Atención empleadores rurales: AFIP lanza un nuevo plan de pago

Mediante un comunicado oficial, se estableció el marco que posibilita a los empleadores rurales saldar sus deudas de seguridad social con el RENATRE. Los requisitos y las condiciones de pago en la nota.

Se estableció el marco que posibilita a los empleadores rurales saldar sus deudas de seguridad social con el RENATRE. 
Foto: José Gutiérrez /  Los Andes
Se estableció el marco que posibilita a los empleadores rurales saldar sus deudas de seguridad social con el RENATRE. Foto: José Gutiérrez / Los Andes

El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) anunció a través de la Resolución 5192/2023, publicada en el Boletín Oficial el martes 26, la implementación de un plan especial de facilidades de pago destinado a empleadores rurales en Argentina.

La normativa, aplicable a empleadores rurales en todo el país, abarca diversas categorías de deudas, entre las que se incluyen las deudas por contribución mensual, deudas determinadas de oficio por contribución mensual, deudas por infracción y deudas relacionadas con juicios por ejecución fiscal.

Trabajador rural, imagen ilustrativa. 
Foto: Orlando Pelichotti /  Los Andes
Trabajador rural, imagen ilustrativa. Foto: Orlando Pelichotti / Los Andes

Condiciones y requisitos para acceder al plan:

Para acceder a este plan de facilidades de pago, los empleadores deben cumplir con ciertos requisitos. En primer lugar, es necesario estar debidamente registrados en el RENATRE. Además, se establece que no deben estar comprendidos en indicadores, presunciones o denuncias relacionadas con explotación, trata de personas o trabajo infantil. Asimismo, es imperativo que no hayan sido detectados con trabajo informal en sus establecimientos.

Registrate en RENATRE.
Registrate en RENATRE.

¿Cómo se paga?

El plan ofrece flexibilidad en las condiciones de pago, brindando a los empleadores rurales opciones adaptadas a sus capacidades financieras. Estas opciones incluyen:

  • Pago único: Con esta modalidad, los empleadores pueden cancelar la deuda con una quita del 50% sobre los intereses resarcitorios.
  • Pago en dos cuotas: Aquellos que opten por esta alternativa contarán con una quita del 40% sobre los intereses resarcitorios.
  • Pago en tres cuotas: Para quienes elijan esta modalidad, se aplicará una quita del 30% sobre los intereses resarcitorios.

La Resolución especifica que estas nuevas condiciones entrarán en vigencia a partir del 1 de enero de 2024. Además, se establece que la normativa derogará cualquier otra disposición que se oponga a lo establecido en la misma.

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