Aquellas deudas que son llamadas “odiosas”

Las deudas odiosas son las contraídas contra los intereses de la nación, o contra los intereses de un pueblo o contra los intereses del Estado. La de Kicillof por YPF es una de ellas.

Después de la guerra de Cuba entre los Estados Unidos y España, que dio lugar a la independencia de la antigua colonia, los bancos que prestaron fondos al gobierno colonial, reclamaron a la nueva república el pago de los intereses y amortizaciones. La Corte de los Estados Unidos falló en contra de esa pretensión, porque el dinero de los préstamos se destinaba para financiar los gastos de guerra a fin de mantener sometido al pueblo cubano, por lo tanto era una deuda “odiosa”. El reino de España tuvo que hacerse cargo.

Hacia 1917 el secretario de guerra de Costa Rica, el general Tinoco, derrocó al gobierno y contrató empréstitos para pagar los gastos de la guerra civil desatada para reprimir a los opositores a la dictadura. Además al abandonar el poder, se lleva al exilio una parte de los fondos de los empréstitos. Nuevamente la Justicia de los Estados Unidos falló a favor del gobierno que sucedió a la dictadura de Tinoco y evitó que el pueblo de Costa Rica pagara los costos de la represión a los que luchaban contra una dictadura y se llevaban los caudales públicos.

En los considerandos el presidente de la Corte Suprema, William Taft, quien presidiera a los Estados Unidos entre 1909 a 1913, si bien deja en claro el principio de la continuidad jurídica del Estado, gobierne quien gobierne, deja en claro que debe observarse la utilidad para el pueblo de esas deudas, es decir si se invierte en financiar obras y gastos públicos o para pagar el sometimiento del pueblo o el enriquecimiento del gobernante.

Un jurista que se ocupó del problema de las deudas odiosas fue el ruso, exiliado por la revolución bolchevique, Alexander Nahum Sack. Este jurisconsulto fue asesor de bancos, por eso les definió las que serían deudas odiosas: a) La deuda debe haber sido contraída contra los intereses de la nación, o contra los intereses de un pueblo o contra los intereses del Estado. b) Los acreedores no pueden demostrar que no podían saber que la deuda había sido contraída contra los intereses de la Nación.

Michael Kremer, profesor de economía de Harvard sostuvo en un artículo hace pocos años que debería establecerse una tribunal especial para analizar y dictaminar en casos donde los gobernantes usaron los empréstitos para someter al pueblo o para su beneficio personal.

Esta introducción viene al caso por el fallo de la justicia de Nueva York que nos condena a pagar 16 mil millones de dólares, una carga de 380 dólares para cada habitante de esta Nación, en el juicio derivado de la expropiación del 51% de las acciones de YPF, y consecuencia de los dichos de compadrito, del actual gobernador de Buenos Aires y entonces ministro de economía Axel Kicillof, cuando se jactó que no respetaría el estatuto de YPF. La causa fue promovida por el fondo que adquirió los reclamos de la familia Eskenazi por no habérsele ofrecido comprar su tenencia accionaria.

Esto nos lleva al origen de esa tenencia, pues fue una maniobra orquestada desde el gobierno por el líder del saqueo argentino Néstor Kirchner, cuando a los socios del Banco de Santa Cruz les facilitó adquirir hasta el 25% de las acciones, para ello se le financió esa compra. Además se obligó a Repsol, entonces accionista mayoritario, a otorgar enormes dividendos en efectivo, para pagar los créditos recibidos por la familia Eskenazi, afectando las inversiones y provocando la disminución de la producción de petróleo y gas, generando importaciones que costaron grandes cantidades de dólares.

Esto es lo que se debe investigar. Solamente a fines del gobierno de Macri, cuando se hizo cargo de la procuración del Tesoro el doctor Saravia Frías, se planteó en el juzgado donde se tramita la causa en Nueva York la necesidad de investigar el origen fraudulento de la operación. Se agrega a esto la venta de partes del juicio por el Fondo titular de esas acreencias, con sospechas de que allegados al poder serían adquirentes.

Cuando asume como procurador Carlos Zanini, funcionario clave del esquema K, retira el escrito presentado por el procurador anterior. Es decir busca la impunidad de la familia Kirchner y la suya propia como director del Banco de Santa Cruz, controlado por los Eskenazi, y ex secretario legal y técnico de las presidencias de Néstor y Cristina Kirchner.

Es preocupante que el actual procurador Rodolfo Barra, cuya actuación en el Estado en gobiernos anteriores no lo caracteriza como un defensor de los intereses públicos, haya planteado que no va a investigar, incluso elogiando como profesional a su antecesor, y planteando que no queda otra que pagar.

El que esto escribe siempre ha sostenido que el crédito de la Nación debe cuidarse y para ello siempre se debe cumplir las obligaciones contraídas por los gobiernos, teniendo en cuenta el principio de continuidad jurídica del estado. Pero aquí nos encontramos ante uno de los hechos más escandalosas de la historia de la corrupción, que no puede dejar de plantearse, teniendo en cuenta, como sostiene el Académico de Harvard, Michael Kremer, que los acreedores no pueden ignorar el origen de esta maniobra en perjuicio de los argentinos.

* El autor es miembro de número de la Academia Argentina de la Historia y del Instituto Argentino de Historia Militar.

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