Cada año, la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores (Sepyme), dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo, actualiza los montos máximos de facturación para que una empresa sea considerada micro o pyme. Los nuevos valores tienen un incremento de entre el 28,5% y el 78,3%, según el rubro.
La revisión tiene como objetivo garantizar que ninguna micro, pequeña y mediana empresa que no haya aumentado su volumen real de ventas quede fuera de los beneficios fiscales, líneas de financiamiento con tasa subsidiada por el Fondep, así como de los planes de asistencia técnica y otros programas del Ministerio de Desarrollo Productivo.
Los nuevos máximos de facturación anual, son:
Micro empresas: $ 24.990.000 para la construcción; $ 13.190.000 para servicios; $ 57.000.000 para comercio; $ 45.540.000 para industria y minería; $ 30.770.000 para agropecuario.
Pequeñas empresas: $ 148.260 para la construcción; $ 79.540.000 para servicios; $ 352.420.000 para comercio; $ 326.660.000 para industria y minería; $ 116.300.000 para agropecuario.
Medianas empresas, tramo 1: $ 827.210.000 para la construcción; $ 658.350.000 para los servicios; $ 2.588.770.000 para comercio; $ 2.530.470.000 para industria y minería; $ 692.920.000 para agropecuario.
Medianas empresas, tramo 2: $ 1.240.680.000 para la construcción; $ 940.220.000 para servicios; $ 3.698.270.000 para comercio; $ 3.955.200.000 para industria y minería; $ 1.099.020.000 para agropecuario.
El aumento de los topes se hizo a través de la Resolución 19/2021, que también implementa el Legajo Único Financiero y Económico. Este se generará con la inscripción al Registro de empresas Mipyme y contendrá la información económica, contable y financiera de la firma en base a lo presentado ante la AFIP.