23 de abril de 2026 - 11:02

El Gobierno cesanteó a dos médicos por gravísimas faltas: violencia de género, abuso sexual y ebriedad

El Gobierno de Mendoza despidió a dos médicos que prestaban servicios en el hospital de Malargüe y en el hospital Central por graves faltas.

El Gobierno de Mendoza dispuso la cesantía de dos médicos que se desempeñaban en hospitales públicos de la provincia, tras la realización de sumarios administrativos que acreditaron faltas graves en el ejercicio de sus funciones. Las medidas fueron oficializadas este jueves mediante los decretos Nº 103 (enero de 2025) y Nº 2788 (diciembre de 2025).

Uno de los casos corresponde al Hospital de Malargüe, donde fue cesanteado el médico Pedro Martín Seput Yactayo. La investigación determinó que el profesional no se presentó a cumplir su guardia en horario, pese a reiterados intentos de contacto, y que al hacerlo horas más tarde se encontraba en un aparente estado de ebriedad que le impedía desempeñar sus tareas. Además, protagonizó un incidente con una enfermera que derivó en una causa penal por abuso sexual simple.

El sumario concluyó que el médico incurrió en incumplimientos a normas fundamentales del ejercicio profesional y del régimen disciplinario del sector salud. Si bien su defensa solicitó suspender el proceso hasta que quedara firme la sentencia penal, el planteo fue rechazado bajo el argumento de que las responsabilidades administrativas y penales son independientes. Finalmente, se resolvió su desvinculación definitiva.

El segundo caso involucra al Hospital Central, donde fue cesanteado el médico Rolando Jorge Pronotto por violencia laboral y de género contra una colega. Según se acreditó, el profesional ejerció maltrato reiterado, incluyendo gritos, humillaciones, insultos y descalificaciones, además de conductas vinculadas a abuso de poder sostenidas en el tiempo.

Las actuaciones se iniciaron tras la activación del protocolo de violencia de género, y durante el proceso se incorporaron testimonios, documentación interna y antecedentes laborales. También se constató que el médico no había realizado la capacitación obligatoria de la Ley Micaela, un elemento que fue considerado en el análisis del caso.

Si bien el Consejo Deontológico Médico sugirió una sanción menor —hasta 30 días de suspensión y capacitación—, tanto el instructor sumariante como la Junta de Disciplina coincidieron en la gravedad de los hechos y recomendaron la cesantía, criterio que finalmente adoptó el Poder Ejecutivo.

En ambos decretos, el Gobierno provincial remarcó que la potestad sancionatoria de la administración busca garantizar el correcto funcionamiento del sistema de salud pública, preservando condiciones adecuadas de trabajo y asegurando una prestación eficiente y respetuosa de los servicios.

Las dos sanciones implican la expulsión definitiva de los profesionales del sistema público y deberán ser notificadas a la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública de Mendoza.

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