El procurador Gullé se sumó a las críticas radicales contra Palermo y Adaro

El jefe de los fiscales de Mendoza fustigó sin nombrarlos a los ministros de la Corte por dos fallos polémicos. “El juez debe garantizar el derecho de las partes, no liberar presos”, dijo.

Alejandro Gullé junto al intendente de General Alvear, Whalter Marcolini.
Alejandro Gullé junto al intendente de General Alvear, Whalter Marcolini.

Alejandro Gullé llegó hasta General Alvear luego del asesinato de Viviana Viillegas. El Procurador fue recibido por el intendente Walther Marcolini y se refirió al rol de la Justicia, apuntando al “garantismo”. Esta semana el radicalismo montó en cólera por dos fallos polémicos de la Sala 2 de la Suprema Corte de Justicia, integrada por dos jueces filoperonistas como son Omar Palermo y Mario Adaro.

Al tomar contacto con los reclamos vecinales, conmocionados por la muerte de Villegas quien atendía un kiosco cuando fue asesinada, Gullé recordó que los fiscales deben solicitar la detención en un establecimiento carcelario de toda persona que la Policía encuentre en la calle portando un arma “no importa su calibre” y lo mismo para quienes “son reinciden”.

En su paso por el sur, Gullé aseguró que un juez que se precie de garantista “debe garantizar el derecho de las partes en el proceso” pero “no liberar presos”, porque de ser así “es ir en contra de lo que la comunidad exige”.

De la reunión participaron, además del jefe comunal, la Coordinadora General del Ministerio Público Fiscal, Andrea Chávez, autoridades policiales y judiciales.

Entre las apreciaciones que vertió el jefe de los fiscales en Mendoza, afirmó que una de sus directivas para los integrantes del Ministerio Público Fiscal es que “tienen que ser restrictivos a la hora de otorgar libertades cuando una persona delinque. Los reincidentes tienen que quedarse detenidos y las personas que están en la calle con un arma. Es inconcebible que, si son mayores los reiterantes, estén afuera del penal. En esto hay que poner el acento. Si el juez le da la excarcelación es problema del juez, nosotros vamos por la detención”, remarcó Gullé diferenciándose de Adaro y Palermo.

Para el Procurador, al momento de discutir una prisión preventiva “el juez tiene que razonar igual que la comunidad porque es parte de la comunidad” y acto seguido agregó: “El juez debe garantizar el derecho de las partes en el proceso, eso es ser garantista, no liberar presos”.

También señaló que liberar a una persona que delinque “es ir en contra de lo que la comunidad requiere y exige”.

Los dos fallos de la discordia

En siete días la sala 2 de la Corte se despachó con dos sentencias polémicas. La primera fue el 10 de marzo en el caso “Fiscal contra Maravilla Pereyra, Darío Javier por desobediencia”. En la resolución, Adaro y Palermo argumentaban que “no existe desobediencia cuando el sujeto no acata la voz policial, voz de alto, que le imponía su propia detención, siempre y cuando el accionar del imputado es sin fuerza y sin mediar violencia”.

Entonces llegó la segunda sentencia, el 17 de marzo, en la que se absolvió a Raquel Blas y Roberto Macho de una condena a tres meses de prisión por cortar el tránsito en calle Peltier, frente a Casa de Gobierno en 2016.

Entre los argumentos para liberar de responsabilidad a los dos sindicalistas Palermo y Adaro sostuvieron que el derecho a la expresión, a peticionar, a manifestarse y representar gremialmente a los estatales es un derecho colectivo consagrado en la Constitución y que siempre y cuando no haya violencia o alternativas para el tránsito, no había delito.

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