Atención viajeros: AFIP advirtió que aún rigen los topes de ingreso e impuestos para productos importados

Con el inicio del período de vacaciones y los anuncios de la propuesta de liberalización del ingreso de mercadería de Javier Milei, la entidad alertó a los ciudadanos que realicen compras en el extranjero que continúa vigente el sistema actual de importaciones.

Compras, aduanas y luz verde
Compras, aduanas y luz verde

Ayer, el presidente Javier Milei presentó en el Congreso de la léy ómnibus de “bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos”. El documento que consta de 664 artículos busca reformar la estructura y funcionamiento del Estado y modifica diferentes puntos del Código Civil y Comercial.

En este marco, la agencia Noticias Argentinas informó que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) advirtió este jueves -con el comienzo del período de vacaciones en la mira- que aún rigen los topes para el ingreso de objetos desde el exterior sin el pago de impuestos.

Al mismo tiempo aclaró que la liberalización propuesta en la Ley Ómnibus regirá una vez que sea aprobada por el Congreso Nacional.

Turistas disfrutan de una playa en Chile cercana a Reñacas. Durante el período de vacaciones, los argentinos aprovechan su estadía en el país vecino para realizar compras de dispositivos electrónicos y electrodomésticos. Foto: Gentileza
Turistas disfrutan de una playa en Chile cercana a Reñacas. Durante el período de vacaciones, los argentinos aprovechan su estadía en el país vecino para realizar compras de dispositivos electrónicos y electrodomésticos. Foto: Gentileza

AFIP recordó que la franquicia vía terrestre o fluvial es de US$ 300 y la marítima o aérea es de US$ 500. Además indicó que se puede ingresar un teléfono y una notebook o tablet sin pago de arancel.

En el caso de menores de 16 años, la franquicia corresponde al 50 por ciento.

Cuando los viajeros constituyan un grupo familiar – matrimonios, uniones convivenciales e hijos menores de 16 años no emancipados -, la franquicia podrá ser utilizada en forma conjunta.

Si el valor del objeto a ingresar supera la franquicia, se deberá abonar un arancel igual al 50% del total excedido. Por ejemplo, en el caso de una franquicia aérea: valor del objeto (US$ 600) - franquicia permitida (US$ 500) = excedente (US$ 100) - arancel del 50% = total a pagar (US$ 50).

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