Cautelar por el CIU: será obligatorio por orden de la Justicia Federal
La Justicia Federal de Mendoza hizo lugar a una cautelar y ordenó que el Certificado de Ingreso de Uva vuelva a ser obligatorio para productores y bodegas.
El fallo del Juzgado Federal N°2 de Mendoza suspendió las normas que eliminaban la obligatoriedad del CIU en el sector vitivinícola.
El fallo llegó luego de duras críticas del ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien cuestionó a los viñateros por recurrir a los tribunales y planteó que el CIU limita la competencia.
Por qué la cautelar por el CIU lo vuelve obligatorio en Mendoza
La medida cautelar fue dictada por el Juzgado Federal N°2 de Mendoza y ordena al Instituto Nacional de Vitivinicultura suspender provisoriamente la aplicación de las normas que eliminaban la obligatoriedad del CIU. El fallo responde a una acción impulsada por la Asociación de Viñateros de Mendoza, la Unión Vitivinícola Argentina, la Asociación de Cooperativas Vitivinícolas Argentinas y la Cámara de Productores Agrícolas.
Uvas viñedos orgánicos (1).jpg
Desde el Gobierno, Federico Sturzenegger había cuestionado duramente el reclamo judicial. En su exposición pública sostuvo que el CIU “operaba como un mecanismo de control del mercado”, al reunir información clave sobre la circulación de la uva. Según afirmó, ese esquema “facilita el control y la cartelización del mercado” y convierte al certificado en “un instrumento esencial para la implementación de prácticas anticompetitivas”.
El ministro también sugirió que detrás del reclamo existen intereses económicos vinculados al financiamiento de entidades sectoriales. “Sin el CIU, se les dificulta el cobro de esa tasa”, señaló en referencia a sectores ligados a la Coviar, cuyo mandato consideró vencido.
Qué establece la resolución judicial que ordena la cautelar por el CIU
En el detalle del fallo, el Poder Judicial de la Nación, a través del Juzgado Federal N°2 de Mendoza, dispuso una serie de medidas concretas que le dan sustento legal a la cautelar:
Tener por presentado al Dr. Carlos Rufino Palma, en representación del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV), y dar por rendido el informe previsto en el artículo 4° de la Ley 26.854.
Hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la Asociación de Viñateros de Mendoza, la Unión Vitivinícola Argentina, la Asociación de Cooperativas Vitivinícolas Argentinas y la Cámara de Productores Agrícolas, por un plazo de cinco (5) meses o hasta que se dicte sentencia definitiva.
Ordenar al Instituto Nacional de Vitivinicultura la suspensión provisoria de la aplicación del artículo 40 del Digesto Vitivinícola, aprobado por la Resolución INV 37/2025, que reemplazaba la Declaración Jurada de Ingreso de Uva (CIU).
Suspender la derogación de la Resolución INV N° 3/2025, norma que regula la obligatoriedad del CIU.
Dejar sin efecto la derogación parcial de la Resolución INV 35/2020, en la medida en que impedía la presentación en línea del CIU y del CEC 05.
Exigir a las entidades actoras la prestación de caución juratoria, con el objetivo de garantizar eventuales daños que pudiera generar el cumplimiento de la medida cautelar.
Admitir formalmente la acción de amparo, que tramitará bajo las reglas de la Ley 16.986, y requerir al INV que produzca un informe circunstanciado en un plazo de cinco días.
Cédula Federal INV (2)
La postura de los viñateros y la respuesta al ministro
Del lado de los productores, la lectura es completamente opuesta a la del Gobierno. Matías Manzanares, integrante de la Asociación de Viñateros de Mendoza, celebró el fallo y remarcó el impacto que tiene el CIU para el productor primario.
“Para nosotros, primero que nada, significa que gracias a Dios se hizo justicia dado que un juez federal reconoció lo que nosotros sosteníamos, que es una locura dejar al productor sin este título de propiedad que garantizara la entrega de la uva”, afirmó.
Manzanares también cuestionó el camino que llevó al conflicto judicial y apuntó directamente contra Federico Sturzenegger. “Es una lástima tener que haber recurrido a esto y llegar a esta instancia, cuando al ministro Sturzenegger se le dijo 50 veces, se le dijo por nota, se lo dijeron las provincias vitivinícolas, se lo dijo el gobernador, se lo dijeron los ministros de producción de Mendoza y de San Juan”, enumeró.
En esa línea, agregó: “Nos obligó a llegar a esto”. Y concluyó: “Hoy se está ratificando nuestros dichos a través de la justicia y estamos demostrándoles con hechos que lo que pretendía hacer era una locura”.
Desde ACOVI señalaron que acompañan y sostienen la necesidad de desregular y modernizar los sistemas del sector para hacerlos más eficientes y acordes a la realidad actual de la vitivinicultura.
La Justicia falló a favor de los productores vitivinícolas
Celebramos el dictado de la medida cautelar por parte del Juzgado Federal N.º 2 de Mendoza, que ordena al Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) suspender provisoriamente la aplicación de las normas que eliminaban… pic.twitter.com/BdDgPO12zb
Sin embargo, remarcaron que mantener la obligatoriedad del CIU y del CEC 05 resulta clave para asegurar la titularidad de la producción por parte del productor, garantizar la trazabilidad y generar información confiable que sirva como base para el diseño de políticas vitivinícolas. En esa línea, la entidad afirmó que continuará trabajando en defensa del desarrollo y crecimiento de los productores y de la vitivinicultura argentina.