La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció un cambio clave en la emisión de comprobantes. A partir del 1º de diciembre de 2025, las facturas clase “M” dejarán de estar habilitadas y deberán reemplazarse por facturas clase “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”.
La decisión responde a la detección de un uso indebido de facturas M o documentos equivalentes que generaban créditos fiscales ilegítimos o erogaciones inexistentes.
Arca Monotributo.jpg
Los contribuyentes que hoy emiten facturas M deberán adaptarse a la nueva norma y usar comprobantes clase A con leyenda especial.
ARCA unifica ahora todas las condiciones de habilitación en un solo marco normativo, contemplando solvencia patrimonial, cumplimiento fiscal y otras obligaciones tributarias, para que los contribuyentes puedan emitir comprobantes dentro de la legalidad.
Qué implica la eliminación de las facturas M según ARCA
Las facturas clase “M” se utilizaban para contribuyentes que no cumplían con ciertos requisitos patrimoniales o fiscales, permitiéndoles emitir comprobantes con la leyenda “Operación sujeta a retención”.
ARCA detalla que este régimen se implementó “para quienes solicitasen por primera vez autorización para emitir comprobantes clase A, un régimen especial y complementario a las normas aplicables en materia de facturación, debiendo cumplir requisitos adicionales de información sobre datos patrimoniales para evaluar la solvencia del responsable y su cumplimiento fiscal”, según la Resolución General 1575.
Impuesto a las Ganancias.jpg
La factura M permite retener automáticamente el IVA y el impuesto a las ganancias, incluso cuando no se cumplen todos los requisitos patrimoniales.
Ahora, todos los solicitantes de habilitación de comprobantes clase A se evaluarán bajo un mismo plexo normativo. Se habilitarán comprobantes clase A si se cumplen todos los requisitos; comprobantes clase A con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN” si no se cumple algún requisito; y comprobantes clase A con leyenda “PAGO EN CBU INFORMADA” si la única falta es la solvencia patrimonial.
Los contribuyentes que actualmente usen facturas M deberán adaptarse a la nueva norma, manteniendo la progresividad de la numeración salvo que se habilite un nuevo punto de venta.