La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció plazos estrictos para la recategorización del monotributo, un trámite obligatorio para los pequeños contribuyentes.
ARCA fijó plazos para la recategorización del monotributo. Quienes no cumplan enfrentan multas y ajustes retroactivos. Evitá sanciones actualizando tu categoría.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció plazos estrictos para la recategorización del monotributo, un trámite obligatorio para los pequeños contribuyentes.
Esta recategorización permite actualizar la categoría según los ingresos y la actividad declarada, asegurando que el régimen simplificado refleje la realidad económica de cada monotributista.
El incumplimiento de esta obligación conlleva consecuencias económicas importantes, como multas y liquidaciones retroactivas. En este contexto, conocer las reglas y las escalas vigentes es clave para evitar sanciones y mantener la situación fiscal al día con ARCA.
Los contribuyentes que no cumplan con la recategorización del monotributo dentro de los plazos establecidos enfrentan multas equivalentes al 50% del impuesto integrado y de la cotización previsional correspondiente. Además, ARCA puede aplicar liquidaciones retroactivas por las diferencias no abonadas en períodos anteriores, lo que incrementa el monto adeudado.
En casos de recategorización de oficio, es fundamental regularizar la situación para evitar la acumulación de intereses y futuras sanciones. ARCA realiza estos ajustes automáticos cuando detecta inconsistencias en la declaración de ingresos o actividad, buscando garantizar que todos los monotributistas estén correctamente categorizados y cumpliendo con la normativa vigente.
ARCA publicó los nuevos límites de ingresos para cada categoría del monotributo, información esencial para realizar la recategorización correctamente. Estos son los valores vigentes:
Categoría A: $8.992.597,87
Categoría B: $13.175.201,52
Categoría C: $18.473.166,15
Categoría D: $22.934.610,05
Categoría E: $26.977.793,60
Categoría F: $33.809.379,57
Categoría G: $40.431.835,35
Categoría H: $61.344.853,64
Categoría I: $68.664.410,05
Categoría J: $78.632.948,76
Categoría K: $94.805.682,90