Sus funciones incluían el otorgamiento de licencias para producir, importar, exportar y comercializar productos derivados del cannabis, así como el control de los licenciatarios, la definición de estándares de calidad y la promoción de la investigación.
Por su parte, el Instituto Nacional de Semillas (INASE) regulaba la producción, comercialización y trazabilidad de las semillas de cannabis, garantizando su calidad genética. También fiscalizaba a los cultivadores autorizados por el Ministerio de Salud bajo la Ley 27.350.
“Estamos esperando definiciones para nuestra reglamentación. La semana que viene podríamos tener más claridad sobre estos cambios de Nación y el funcionamiento de los nuevos organismos”, agregó Mema.
Próximo paso: un convenio con Reprocann
El titular de la cartera de Gobierno también adelantó que en las próximas semanas mantendrán reuniones con autoridades del Ministerio de Salud de la Nación para avanzar en un convenio con el Registro del Programa de Cannabis (Reprocann).
“Una vez que tengamos claras las nuevas reglamentaciones, intentaremos avanzar en un convenio con Reprocann. Queremos definir las facultades de cada uno: cuáles son de Nación y cuáles le corresponden a la Provincia”, expresó el ministro de Gobierno provincial.
A nivel nacional, el Reprocann habilita el cultivo de cannabis para uso medicinal y/o terapéutico, viene mostrando demoras en la entrega y renovación de permisos. En el Gobierno nacional sostienen que hubo abusos en el uso de estas habilitaciones, que se extendieron más allá de los fines estrictamente medicinales.
Este fue uno de los motivos que impulsó a Cornejo a crear un registro provincial, con el fin de fiscalizar a los usuarios y autocultivadores dentro del marco legal. La iniciativa es vista como una oportunidad para quienes trabajan en la industria cannábica.
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El gobernador, Alfredo Cornejo, en la Expo Mendocann que se realizó en abril en el Espacio Arizu de Godoy Cruz.
Prensa de Gobierno de Mendoza.
En la apertura de la Expo Mendocann, que se realizó en abril en el Espacio Arizu de Godoy Cruz, Cornejo destacó la puesta en marcha de la ley y remarcó la importancia de ampliar la matriz productiva de cánnabis en Mendoza, principalmente en las pequeñas y medianas empresas.
“Estamos en condiciones de dar certidumbre a nuevas empresas de otras provincias y a las locales. Queremos una reglamentación técnica y sólida para que esta actividad sea rentable y eficaz”, manifestó en su momento el mandatario provincial.
Durante los últimos meses, el Gobierno nacional criticó duramente el funcionamiento del Reprocann. La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, incluso anunció su intención de “empezar de cero”. Denunció irregularidades en la entrega de permisos y prometió intensificar los controles, aunque en la práctica todavía no se aplicaron grandes cambios.
Entre las modificaciones implementadas el año pasado por Nación se incluyó la exigencia de una prescripción médica emitida por un profesional registrado, así como la obligatoriedad de contar con una diplomatura o maestría vinculada al uso medicinal del cannabis. También se estableció que las ONG deben estar registradas y habilitadas en cada jurisdicción.
La ley mendocina, aun sin reglamentación
El pasado 9 de abril, la Cámara de Diputados dio sanción definitiva al proyecto enviado por el Ejecutivo para crear el Registro Provincial del Cannabis y Cáñamo Industrial. Una semana después, el propio Cornejo promulgó las modificaciones a la Ley 9.617. Sin embargo, a tres meses de ese anuncio, la ley aún no fue reglamentada.
La norma apunta a ordenar una actividad que hasta ahora se movía en un marco legal difuso. Su objetivo es garantizar el acceso al cannabis medicinal, promover la industria del cáñamo y establecer condiciones claras para quienes ya están en el rubro o desean sumarse. También propone un marco legal para fomentar el desarrollo productivo y científico.
Uno de los puntos centrales es la creación del Registro Provincial, que estará a cargo del Ministerio de Gobierno, en articulación con Salud, Producción, ISCAMEN y otros organismos. Este padrón permitirá autorizar, habilitar, controlar y fiscalizar toda la cadena productiva, desde la semilla hasta el producto final, mediante un sistema de licencias que garantice trazabilidad.
Podrán inscribirse personas físicas, asociaciones civiles, ONG y fundaciones para cultivar con fines medicinales. También se habilita la producción industrial para quienes cumplan con los requisitos.
La ley permite la siembra, cultivo, transporte y almacenamiento de cannabis medicinal y cáñamo industrial, siempre que se cuente con la debida inscripción. A cambio, los registrados recibirán un certificado oficial que les permitirá operar legalmente y con respaldo estatal.
Cannabis medicinal y cáñamo: Mendoza quiere su propio registro para usuarios y productores
Cannabis medicinal y cáñamo: Mendoza quiere su propio registro para usuarios y productores. Foto: Gentileza Inkillay
También se contempla el procesamiento de productos en laboratorios públicos, privados o universitarios autorizados, y se impulsa el desarrollo científico en medicina humana y veterinaria, cosmética, nutrición y sanidad vegetal, entre otras áreas. Además, se prevé la creación de programas provinciales y municipales de promoción.
La normativa establece sanciones para quienes incumplan: apercibimientos, multas que pueden alcanzar un millón de Unidades Fijas, clausuras y decomisos. El procedimiento para imponer sanciones está claramente definido.
La ley también crea un Consejo Asesor ad honorem, con participación del Gobierno, científicos, productores y ONG, que tendrá un rol consultivo para mejorar las políticas públicas en torno al cannabis. Además, establece un régimen simplificado para quienes ya tengan permisos nacionales (Ley 27.350, INASE, SENASA), lo que podría facilitar la adaptación de proyectos existentes.
En cuanto a los aranceles, inscribirse como cultivador individual costará 25 Unidades Fiscales; para ONG, asociaciones civiles o fundaciones, 300 UF; y para producción industrial, 450 UF. También se tarifan las inspecciones y traslados.
Qué cambió con el decreto de Milei
El Decreto 462/2024 publicado en el Boletín Oficial oficializó la disolución de ARICCAME y redistribuyó sus funciones entre otros organismos. La medida se enmarca en la reestructuración del Estado impulsada por el presidente Milei.
Desde ahora, la ANMAT será la autoridad de aplicación para todo lo vinculado al cannabis medicinal, mientras que el cáñamo industrial pasará a la órbita del Ministerio de Economía, a través de las secretarías de Industria y Agricultura.
La ANMAT regulará la importación, exportación, fabricación y comercialización de derivados como flores y biomasa de cannabis y cáñamo. También controlará el almacenamiento, fraccionamiento, distribución y trazabilidad, y podrá otorgar licencias, realizar inspecciones y convocar a un consejo consultivo.
El decreto argumenta que ARICCAME era un organismo “sobredimensionado” y con bajo desempeño operativo. Según el Gobierno, su eliminación busca reducir costos y eliminar “distorsiones” regulatorias.
En paralelo, el decreto también disolvió el INASE, cuyas funciones ahora recaen en la Secretaría de Agricultura. Esta será la encargada de autorizar la importación y comercialización de semillas, garantizando su trazabilidad. Se habilita, además, un régimen de registración excepcional para legalizar simientes bajo la Ley de Semillas 20.247.
Por último, el Gobierno modificó la Ley 27.350 para permitir que las autoridades se abastezcan con insumos de producción nacional, priorizando la industria local.