la Fiscalía a cargo de la investigación de la muerte del Fiscal Nisman” (ver mejora de fundamentos, el destacado es del original)”.

El análisis conjunto de los elementos indiciarios y unívocos desarrollados la cámara federal concluyó que la reunión de información a que se ciñó la decisión del juez, “fue realizada con la intervención de agencias de inteligencia estatales y en infracción a la ley que regula su actuación”.

Que “hay razones fuertes para presumir que los eventos no fueron aislados, sino que obedecieron a una actividad generalizada dirigida a determinados objetivos, en un contexto (por la época de los acontecimientos y los hechos que se produjeron por entonces) particularmente relevante”, y que “las implicancias, derivaciones y alcances de lo anterior deben seguir siendo profundizadas”.

“Lo expuesto fortalece la hipótesis -planteada entre otros por los testigos que revestían como agentes de inteligencia, cuya identidad (dado el curso tomando desde ahora por la investigación) deberá ser reservada en la anterior instancia- de que habría existido involucramiento de funcionarios de los organismos en danza en el seguimiento y búsqueda de información de los damnificados”, sumó el fallo.

Y “que en un contexto como el descripto, el rol de Palá y Lesa sólo puede ser entendido en términos de aportes relevantes propios de la participación criminal necesaria (art. 45, CP), en operaciones de inteligencia ilegales penadas por ley (art. 43 ter, ley 25520)”.

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