Una ley para prohibir en Mendoza el corte de orejas, cola y garras a las mascotas

Un proyecto avanza a paso firme en la Legislatura y desde el Colegio de Veterinarios lo celebran ya que lo consideran una deuda con el bienestar animal. Se refiere a prácticas como cortes de orejas, colas o garras y quienes lo realicen recibirán una sanción económica

Buscan prohibir la mutilación animal en Mendoza como cortes de cola, orejas, garras y cuerdas vocales.
Buscan prohibir la mutilación animal en Mendoza como cortes de cola, orejas, garras y cuerdas vocales.

Un proyecto de ley que busca prohibir la mutilación de mascotas u otros animales con fines estéticos avanza a paso firme en Mendoza. Y no sólo eso: la iniciativa cuenta con amplio aval no sólo en el ámbito legislativo, en las instancias por las que pasó, sino que además, desde el colegio de Veterinarios lo celebran y apoyan.

La iniciativa apunta a prohibir y sancionar prácticas como cortes de orejas, de colas, cuerdas vocales o garras sin que estas tengan una causa justificada en la salud del animal. Por el contrario, estas obedecen a modas, muchas veces asociadas a parámetros estéticos impuestos a ciertas razas y constituyen un riesgo para la salud del animal. Estas pueden implicar prácticas riesgosas, dolorosas, con largos postoperatorios y que dejan al animal discapacitado para cuestiones como la comunicación o el mantenimiento del equilibrio al ser suprimida una parte de su cuerpo.

Es algo para celebrar, es un paso adelante en el bienestar animal, era una deuda y estamos muy satisfechos porque en Mendoza se prohiban este tipo de prácticas”, manifestó el médico Ricardo Floriani, presidente del Colegio de Médicos Veterinarios de Mendoza.

El proyecto presentado por el diputado Mauricio Torres (UP-FR) ya pasó por la comisión de Salud de la Cámara de Diputados, que preside Hebe Casado (PRO). Allí se le dió despacho favorable el martes, con adhesión de todos los miembros y un ausente.

“Incorpórase a la Ley 9099 ‘Código de Contravenciones de la Provincia de Mendoza’ el siguiente artículo: Artículo 140° bis: Mutilación a animales. El que realizare o encomendare mutilaciones a los animales que viven bajo la posesión de las personas, y en particular animales domesticados o domesticables, excepto las realizadas por veterinarios en caso de necesidad justificada, no pudiendo alegar motivos estéticos, será sancionado con multa desde quinientas (500) U.F hasta mil (1000) U.F o trabajo comunitario en centros de protección de animales desde doce (12) días hasta treinta y seis (36) días”, expresa.

Luego agrega que aplica para todos los casos de animales domésticos o domesticables nacidos con posterioridad a la sanción de la presente ley. Además detalla que se presumen prácticas injustificadas o meramente estéticas las siguientes:

a. Cordectomía (cirugía que elimina las cuerdas vocales)

b. Caudectomía (corte de cola)

c. Otectomía (levantamiento de orejas)

d. Onicectomía (extracción de uñas)

e. Extracción de piezas dentales.

f. Cualquier otra mutilación que no se origine en razones de salud del animal.

Reparo verbal

De todas formas, Floriani expresó los reparos del Colegio respecto de la palabra utilizada: “No estamos de acuerdo con que usen la palabra mutilaciones en la misma frase que veterinario”. Y explicó: “El tema es si la ley queda así escrita, los veterinarios no mutilamos nada”, señaló. Explicó que no corresponde que la palabra mutilación quede asociada a una práctica veterinaria ya que lo que se realiza es una cirugía o práctica quirúrgica.

Consecuencias de la mutilación animal

“A ningún animal le sobra nada”, subrayó el médico. “En general el criterio de la medicina veterinaria en al actualidad, es solamente tener que cortarle una parte a un paciente por cuestiones que tengan que ver con su salud, lo estético es algo que en realidad es una percepción del humano, pero en definitiva lo que se está haciendo es sacarle una estructura que hace a una función, por ejemplo, tanto la cola como las orejas, se usan para la comunicación y eso puede generar otros problemas”, detalló.

Entre los fundamentos de la potencial norma se señala que pueden representar una situación traumática y comprometen cartílagos, vasos sanguíneos y otros tejidos además de la piel.

En algunos animales la cola es la continuación de la columna vertebral. La misma está compuesta por vertebras llamadas caudales acompañadas de otros tejidos; siendo un elemento importante para mantener el equilibrio al correr, girar y hacer ciertos movimientos”, fundamenta.

“Los perros, además de la vía oral (ladridos, gruñidos, gemidos, etcétera) utilizan extremidades como la cola y las orejas para comunicarse a nivel físico y humoral. La posición en la que se encuentre implica la transmisión de un mensaje determinado que contribuye a la socialización con otros animales”, menciona.

Explica que con respecto a las intervenciones que implican cortes de cola, al ser heridas abiertas, las infecciones podrían llegar al nivel de los huesos y comprometer la columna, provocar septicemia y hasta la muerte.

Añade que es habitual que los dueños acudan al veterinario con el fin de que se le corten las cuerdas vocales a aquellos perros que “ladran mucho”. En este caso dejan literalmente al animal incapacitado para ladrar o con un ladrido sordo y afónico.

Discrimina lo estético de aquella intervención necesaria para preservar la salud del animal, sobre la cual no hay reparos.

Por ejemplo, detalló que “al amputarle la primera falange a un gato es como si a nosotros nos cortaran la punta de todos los dedos”, dijo Floriani.

“Cortar la cola de un animal significa comprometer su equilibrio al correr, girar o hacer cierto tipo de movimientos”, advirtió la veterinaria Cosntanza Cornejo, quien fue invitada a exponer a la comisión.

La profesional hizo hincapié en que las mutilaciones “lesionan la naturaleza misma del animal”.

“La amputación en las orejas es un procedimiento caracterizado por un abundante sangrado y un post operatorio bastante incómodo para la mascota ya que las orejas constituyen una herramienta de orientación y socialización para los animales”, indicó.

Tendencia en este sentido

El 5 de diciembre de 2019, la Legislatura porteña sancionó una norma en el mismo sentido: prohibió todas aquellas intervenciones quirúrgicas estéticas que causen mutilaciones a los animales y/o modifiquen su aspecto externo.

En el mundo se aprecian tendencias similares. En enero, se presentó un proyecto similar en Andalucía, España, incluye además la prohibición de su adiestramiento violento y su uso “cruel” en cine.

Se enmarca en la consideración que gana terreno a nivel mundial de considerar a los animales como seres sintientes.

De hecho, Floriani señaló que en los concursos y exhibiciones de animales que se realizan es usual que no se permita la participación de animales que han sido mutilados.

Incluso, con los años, se ha ido perdiendo la costumbre de hacer este tipo de cosas aunque lamentablemente persiste.

“Hay menos demanda de este tipo de cirugías, pero todavía suena el teléfono solicitándolo”, detalló.

Consideró que cualquier cosa que tiene que ver con la estética y la mutilación es espantosa y que por ello les plantea a quienes lo solicitan: “Primero te corto la oreja a vos,luego a tu mascota y nadie accedió”, apuntó.

Destacó que el corte de cola, es una práctica que no la hacen veterinarios por lo que hay un ejercicio ilegal por parte de quienes no tienen título y dijo que suele hacerse en criaderos de perros de raza.

Con la sanción de una ley será más fácil el control, podrá educarse, se fijarán nuevos parámetros de conducta. El veterinario consideró: “Teniendo esa herramienta nosotros podemos hacer una rastreo de dónde viene ese animal mutilado y hacer una denuncia”.

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