Empleadas y niñeras: el DNU de Milei suma un cambio fundamental, ¿qué cambia ahora para las trabajadoras?

El DNU también incluye una mención especial para los trabajadores de “Casas Particulares”, que abarca a todo el servicio doméstico, caseros y cuidadores de ancianos o niños, entre otras actividades del hogar.

Empleadas y niñeras: el DNU de Milei suma un cambio fundamental, ¿cómo será ahora el trabajo?/ Foto: Orlando Pelichotti
Empleadas y niñeras: el DNU de Milei suma un cambio fundamental, ¿cómo será ahora el trabajo?/ Foto: Orlando Pelichotti

El Decreto de Necesidad y Urgencia presidencial elimina el “agravamiento”, en los despidos para empleadas, niñeras, caseros y otros trabajadores del servicio doméstico. En la práctica, significa el fin de la doble indemnización para los trabajadores que pierdan su trabajo, habiendo prestado tareas “en negro”.

Servicio doméstico

Foto: Orlando Pelichotti
Servicio doméstico Foto: Orlando Pelichotti

En concreto, el Capítulo II del DNU presdidencial se presta especial atención a las condiciones de trabajo del personal de Casas Particulares, y se aclara que, “ (...) sin perjuicio que las disposiciones de la presente Ley serán de aplicación en todo lo que resulte compatible y no se oponga a la naturaleza y modalidades propias del régimen específico o cuando así se lo disponga expresamente.”

Es que, el “ARTÍCULO 58″ del DNU, deroga el artículo 50 de la Ley N° 26.844, que especifica un “agravamiento por ausencia y/o deficiencia en la registración. La indemnización prevista por el artículo 48 de esta ley, o las que en el futuro las reemplacen, se duplicará cuando se trate de una relación laboral que al momento del despido no estuviera registrada o lo esté de modo deficiente.”

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