Nuevo rumbo en la causa por el homicidio de Diego Fernández Lima
Anularon el sobreseimiento de Graf y se descartó que el caso estuviera "prescrito". Esta medida obliga al juez de primera instancia a reabrir la causa.
Los jueces anularon el sobreseimiento de Graf, donde se decía que el homicidio de Diego Fernández Lima ya estaba "prescrito".
Este miércoles se llevó a cabo la audiencia para tratar la apelación por el sobreseimiento de Cristian Graf, el acusado de encubrir el homicidio de Diego Fernández Lima. Diego tenía 16 años cuando fue visto por última vez el 26 de julio de 1984. Susrestos fueron encontrados de casualidad en 2023, más de cuatro décadas después, en el jardín de su compañero de colegio, Cristian Graf.
Los jueces de la Sala IV de la Cámara del Crimen decidieron anular la resolución anterior que había cerrado el caso de Graf por considerar que la acción penal había prescrito.
La causa por homicidio será investigado desde cero
En un fallo de 18 páginas, los jueces anularon el llamado a indagatoria de Graf y el sobreseimiento por prescripción de Graf. Esto obliga al juez de primera instancia a reabrir la causa y revisar su decisión anterior. Así, el expediente vuelve prácticamente a fojas cero, aunque sigue abierta la duda sobre si aún están vigentes los plazos legales para juzgar el homicidio.
El primero en votar fue el presidente de la Sala, Ignacio Rodriguez Varela, quien señaló que la acusación por "encubrimiento agravado" estaba artificialmente recortada en un contexto en el que nada se decía del homicidio, que debe ser investigado. En su argumentación Rodríguez Varela consideró "totalmente inverosímil" la postura de los abogados de Graf, quienes sugerían que Diego Fernández había sido enterrado en el lote lindero al de la familia Graf, y también desestimó la teoría de la defensa sobre un posible culpable que "convenientemente" está muerto.
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Por otro lado, el juez Hernán López dijo: “Debe propiciarse la continuación de la investigación por el delito precedente (homicidio) y esclarecer la desaparición y posterior muerte de la víctima, sin perjuicio de la eventual decisión que corresponda adoptar, una vez identificados el autor y/o cómplices, con respecto a la vigencia de la acción penal”.
López agregó: "No es posible declarar la extinción de la acción penal más allá del tiempo transcurrido desde la denuncia de desaparición de Fernández Lima. Con más razón, en tanto el razonamiento del juez soslaya datos imprescindibles que se desconocen. En primer lugar, al no tener identificado a su autor, no podemos saber si existieron causales interruptivas de la acción penal, si se trató de un delito cometido en ejercicio de la función pública o si existió cualquier otra circunstancia relevante".
Finalmente, el juez Julio Lucini dijo : "Que el deceso acaeciera en 1984 verifica un vínculo entre la víctima y el encausado, en tanto resultaban ser, ni más ni menos, que compañeros de colegio; circunstancia suficientemente demostrada mediante informes y testimonios de quienes coincidieron con ambos en aquella época. Por ello, no hay posibilidad de desvincular, a esta altura, al nombrado del homicidio, ya sea como autor, cómplice o cualquier otro grado de participación, y en una línea temporal evidentemente distinta y excluyente a la del delito por el cual se pretende limitar el examen de su eventual responsabilidad".
Por el lado de la familia de la victima, Javier Fernández, hermano de Diego, comentó al medio Clarín que: "Esto nos da esperanza gracias a la voz y la fuerza de todo un país. Yo sé que Diego nos da fuerza y les dio fuerza a los jueces de la Cámara. Esto no puede quedar así, es una locura".