Un cimbronazo en el megajuicio contra Walter Bento ocurrió en la audiencia de este jueves en Tribunales Federales. El contrabandista Eugenio Nasi reconoció que pagó coimas a cambio de beneficios judiciales a la presunta banda que lideró el exmagistrado.
Eugenio Nasi fue detenido en el año 2018 por integrar la “banda del Chino Cheng”, que operaba contrabando de mercaderías desde Chile hacia Buenos Aires por un valor de hasta $3 millones de dólares. Se lo condenó a 5 años de prisión en el año 2022, pero antes surcó los vaivenes judiciales con Bento a la cabeza, por los que se los juzga ahora.
En el megajuicio está imputado por “cohecho activo agravado en calidad de coautor con relación a su propia intervención como sobornador". Durante todo el debate negó su culpabilidad, hasta que ahora en la etapa final, lo aceptó.
La Fiscalía, a cargo de los doctores Dante Vega y María Gloria André, lo acusa de haberle pagado cerca de 500 mil dólares a la presunta banda liderada por Bento, para lograr primero la libertad en septiembre de 2018 y luego, prisión domiciliaria en 2019, tras haber sido detenido de nuevo.
El caso de Nasi involucra a varios integrantes de la banda: el fallecido Diego Aliaga, sindicado como principal nexo de la banda, y los abogados Luciano Ortego y Javier Angeletti, acusados como organizador y miembro de la asociación ilícita investigada, respectivamente.
El giro sorpresivo en el juicio
En la audiencia de este jueves, el Tribunal Oral Federal Nº 2 que preside la jueza Gretel Diamante, dio paso a los alegatos del abogado Gabriel Alliana, defensor de Nasi, y sorprendió con su exposición que no duró más de 5 minutos.
“Por instrucciones del señor Eugenio Nasi, en esta etapa él desea reconocer los hechos por los que fuera acusado y aceptar la culpabilidad del mismo y los alcances de todo esto”, sostuvo.
Y agregó: “Reconoce los hechos que alegara el Ministerio Público Fiscal en sus alegatos, así como en la calificación legal de la misma. Él mismo, cuando sea su oportunidad de dar sus últimas palabras, ratificará esto”.
Alliana explicó que Nasi dio un giro de 180 grados por “temor” al exjuez Bento. “El `por qué` del momento en que reconoce estas circunstancias recién ahora, es atento a que desde que fuera imputado y se avocaran los hechos hasta comenzado el debate, él mismo ha tenido cierto temor, atento al poder y la potestad que tenía en ese momento el doctor Bento”.
“Cesada su magistratura es que toma esta decisión, porque se siente menos presionado. El fin es reconocer los hechos y la culpabilidad de los mismos”, completó el abogado.
El listado de delitos que le acusan a Walter Bento
La Fiscalía le solicitó al TOF Nº 2 en sus alegatos que declare la responsabilidad penal de Walter Bento por la comisión del delito de:
- Asociación ilícita en carácter de jefe. (Penas de 5 a 10 años de prisión)
- Cohecho pasivo agravado por 11 hechos en calidad de autor, todos en curso real entre sí (art. 55 PP) por los casos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9, 10, 13 y 15. (Penas de 4 a 12 años de prisión e inhabilitación especial perpetua)
- Prevaricato en calidad de autor en relación con los casos número 2, 3, 5, 7 y 9. (Penas de 3 a 15 años de prisión)
- Omisión y retardo de justicia en relación al caso número 8, en calidad de autor. (Inhabilitación absoluta del ejercicio)
- Delito de enriquecimiento ilícito previsto en el artículo 268 (2) del Código Penal, en calidad de autor. (Penas de 2 a 6 años de prisión).
- Lavado de activos de origen ilícito agravado por haber sido cometido como miembro de una banda formada para la comisión continuada de hechos de esta naturaleza y como funcionario público en ejercicio u ocasión de sus funciones, en calidad de autor. (Penas de 3 a 10 años de prisión).
- Falsedad ideológica por dos hechos en concurso real entre sí y en grado de coautor. (Penas de uno a 6 años de prisión).
- Abuso de autoridad por 10 hechos en calidad de autor en concurso real entre sí. (Penas de un mes a dos años de prisión e inhabilitación)
- Desobediencia respecto de una orden emanada de autoridad judicial por 2 hechos en concurso real entre sí, en calidad de autor, por la omisión de entregar su teléfono celular y por la no entrega de documentos de viaje. (Penas de 15 días a un año de prisión)
- Ocultamiento de un objeto destinado a servir como prueba, en calidad de autor, por la omisión de entregar el teléfono celular. (Penas de un mes a 4 años de prisión).