El descontrol territorial en los Parques Nacionales

Los conflictos jurisdiccionales entre el Estado Nacional y las provincias, y las cesiones de tierras para la ampliación de las áreas protegidas por fundaciones internacionales han repercutido negativamente en la gestión y control de éstas por la Administración de Parques Nacionales (APN).

Parque Nacional en la zona de Punta Bandera, localidad de Santa Cruz
Parque Nacional en la zona de Punta Bandera, localidad de Santa Cruz

Los Parques Nacionales (PN) son áreas protegidas con dominio y jurisdicción nacional. Es decir, el Estado tiene la propiedad de la tierra y la cesión jurisdiccional provincial para ejercer la autoridad. Cada parque cuenta con una ley de creación sancionada por el Congreso Nacional y enmarcada en la Ley 22.351/1980. Allí se establecen sus límites y aquello que se puede hacer bajo fiscalización de APN. Si bien todos los PN poseen esta herramienta, a veces la descripción limítrofe no es clara, sus interpretaciones son múltiples o sus demarcaciones son incorrectas. Como resultado, se desencadenan conflictos jurisdiccionales en sus fronteras que afectan el control que la Administración de Parques Nacional (APN) realiza sobre las actividades que allí se desarrollan, como se verá más adelante.

El descontrol también se produce en ciertas áreas compradas y donadas al Estado por ONG conservacionistas. A diferencia de los primeros parques que se crearon por iniciativa estatal, en las últimas décadas las fundaciones marcan el ritmo de la conservación argentina. En algunas regiones, esto ha desencadenado conflictos con las provincias, frenando las transferencias jurisdiccionales a la Nación. En consecuencia, el Estado recibe propiedades sin jurisdicción, impidiéndole la aplicación de la Ley 22.351/1980. La actuación de estas fundaciones ha generado problemas jurisdiccionales y operativos para APN.

A continuación, se describen estos procesos en parques patagónicos, áreas que experimentan la promoción del turismo de naturaleza asociado a la sustentabilidad en el marco de la crisis ecológica y el avance de empresas y de fundaciones.

El avance empresario por conflictos jurisdiccionales

En el PN Los Glaciares se produjeron conflictos jurisdiccionales entre la Nación y la provincia de Santa Cruz por la discordancia de los límites descritos en dos normas. El decreto 105.433/1937 detalló el límite de la reserva Los Glaciares de norte a sur, mientras que la Ley 19.292/1971 lo hizo al revés, es decir, de sur a norte. Esta pequeña diferencia generó confusión en la interpretación del límite en la zona norte. Derivado de esto, Santa Cruz le entregó 179 ha en disputa a una funcionaria provincial para uso privado entre 1979 y 1981. APN recuperó gran parte de esta superficie, a excepción de 76 ha frente a El Chaltén que aún continúan en conflicto y sin fiscalización oficial. En el PN Perito Moreno ocurrió algo similar por una mensura provincial que llevó a Santa Cruz a vender unas leguas del lote 3 a un permisionario del parque en 1981. Ante el reclamo nacional, la provincia reconoció el error y las tierras continuaron bajo control de APN.

En este mismo parque se generó otra disputa en torno al sector de Punta Bandera. Este espacio tiene una importancia fundamental para el desarrollo de las excursiones náuticas, con infraestructura portuaria construida y mantenida por la Nación y algunas empresas. La primera concesión otorgada en 1977 consideró la zona dentro de parques. Sin embargo, las mensuras provinciales de 1982 y 1991 la incluyeron dentro de su jurisdicción. En las concesiones otorgadas en 2013 y 2014, APN reconoció que las construcciones se encontraban en tierras provinciales y estableció que tres empresas ganadoras debían realizar un nuevo puerto en jurisdicción nacional. Sin embargo, las firmas se ampararon en este conflicto para continuar operando desde sus propios puertos e incumplir las obligaciones establecidas en los pliegos.

En el PN Tierra del Fuego el descontrol se vinculó a la indefinición limítrofe oriental y meridional. El primero se produjo por un error en su demarcación que desencadenó una disputa legal entre la provincia de Tierra del Fuego y el Estado nacional. Hacia fines de la década de 1990 se detectó el corrimiento de las marcas de la mensura de 1966, desplazando el límite nacional 920 m hacia el ejido municipal de Ushuaia. El aumento de la demanda habitacional motivó la judicialización del conflicto, ya que el espacio en disputa involucra aproximadamente 4.000 has.

En el segundo caso, el descontrol sobrevino cuando un permisionario se instaló en una superficie no del todo definida. Según la Ley 15.554/1960, el límite del parque es la costa del Canal Beagle, pero la norma no determina si se trata de la línea de pleamar, de base o del espacio intermareal. El permisionario aprovechó este limbo jurisdiccional entre Nación y provincia para instalar su casilla y seguir ofreciendo sus servicios postales sin permiso ni fiscalización de APN.

El avance de fundaciones

Tompkins Conservation (Flora y Fauna Argentina) y Wyss Foundation han comprado y donado tierras para la creación o ampliación de los PN Patagonia, Monte León, Los Glaciares y Perito Moreno. En 2017 se generó un conflicto entre Flora y Fauna y los productores ganaderos de Santa Cruz por un proyecto de cesión de 500.000 ha para ampliar el PN Patagonia. La provincia dejó de otorgar jurisdicción por esta cuestión y las nuevas áreas donadas fueron categorizadas como Reservas Naturales Silvestres (RNS), La Ascensión, Patagonia, Piedra del Fraile y El Rincón. Allí, la APN no puede aplicar la Ley 22.351.

En cuanto a la RNS Piedra del Fraile ubicada al norte del PN Los Glaciares, ésta fue recibida por APN con un permisionario ya instalado. En otras palabras, la institución no elaboró el contrato con este agente y vio reducida su capacidad de control sin la jurisdicción correspondiente.

Como cierre, la actuación de estas fundaciones ha generado problemas jurisdiccionales y operativos para un organismo que no cuenta con el personal ni el presupuesto suficiente para realizar las tareas de control. Esto se acentúa en el contexto actual desfinanciamiento estatal.

(*) La autora es Doctora en Ciencias Sociales y Humanidades (Universidad Nacional de la Patagonia Austral). Licenciada en Geografía (Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires). Becaria posdoctoral Conicet (Centro de Investigaciones y Transferencia de Santa Cruz).

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