El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de Mendoza condenó a 5 años de cárcel a un contrabandista que fue investigado por un millonario contrabando de mercaderías chinas que ingresaron a Mendoza vía Chile.
La Cámara de Casación Penal ordenó al Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 la situación de Alfredo Raúl Rosaspina.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de Mendoza condenó a 5 años de cárcel a un contrabandista que fue investigado por un millonario contrabando de mercaderías chinas que ingresaron a Mendoza vía Chile.
Se trata de Alfredo Raúl Rosaspina, quien había sido condenado en mayo de 2025 por el mismo tribunal y que, luego de que Carlos Moyano, su abogado defensor, presentó un recurso de casación en Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, se ordenó que se recalculara la pena, al morigerar la calificación.
Durante la negociación, la fiscalía había solicitado una pena de 7 años y 6 meses, la querella (Aduana), se inclinó por 6 años de prisión y, a pedido de la defensa, se solicitó cinco años. El tribunal, conformado por los jueces Pablo Salinas, Héctor Cortés y Daniel Doffo, se inclinó finalmente por esta última posición.
A la pena de cárcel, se sumó la pérdida de las concesiones, regímenes especiales, privilegios y prerrogativas; la inhabilitación especial de dos años y seis meses para el ejercicio del comercio; la inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como miembro de las fuerzas de seguridad; y la inhabilitación absoluta por el doble tiempo de la condena para desempeñarse como funcionario o empleado público por los delitos de: infracción al artículo 210, segunda parte del Código Penal. Dos hechos en infracción al artículo 864 inc. a), con la agravante del artículo 865 inc. a) de la Ley 22.415.
La nueva sentencia también condenó a Diego Francisco González Espinoza a la pena de 3 años de prisión con los beneficios de la condenación condicional y a Diego González Espinoza con una serie de normas de conducta.
Rosaspina comenzó a ser investigado por contrabando en 2018 luego de que AFIP -hoy ARCA- detectara en dos locales de Godoy Cruz y Guaymallén una importante cantidad de ropa deportiva de una marca china que, en ese momento, no se importaba legalmente.
En los allanamientos realizados se encontraron zapatillas, buzos, camperas y otros productos deportivos, además de bicicletas y otras mercancías valuadas en más de 4 millones de dólares.
La investigación posterior determinó que la mercadería provenía de China, entraba a Chile por Iquique y, tras llegar a Santiago, se trasladaba en camiones hasta Mendoza.
La causa terminó con la condena de Rosaspina y Ortega, los líderes de la banda, a 6 y 5 años y 8 meses, respectivamente. También fueron condenados, entre otros, Juan Carlos Molina, a 2 años de prisión condicional; Walter Flores, a 3 años de cárcel y a la misma pena Chuanhui Tang, un ciudadano chino residente en Chile, quien se encargaba de comprar las mercaderías en su país.
En febrero pasado, la Justicia Federal de Mendoza ordenó que Rosaspina volviera a la cárcel, cuando se encontraba con un beneficio de prisión domiciliaria, en una vivienda de un barrio privado por cuestiones de salud.
En la ocasión, la Cámara Federal de Mendoza, hizo lugar a un pedido del Ministerio Público Fiscal solicitado el 25 de diciembre pasado, ordenando que el condenado por contrabando sea traslado hasta la Unidad 32 del Servicio Penitenciario Federal para luego quedar alojado en la cárcel federal de Cacheuta.
A tal efecto, libró una orden de allanamiento para que la Agrupación XI “Mendoza” de Gendarmería Nacional Argentina proceda a realizar la medida en la casa de Rosaspina, ubicada en el barrio Palmares de Godoy Cruz.
Además, exhortó a las autoridades del Complejo Penitenciario Federal VI para que arbitre de manera inmediata y permanente todas las medidas necesarias para garantizar la atención médica integral dentro y fuera del penal, si así lo considerara el Servicio Médico Penitenciario, debiendo informar a este Tribunal cualquier novedad relevante vinculada al estado de salud del paciente.
El pedido de la Fiscalía se sostiene en informes del Complejo Penitenciario Federal VI como así también las conclusiones arribadas por el Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Los mismos establecieron que Rosaspina “se encuentra clínicamente estable, con patologías crónicas debidamente diagnosticadas y en tratamiento médico regular, sin evidenciarse, al momento, criterios de descompensación aguda”.
Por lo tanto, puede ser tratado en el Hospital Penitenciario del establecimiento, que cuenta con las condiciones necesarias para garantizar la continuidad de la atención médica.
Es que su tratamiento no requiere tecnologías adicionales ni prácticas de mayor complejidad a las disponibles. Por lo tanto, no se considera necesario el traslado a otro establecimiento penitenciario con hospital de mayor complejidad, en tanto que el tratamiento médico puede ser garantizado en el establecimiento de alojamiento actual, con seguimiento y control periódico por el servicio de salud.