24 de abril de 2026 - 13:25

Sueldos de trabajadores metalúrgicos UOM: cuánto se cobra por rama en mayo 2026

Escalas actualizadas por rama y categoría para trabajadores metalúrgicos UOM: montos de abril 2026 a cobrar en mayo, según el último acuerdo salarial.

Los trabajadores metalúrgicos UOM encuadrados en el CCT N° 260/75 cobrarán en mayo de 2026 los haberes correspondientes a abril, con escalas salariales actualizadas tras el último acuerdo paritario. Los valores fueron definidos en conjunto con las cámaras empresarias del sector.

Este esquema fija diferencias claras según la rama de actividad, la categoría y el tipo de tarea, con montos que varían entre personal jornalizado y mensualizado. A continuación, el detalle completo de los sueldos por rama.

Rama por rama: estos son los sueldos de los trabajadores metalúrgicos UOM

Los valores surgen del acuerdo entre la UOM y las cámaras ADIMRA, CAMIMA, AFAC y AFARTE, en el marco del CCT N° 260/75.

Rama N° 17: Metalmecánica y otras

Incluye Ascensores (Rama 3), Fundición (13, 14, 15), Herrería (16) y Pulvimetalurgia (20).

Personal jornalizado (por día):

  • Ingresante: $4.313,43
  • Operario Calificado: $4.672,74
  • Medio Oficial: $5.036,08
  • Operario Especializado: $5.387,45
  • Operario Especializado Múltiple: $5.695,63
  • Oficial: $5.958,84
  • Oficial Múltiple / Oficial Superior CNC: $6.418,60
  • Oficial Múltiple Superior CNC: $6.868,42

Personal mensualizado:

  • Administrativos (Grupo A): Cat. 1°: $833.257,48 | Cat. 4°: $1.166.170,85
  • Técnicos (Grupo B): Cat. 1°: $833.257,48 | Cat. 6°: $1.276.880,99
  • Auxiliares (Grupo C): Cat. 1°: $801.577,24 | Cat. 3°: $992.754,70
Pesos, billetes.jpg

Ingreso Mínimo Global de Referencia (IMGR): $1.036.390,00

Categorías específicas:

  • Foguistas: Patente 3° ($5.695,63) | Patente 1° ($6.433,00)
  • Choferes: Registro Carga ($5.695,63) | DNV ($6.433,00)
  • Ex Rama 7 (Envases): $5.592,05 a $6.444,69
  • Rama 3 (Ascensores): Oficial Montador ($6.588,47) | Calibrador 1° ($7.855,29)
  • Rama 16 (Herrería): $5.953,52

Ramas N° 5, 8, 12 y 18

(Bronceros, Electrónica, Relojería y Máquinas de Oficina)

Jornalizados:

  • Ingresante: $4.365,65
  • Oficial: $6.020,72
  • Oficial Múltiple: $6.490,43

Mensualizados:

  • Administrativo 1°: $845.137,93
  • Técnico 6°: $1.296.006,32

Menores (8 hs, 17 años): $784.365,41

Choferes/Foguistas: hasta $6.490,43

Rama N° 10: Carrocerías

Jornalizados:

  • Ingresante: $4.836,06
  • Oficial: $6.864,08
  • Oficial Múltiple Superior CNC: $7.696,43
Metalúrgicos proponen algunas medidas para reactivar la economía
Metalúrgicos proponen algunas medidas para reactivar la economía
Metalúrgicos proponen algunas medidas para reactivar la economía

Mensualizados:

  • Administrativo 4°: $1.311.926,31
  • Técnico 5°: $1.436.516,86

Menores (8 hs, 17 años): $865.490,49

Rama N° 4: Automotor (Laudo 29)

Jornalizados:

  • Ingresante: $5.125,89
  • Oficial: $7.101,61
  • Oficial Múltiple Superior CNC: $8.174,05

Mensualizados:

  • Administrativo 4°: $1.434.081,72
  • Técnico 5°: $1.445.328,79

Auxiliares:

  • Categoría 3°: $1.252.962,93

Rama N° 1: Aluminio

Jornalizados:

  • Ingresante: $4.371,58
  • Oficial: $6.038,95
  • Oficial Múltiple Superior CNC: $6.979,96

Mensualizados:

  • Administrativo 4°: $1.132.069,27
  • Técnico 6°: $1.239.385,99

Foguistas/Choferes: hasta $6.522,69

Qué adicionales cobran los trabajadores metalúrgicos UOM en cada rama

El acuerdo también fija adicionales que impactan directamente en el ingreso final de los trabajadores metalúrgicos UOM, independientemente de la rama en la que se desempeñen.

Entre los principales conceptos se destacan:

  • Título técnico o secundario (Art. 53/54): $22.836,06
  • Idiomas (Art. 55): $12.909,84
  • Fallecimiento de familiar (Art. 58): $142.723,51
  • Subsidio por padres incapacitados (Art. 57): $57.089,72
  • Llamada fuera de horario (Art. 63): $3.348,30 por evento

En cuanto a compensaciones por movilidad y tareas fuera del lugar habitual:

  • Viáticos viajante interior (Art. 91): $37.641,22
  • Viático urbano/suburbano mensual: $125.491,79

Estos adicionales se aplican sobre los sueldos básicos definidos por rama y categoría, y forman parte del acuerdo salarial registrado bajo el Expediente N° EX-2025-109180715-APN-DGDTEYSS#MCH.

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