Qué pasa si no voy a votar en el balotaje del 19 de noviembre

Muchos ciudadanos desisten en realizar su deber o, por fuerza mayor, no pueden asistir a la mesa. De cuánto es la multa y cuál es la sanción si no vas a votar.

Qué pasa si no voy a votar en el balotaje del 19 de noviembre - Foto: José Gutiérrez / Los Andes
Qué pasa si no voy a votar en el balotaje del 19 de noviembre - Foto: José Gutiérrez / Los Andes

Este domingo 19 de noviembre se celebra la última jornada electoral del 2023 en todo el territorio argentino. En este caso, el tan esperado balotaje presidencial entre Sergio Massa (Unión por la Patria) y Javier Milei (La Libertad Avanza). El más votado de los candidatos sucederá a Alberto Fernández desde el 10 de diciembre y será el nuevo presidente de la Nación.

Como en cada comicio, los ciudadanos que no voten y no presenten justificación tendrán que pagar multa y someterse a una sanción.

QUÉ SE VOTA EL DOMINGO 19 DE NOVIEMBRE

Los argentinos votaremos al futuro presidente de la Nación, quien sucederá después del 10 de diciembre a Alberto Fernández y gobernará hasta 2027.

Como ninguno de los candidatos superó el 45% ni llegó al 40% con diez puntos de diferencia sobre el segundo, los dos más votados de las generales competirán en el balotaje. Se trata de:

  • Sergio Massa (Unión por la Patria), quien obtuvo 36,78%.
  • Javier Milei (La Libertad Avanza), quien sacó 29,99%.

Se vota con la boleta de papel corta, con una sola sección donde figuran los binomios Sergio Massa-Agustín Rossi y Javier Milei-Victoria Villarruel.

La Junta Electoral Nacional de la Capital Federal resolvió “declarar que deberán considerarse como boletas válidas para los próximos comicios a celebrarse el 19 de noviembre del corriente año” aquellas que fueran oficializadas para los comicios del 22 de octubre de 2023, en la categoría de candidatos a presidente y vicepresidente de la Nación.

Como así también aquellas que, respetando el diseño de las utilizadas en los mencionados comicios, incluyan la fecha 19 de noviembre de 2023 en reemplazo de la fecha 22 de octubre de 2023, sin otra modificación.

Las boletas para la segunda vuelta electoral (Ramiro Pereyra / La Voz)
Las boletas para la segunda vuelta electoral (Ramiro Pereyra / La Voz)

CÓMO FUNCIONA EL BALOTAJE Y QUIÉN GANA

Participarán el 19 de noviembre las dos fórmulas a presidente y vicepresidente más votadas en la primera elección (la del 22 de octubre). Resultará electa aquella que obtenga la mayor cantidad de votos afirmativos válidamente emitidos (artículo 151 de la Ley 24.444).

En Argentina, la primera y única vez que se realizó un balotaje en una elección nacional fue en 2015, cuando Mauricio Macri de Cambiemos (51,34%) le ganó a Daniel Scioli de Frente para la Victoria (48,66%) por casi 700 mil votos.

Debería haberse producido un balotaje entre Héctor Cámpora (PJ) y Ricardo Balbín (UCR) en 1973, pero el radical renunció por el porcentaje alto alcanzado por el peronista.

En tanto, en 2003, pasó algo parecido: el peronista Carlos Menem declinó de la segunda vuelta. Se proclamó como presidente a Néstor Kirchner, peronista del FPV.

CÓMO SE CUENTA EL VOTO EN BLANCO EN EL BALOTAJE

Los artículos 97 y 98 de la Constitución Nacional establecen que “se computan únicamente los votos afirmativos válidamente emitidos para proclamar ganadora una fórmula presidencial”.

Esto significa que en el balotaje sólo los votos afirmativos determinarán al ganador, haciendo que el voto en blanco impacte indirectamente en el resultado final al reducir el número total de votos afirmativos.

Así, el voto en blanco emerge como una expresión significativa de la disconformidad del electorado con los candidatos y propuestas. Contrario a la creencia común, el voto en blanco se considera válido, pero no se suma a favor de ningún candidato.

QUÉ PASA SI NO VOTO EN EL BALOTAJE

Si sos mayor de 18 años y menor de 70, y no podés justificar ante la Justicia Nacional Electoral porque no emitiste tu voto, te corresponde una multa económica y se te incorporará en el Registro de Infractores al deber de votar.

Además, no podrás ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.

Qué pasa si no voy a votar en las elecciones de este domingo 19 de noviembre - José Gutiérrez / Los Andes
Qué pasa si no voy a votar en las elecciones de este domingo 19 de noviembre - José Gutiérrez / Los Andes

EN QUÉ CASOS ESTÁ JUSTIFICADO NO IR A VOTAR

  • Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Para eso tienen que obtener un certificado en la comisaría más cercana.
  • Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares.
  • El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo.
  • Los jueces y sus auxiliares que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.

DE CUÁNTO ES LA MULTA POR NO VOTAR EN EL BALOTAJE

Según la Ley Electoral, las personas que no se hayan presentado en la votación anterior y vengan repitiendo esa actitud tendrán que pagar una multa máxima $500.

Este es el cronograma de multas:

  • Votante sin infracciones previas: $50.
  • Votante con una 1 infracción previa sin regularizar: $100
  • Votante con 2 infracciones previas sin regularizar: $200
  • Votante con 3 infracciones previas sin regularizar: $400
  • Votante con 4 o más infracciones previas sin regularizar: $500
Hasta $500 de multa por no ir a votar
Hasta $500 de multa por no ir a votar

¿CÓMO PAGAR LA MULTA POR NO IR A VOTAR?

La deuda de la multa por no ir a votar puede abonarse a través del Banco de la Nación Argentina personalmente o por medios electrónicos con tarjeta de crédito, débito, transferencia o cupón de pago mediante el Registro de Infractores de la Cámara Nacional Electoral (CNE).

¿CÓMO JUSTIFICAR LA INASISTENCIA A VOTAR?

Aquellas personas que no acudan a votar deberán justificar su ausencia a través de internet de una manera muy sencilla, ya que podrán hacer la gestión en el apartado específico que ofrece el sitio de la Cámara Nacional Electoral (CNE) (https://infractores.padron.gob.ar/).

DÓNDE CONSULTAR SI TENGO MULTAS POR NO IR A VOTAR

Se puede chequear en el Registro de Infractores de la Justicia Nacional Electoral (infractores.padron.gov.ar).

Una vez en el sitio, hay que completar los siguientes campos:

  • Indicar DNI, género y distrito electoral
  • Verificar el código Captcha
  • Seleccionar el botón “Consultar”
 Foto: José Gutiérrez / Los Andes
Foto: José Gutiérrez / Los Andes

QUÉ DOCUMENTOS SON VÁLIDOS PARA VOTAR EN LAS ELECCIONES 2023

Los documentos válidos para votar son:

  • Libreta de enrolamiento o libreta cívica
  • DNI libreta verde
  • DNI libreta celeste
  • Tarjeta del DNI libreta celeste, que contiene la leyenda “No válido para votar”
  • DNI tarjeta

No se permite el uso del DNI en el celular ni de un documento cuyo ejemplar sea anterior al que figura en el padrón electoral.

SI NO VOTÉ EN LAS PASO DE AGOSTO Y/O EN LAS GENERALES DE OCTUBRE, ¿PUEDO VOTAR EN EL BALOTAJE?

. Si figurás en el padrón electoral y no votaste en las PASO y/o generales, tenés el derecho y la obligación de realizarlo en la segunda vuelta presidencial del 19 de noviembre.

¿CUÁNDO EMPIEZA Y HASTA CUÁNDO DURA LA VEDA DE ALCOHOL?

Está prohibida la venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas desde las 20 del día anterior a la elección (sábado 18 de noviembre) y hasta tres horas después de finalizado el acto electoral, es decir, a las 21 del domingo 19.

Los negocios que venden alcohol durante ese período deben permanecer cerrados. A quien durante ese período venda bebidas alcohólicas le corresponde una pena de prisión de entre 15 días y seis meses.

Foto: José Gutiérrez / Los Andes
Foto: José Gutiérrez / Los Andes

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