11 de abril de 2025 - 18:05

Alfredo Cornejo celebró la puesta en marcha de la Ley de Cannabis en Mendoza

La nueva normativa cuenta con un marco legal para ordenar la producción de cannabis medicinal y cáñamo industrial en la Provincia.

El Gobierno de Alfredo Cornejo promulgó las modificaciones a la Ley 9.617, mediante las cuales se oficializa la creación del Registro Provincial del Cannabis y Cáñamo Industrial. La norma obtuvo sanción final este miércoles en la Cámara de Diputados y, a partir de su publicación en el Boletín Oficial, ya entró en vigencia.

La ley apunta a ordenar una actividad que, hasta ahora, se movía entre grises normativos. El objetivo es garantizar el acceso al cannabis medicinal, promover la industria del cáñamo y establecer condiciones claras para quienes ya están en el rubro o desean incorporarse. También se propone definir un nuevo marco para avanzar en el desarrollo productivo y científico del sector.

En la apertura de la Expo Mendocann, que se realiza en el Espacio Arizu de Godoy Cruz, Cornejo destacó la puesta en marcha de la ley y remarcó la importancia de ampliar la matriz productiva de cánnabis en Mendoza, principalmente en las pequeñas y medianas empresas.

Estamos en condiciones de dar certidumbre a nuevas empresas de otras provincias y a las locales. Queremos una reglamentación técnica y sólida para que esta actividad sea rentable y eficaz”, manifestó el mandatario provincial.

Uno de los puntos más importantes de la ley es la creación del Registro Provincial, que será gestionado por el Ministerio de Gobierno en coordinación con las áreas de Salud, Producción, ISCAMEN y otros organismos.

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El gobernador, Alfredo Cornejo, en la la apertura de la Expo Mendocann 2025.

El gobernador, Alfredo Cornejo, en la la apertura de la Expo Mendocann 2025.

Este nuevo padrón tendrá múltiples funciones: podrá autorizar, habilitar, controlar y fiscalizar toda la cadena productiva, desde la semilla hasta el producto final, mediante un sistema de licencias que garantice la trazabilidad.

Nos han comprometido a encarar este desafío de una nueva industria en Mendoza, porque vemos oportunidades de éxito tanto para los mendocinos como para la Argentina”, sostuvo Cornejo.

Tanto personas humanas como asociaciones civiles, ONG y fundaciones podrán inscribirse para cultivar con fines medicinales. A su vez, se habilita la producción a escala industrial para quienes cumplan con los requisitos establecidos por la autoridad de aplicación.

Producción legal, acceso garantizado y sanciones

La norma habilita la siembra, cultivo, transporte y almacenamiento de cannabis medicinal y cáñamo industrial, aunque exige registro obligatorio. A cambio, quienes cumplan recibirán un certificado oficial que les permitirá operar dentro de la legalidad y contar con respaldo estatal.

La ley también contempla el procesamiento de los productos en laboratorios públicos, privados o universitarios debidamente autorizados, con un enfoque puesto en garantizar calidad y seguridad.

En consonancia, promueve el desarrollo científico en múltiples áreas: medicina humana y veterinaria, cosmética, sanidad vegetal, nutrición y más. Se plantea la creación de programas provinciales y municipales para fomentar el conocimiento y el desarrollo de nuevos productos.

Por otro lado, la nueva normativa establece sanciones para quienes incumplan sus disposiciones: apercibimientos, multas que pueden llegar a un millón de Unidades Fijas, clausuras y decomisos. La ley define un procedimiento específico para evaluar e imponer estas penalidades.

Consejo Asesor

Otro punto destacado es la creación de un Consejo Asesor ad honorem, con representantes del Gobierno, el sector científico, los productores y las ONG. Este cuerpo tendrá un rol consultivo y buscará mejorar las políticas públicas en torno al cannabis.

Además, se establece un régimen simplificado para quienes ya cuenten con permisos nacionales (Ley 27.350, INASE, SENASA), lo que podría agilizar la adecuación de proyectos ya existentes.

La ley también fija los valores de las tasas retributivas. Inscribirse como cultivador individual costará 25 Unidades Fiscales; para ONG, fundaciones o asociaciones civiles, el valor asciende a 300 UF. Para la producción industrial, se establece un arancel de 450 UF. A esto se suman inspecciones y traslados, que también están tarifados.

La norma

pedido_274589_10042025.pdf

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