La Corte anuló las multas que le había aplicado el Tribunal de Cuentas al exjefe de Vialidad

En un fallo dividido, los ministros Pedro Llorente y Teresa Day sostuvieron que la medida aplicada a Oscar Sandes en 2020 por los gastos indebidos en el organismo había sido “arbitraria”. Julio Gómez, en cambio, afirmó que el exfuncionario no había ejercido el más mínimo control de la “caja chica” estatal.

En un fallo dividido, la Suprema Corte de Justicia liberó al ex administrador de la Dirección Provincial de Vialidad Oscar Sandes de enfrentar el pago de fuertes multas por las graves irregularidades que había detectado años atrás el Tribunal de Cuentas en el manejo de la caja chica del organismo.

En efecto, los ministros Pedro Llorente y Teresa Day consideraron que el fallo 17.357, emitido en 2020 el Tribunal de Cuentas, había sido “arbitrario” respecto de la responsabilidad de Sandes. Por el contrario, el tercer ministro que intervino, Julio Gómez, afirmó que Sandes había cometido “incumplimiento de deberes” por no controlar las maniobras fraudulentas que se cometieron en el organismo, tales como la emisión de facturas adulteradas y la realización de gastos injustificados que se cargaron a la cuenta de Vialidad.

Sandes fue el jefe de Vialidad durante todo el primer gobierno de Alfredo Cornejo y parte de la gestión de Rodolfo Suárez. Se fue luego de que estallara el escándalo de las facturas truchas, que involucraba principalmente a él y la gerente de Recursos Humanos, Corina Gallardo, por el mal uso de más de 5 millones de pesos correspondientes a la caja chica del organismo entre los años 2018 y 2019.

En el fallo se recuerda que en una inspección del Tribunal de Cuentas, se corroboró “la existencia de un sinnúmero de facturas adulteradas, de firmas fraguadas, que simulaban ser suyas (de Sandes) en la documentación que habilita el pago de las mismas, un manejo indebido de fondos públicos y la absoluta falta de contralor por parte de los responsables del sector contable”

La mecánica consistía en que desde la gerencia de RRHH, a cargo de Gallardo, se emitían notas de pedidos para gastos acompañados por “facturas cuyo monto se adulteraba o no estaban vigentes, se simulaba y falsificaba la firma del administrador, y se liberaban los fondos en efectivo y no en cheque como corresponde, conforme la normativa vigente y el uso y la práctica”.

También “se pagaban facturas y tickets que no estaban a nombre de la D.P.V., sino a nombre de nadie o de los propios agentes viales, lo que es a todas luces inviable y, además, estas facturas o tickets no respondían a situaciones de emergencia o gastos autorizados por resoluciones, etc. sino que responden a almuerzos o comidas realizadas durante los fines de semana o feriados (25 de mayo) o a artículos personales adquiridos por los agentes involucrados”.

Además “se detectaron gastos de combustible durante fines de semana o lugares alejados del sitio de prestación de servicio de los agentes, y muchas veces dichos tickets tenían minutos de diferencia en la misma estación de combustible lo que permite suponer que recogían los tickets tirados en el piso”, según consta en la sentencia.

Incluso “se ha reconocido que se utilizaban los fondos viales a modo de financierapara cubrir gastos personales de los agentes, como es el caso de Francisco Sánchez al que se le ‘prestó’ dinero ($40.000) en el mes de febrero de 2.019 y lo fue devolviendo en cómodas cuotas mensuales hasta ‘cancelar”’ su deuda en el mes de octubre de 2.019″.

Ante lo ocurrido, Sandes había deslindado responsabilidades exclusivamente en los gerentes Gallardo y Elías Jurado (a cargo del área de Economía y Finanzas). “Eran los únicos que tenían conocimiento de la resolución cuestionada, el circuito o trazabilidad de las facturas y las irregularidades de dos jubilados trabajando en el sector y a cargo de la maniobra”, sostuvo el arquitecto que administraba Vialidad provincial.

Gallardo, de hecho, reconoció por medio de una declaración notarial que había falsificado la firma de Sandes sin su consentimiento en las facturas adulteradas que estaban bajo análisis.

“NO SE PUEDE DESLIGAR”

En su intervención en la causa, la Fiscalía de Estado sostuvo que Gallardo era una funcionaria de confianza de Sandes y que estaba bajo “sus órdenes y vigilancia”. “No puede pretender desligarse por este hecho”, opinó el organismo de control según el fallo judicial, y agregó: “es justamente por ello que debe responder por todos los ‘gastos’ realizados sin la debida justificación durante un largo periodo, y que constituyen en definitiva verdaderos actos de fraude con los caudales públicos”.

En coincidencia con la Fiscalía de Estado, Gómez, quien precisamente fue miembro del Tribunal de Cuentas antes de convertirse en ministro de la Corte, expresó que “el más mínimo control sobre los fondos permanentes habría puesto en evidencia las groseras falencias en las cuentas”.

“Entiendo que si bien el Sr. Sandes alega no haber podido ejercer control sobre las facturas y gastos cuyas firmas habrían sido falsificadas, ello no impidió la posibilidad de que el mismo desplegara distintas acciones para controlar el movimiento de los fondos permanentes, dado que las irregularidades verificadas y que no han sido cuestionadas en el presente, no se desarrollaron únicamente a partir de los gastos que llevaban su firma. En efecto, muchas fueron las facturas adulteradas, los gastos que nada tenían que ver con el fin de la repartición, los adelantos considerables de dinero que no se rendían oportunamente, etc”, agregó.

Más adelante, Gómez consideró también que “era la caja chica -tal como el actor la ha denominado en su escrito de demanda- con la cual se hacía frente a las necesidades del día a día. De allí que el movimiento y control de los fondos no se hallara completamente ajeno a su persona”.

En otros párrafos del fallo de la Corte, Gómez sostuvo: “Entiendo que en la cuestión subyace necesariamente un evidente incumplimiento de deberes por parte de quien tenía a su cargo la administración de fondos públicos y consecuentemente la necesidad jurídica de rendir su inversión en términos de legitimidad del gasto”.

“La causalidad que origina responsabilidad contable no está fundada en la personal intervención del cuentadante en el o los actos ilícitos que provocan la exacción, sino en la pérdida del control sobre los actos de la cuenta cuyo deber de rendición está constreñido a cumplir adecuadamente”, agregó en otra parte el supremo, para quien las maniobras detectadas en Vialidad “no se muestra en el caso como uno o dos hechos aislados, sino que constituyó una suerte de planificación instalada en el propio sistema de administración financiera que el accionante debió ejercer y controlar como Administrador del organismo”.

Como consecuencia de todo lo anterior, Gómez, quien pertenece al ala “filoperonista” de la Corte, votó a favor de ratificar el fallo del Tribunal de Cuentas que condenaba al pago de multas a Sandes.

CASTIGO “ARBITRARIO”

Pero como aquella expresión del Tribunal de Cuentas, que no contó con respaldo pleno de algunos integrantes, entre ellos su propio presidente Néstor Parés, el fallo de la Corte tampoco fue unánime.

“El fallo aquí cuestionado resulta manifiestamente arbitrario”, sostuvo Pedro Llorente, el ministro más antiguo del alto tribunal y que pertenece al ala filoradical.

“Estimo arbitrario que se haya otorgado plena validez al reconocimiento formulado mediante acta notarial, y a partir de lo cual se consideró responsable a Gallardo, para luego también endilgar responsabilidad a Sandes de los mismos hechos en los que se admitió que no había tenido participación”, afirmó Llorente.

El ministro advirtió que el Tribunal de Cuentas cometió “errores en los argumentos y motivación, lo que abona su arbitrariedad e irrazonabilidad”.

“En el caso justamente está acreditado que el Sr. Sandes no suscribió con su firma la documentación que permitía efectuar el control de los referidos gastos o, en su caso, advertir las irregularidades, circunstancia que impide aplicar la solución señalada”, agregó Llorente.

Más adelante agregó que “la ausencia de su firma en el resto de los comprobantes, impide afirmar su participación en las maniobras irregulares o tener por acreditado que dichos gastos hayan estado bajo su esfera de control, y aún así, haya permitido el desmanejo acusado”.

“No se constata una decisión del órgano administrativo competente -que en este caso supuestamente sería del Administrador de la DPV- por la cual se haya transferido el ejercicio de todo o parte de su competencia a un órgano jerárquicamente inferior, o sometido a tutela administrativa”, expresó también Llorente, completando el voto por el cual.

Teresa Day acompañó el voto de Llorente y por lo tanto pidió la anulación del fallo del Tribunal de Cuentas, por lo cual Sandes no deberá pagar ningún cargo.

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