El Gobierno avanzó este jueves con el envío de la Reforma Laboral al Senado, y en ella introduce “restricciones a la actividad sindical y endurece las sanciones para organizaciones que bloqueen empresas”. La iniciativa apunta a protestas que generaron reclamos entre pymes y sectores empresarios.
El texto plantea límites a la realización de asambleas dentro de los establecimientos y penas más severas para gremios que impidan el funcionamiento de una compañía, según informó Noticias Argentinas.
Entre los impulsores de estas medidas figura la jefa del bloque de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, quien desde hace años acompaña iniciativas antibloqueo junto a legisladores como Verónica Razzini.
Infracciones graves ante bloqueos o tomas
El proyecto establece que serán consideradas “infracciones muy graves provocar, y/o instar y/u organizar el bloqueo o tomar un establecimiento; impedir u obstruir total o parcialmente el ingreso o egreso de personas y/o cosas al establecimiento”.
También se sancionará cuando se ocasionen “daños en personas o en cosas de propiedad de la empresa o de terceros, se encuentren o no en el establecimiento del empleador (instalaciones, mercaderías, insumos y materias primas, herramientas, etc.) o retenerlas indebidamente”.
“Verificadas dichas acciones como medidas de acción directa sindical, la entidad responsable será pasible de la aplicación de las sanciones que establezca la Reglamentación, una vez cumplimentado el procedimiento que disponga al efecto la Autoridad de Aplicación, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y/o penales que pudieran corresponder”, añade la letra oficial.
Asambleas: autorización del empleador y "adiós" salarios
Sobre las asambleas se dispone que la asociación sindical deberá “contar con autorización previa del empleador para la celebración de una asamblea tanto donde se realizará el horario y el tiempo de su duración y en caso de que se realice dentro del establecimiento deberá requerir autorización del lugar”.
“Además se aclara que el trabajador no devengará salarios durante el tiempo de la misma o infracciones graves”, señala el texto.
En ese sentido, el proyecto fija como prácticas desleales “intervenir o interferir intencionalmente afectando el desenvolvimiento de la actividad de la empresa mediante la convocatoria a asambleas violando los términos del artículo 20 bis de la presente ley, u otras medidas de acción directa.
La iniciativa también contempla la posibilidad de armar sindicatos por empresas y se establece un mecanismo más ágil para la obtención de personería gremial de los sindicatos de empresa. o Límite de horas. Por otra parte, se limita a diez (10) horas, el crédito para el ejercicio de las funciones de los delegados del personal.