AFIP extendió el plazo para recategorizarse en el monotributo: cómo realizar el trámite

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció hoy una prórroga para la realización de la recategorización del monotributo, extendiendo el plazo hasta el próximo jueves 27 de julio para cumplir con la obligación de recategorización correspondiente al semestre enero/julio 2023

Frente de la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP Delegacion Mendoza 

Foto: Ignacio Blanco / Los Andes
Frente de la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP Delegacion Mendoza Foto: Ignacio Blanco / Los Andes

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció hoy una prórroga para la realización de la recategorización del monotributo, extendiendo el plazo hasta el próximo jueves 27 de julio para cumplir con la obligación de recategorización correspondiente al semestre enero/julio 2023, según información oficial difundida por TELAM.

El procedimiento de recategorización, que se lleva a cabo en enero y julio, implica evaluar la actividad económica de los últimos 12 meses, tomando en cuenta la facturación y otros parámetros como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.

La AFIP subrayó que para realizar el trámite de recategorización, los contribuyentes deben acceder al sitio web del organismo con su clave fiscal. Si el trámite no se completa, se entenderá que no ha habido cambios y se mantendrá la misma categoría.

Es importante destacar que el monto correspondiente a la nueva categoría deberá ser abonado al mes siguiente de la recategorización.

Con esta extensión del plazo, la AFIP busca brindar a los contribuyentes más tiempo para realizar el procedimiento de recategorización y cumplir con sus obligaciones tributarias de manera adecuada. Se recomienda a todos los monotributistas verificar si les corresponde efectuar la recategorización y realizar el trámite dentro del plazo establecido.

Cómo realizar el tramite paso a paso:

A fin de cumplimentar esta obligación fiscal cada monotributista deberá seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresar al portal web de Monotributo.
  2. Indicar CUIT, clave fiscal y presionar “Aceptar”.
  3. Seleccionar la opción “Recategorizarme” (en esta opción se podrá observar en carácter informativo, los datos que posee este Organismo de su situación tributaria)
  4. Seleccionar la opción “Continuar recategorización”.
  5. Informar los nuevos parámetros (ingresos, superficie afectada a la actividad, consumo de energía eléctrica, etc.).
  6. Indicar la opción “Imprimir credencial”.
  7. El sistema emitirá el F.184 -como comprobante de la recategorización realizada- y la nueva Credencial de Pago.

Cuándo no estoy obligado a realizar la recategorización

Existen dos casos en los que el trámite de recategorización no es requerido por la Administración Federal de Ingresos Públicos. Estos son para los contribuyentes que:

  • Deban permanecer en la misma categoría del monotributo
  • Al momento de la recategorización no haya transcurrido un semestre calendario completo desde el inicio de actividades. En este caso, los sujetos ingresarán el importe que resulte de la aplicación del procedimiento previsto para el inicio de actividad.

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