El Gobierno pagará más de la mitad de los haberes para agilizar las jubilaciones de magistrados

Se aplicará una legislación nacional, ante las demoras de Anses y el pedido de la Asociación de Magistrados. El Gobierno abonará el 60% de los sueldos hasta por un año y deberán devolverlo. Hay dos jueces que ya presentaron las renuncias.

Ley nacional. El ministro de Gobierno, Víctor Ibáñez y el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Dalmiro Garay firmaron el convenio y el Gobierno pagará el 60% de los sueldos de los que inicien trámites jubilatorios por hasta un año según indica la ley 24.018.
Ley nacional. El ministro de Gobierno, Víctor Ibáñez y el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Dalmiro Garay firmaron el convenio y el Gobierno pagará el 60% de los sueldos de los que inicien trámites jubilatorios por hasta un año según indica la ley 24.018.

El Gobierno provincial y la Suprema Corte de Justicia de Mendoza firmaron un convenio para pagar el 60% de las jubilaciones de magistrados hasta por un año. Desde el Ejecutivo provincial remarcaron que el acuerdo fue pedido por la Asociación de Magistrados de Mendoza por las demoras que hay por parte de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) en los trámites. Aseguran que hay magistrados que llevan casi un año esperando sin cobrar un peso.

El gobernador Rodolfo Suárez anunció el pasado 18 de abril que avanzaría en la firma de un convenio para agilizar las jubilaciones de magistrados. El acuerdo se basa en la ley 24.018 que regula las pensiones y jubilaciones de funcionarios nacionales. Mendoza adhirió a esa ley años atrás pero nunca la implementó. “Eso permitirá que puedan percibir con certeza, durante un plazo máximo de 12 meses, el equivalente al 60% de sus haberes mientras dure el trámite”, indicó.

“Se trata de un acuerdo inédito postergado durante muchos años y este Gobierno, a través del mencionado acuerdo pone fin al estado de incertidumbre que generaba el incumplimiento pendiente de esta ley”, sentenció Suárez a poco de terminar su discurso en el acto de Apertura del Año Judicial. Al lado se ubicaron los ministros de la Suprema Corte de Justicia y enfrente estaban sentados funcionarios judiciales además de autoridades provinciales e intendentes y legisladores.

Según sostienen en el Gobierno, no hizo falta aplicar la ley antes porque las renuncias eran condicionales a acogerse al beneficio jubilatorio. Pasaban pocos meses mientras los magistrados y magistradas cobraban su sueldo y cuando les depositaban los haberes, el Estado provincial dejaba de pagarles el sueldo. Con el cambio de gestión, las versiones cruzadas entre el Gobierno provincial y Anses por las jubilaciones de magistrados retumbaron fuerte. Las reglas se modificaron porque las renuncias no están condicionadas a la jubilación, sino que deben dejar el cargo. Eso implica pasar más tiempo con su familia y hacer uso de los ahorros.

Marcelo D'Agostino, subsecretario de Justicia. Foto: Orlando Pelichotti / Los Andes
Marcelo D'Agostino, subsecretario de Justicia. Foto: Orlando Pelichotti / Los Andes

Anses, desde hace dos años aproximadamente, viene resaltando que “los jueces sólo pueden jubilarse cuando presenten el cese en el cargo”. Explicaron que en los trámites jubilatorios que hayan iniciado magistrados y funcionarios del Poder Judicial “se procederá a determinar el derecho a la prestación, la liquidación y otorgamiento del beneficio, una vez presentado el cese definitivo en el ejercicio del cargo”.

Los magistrados que se envalentonaron con el trámite estuvieron varios meses a la espera, aunque al haber renunciado al cargo se abrió la vacante y el Ejecutivo enviar pliegos al Senado para suplir el cargo con otro funcionario nombrado. El otro efecto es que los colegas advirtieron la situación y recularon en su decisión de disfrutar de mayor tiempo libre.

Las demoras en estas instancias empezaron a generar malestar en varios magistrados que echaron mano a esa ley para exigirle al Gobierno provincial que la aplique, de lo contrario iniciarían acciones judiciales por incumplirla, siendo que la Provincia había adherido. Con este escenario, además de jueces que tomaron la decisión de dejar el cargo, pero no lo hacen para seguir cobrando su salario, estuvo el pedido de la Asociación de Magistrados.

La ley nos exige que nosotros cumplamos con esto que además es un pedido expreso de la Asociación de Magistrados porque hay conocimiento de que algunos magistrados ya querían interponer recursos para que cumplamos con esa ley”, explicó el subsecretario de Justicia, Marcelo D’Agostino a Los Andes.

La Asociación de Magistrados, luego de la firma del convenio entre el presidente de la Corte, Dalmiro Garay y el ministro de Gobierno, Víctor Ibáñez, viralizó un mensaje a través de mensajería instantánea. “A quienes estén interesados e interesadas en acogerse a los beneficios jubilatorios, se les comunica que se firmó el convenio que hace operativo el art 11 de la ley 24018. Más información comunicarse con la Asociación”, indicaron.

Más de la mitad del sueldo

El convenio se centra en el artículo 11 de la normativa nacional 24.018 a la que Mendoza adhirió en 1996 la cual determina el régimen de jubilaciones y pensiones en funcionarios nacionales de los distintos poderes y organismos. “Desde el momento en que cesen en sus funciones y hasta que obtengan la jubilación ordinaria o por invalidez, los magistrados y funcionarios incluidos en el artículo 8, percibirán del Poder Judicial o del Organismo en que se desempeñaban, un anticipo mensual equivalente al sesenta por ciento (60%), del que presumiblemente les corresponda; calculado sobre los importes que hayan constituido su última remuneración. Este anticipo será pagable durante el plazo máximo de doce (12) meses”, dice el primer párrafo.

“La liquidación se efectuará previa acreditación por parte del interesado de haber iniciado los trámites jubilatorios, y se considerará como pago a cuenta del haber que le pertenezca, deduciéndose luego de la retroactividad que se acumule”, dice el mencionado artículo.

En caso de que el monto de estos anticipos excediera el de la retroactividad (el primer pago de Anses), “la diferencia será deducida de la prestación jubilatoria hasta un máximo de veinte por ciento (20%) del importe mensual”.

Cabe recordar que los jueces que están en esta instancia no pagan Impuesto a las Ganancias y el ítem por antigüedad es una parte importante del sueldo. Difícilmente este “fondo de desempleo” sea menor a los $500 mil, bastante lejos de la línea de pobreza.

Los debutantes

D’Agostino explicó que luego de la firma del convenio viene una etapa de convenios individuales con los funcionarios que hayan renunciado para hacer uso del beneficio jubilatorio que otorgará el Gobierno provincial.

Hay dos personas que ya presentaron su renuncia. Rodolfo Rafael Casetti, juez de la Primera Cámara del Trabajo, de Paz y Tributaria de la Cuarta Circunscripción (Valle de Uco) y Carmen Alicia Coronel Pfister, jueza de la Cámara del Trabajo, de Paz y Tributaria de la Tercera Circunscripción ya presentaron los papeles y en breve saldrá el decreto de aceptación.

Con este paso administrativo empezarán los trámites que consiste en un convenio individual que contará con el rúbrica de la Asociación de Magistrados porque será uno de los garantes para que el Gobierno se asegure del retorno del dinero. No habrá intereses en el monto que se devolverá aunque se llegue al año de desembolsos. En caso de que no pague en tiempo y forma, se aplicarán intereses de tipo UVA.

De esta manera, el Gobierno busca agilizar las jubilaciones de quienes habían tomado la decisión pero no tenían ningún amparo económico. Con un monto mensual que supera ampliamente al Salario Vital y Móvil, probablemente haya más renuncias y eso le permite al Gobierno provincial seguir enviando pliegos para futuros funcionarios judiciales.

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