La demanda fue impulsada por Nicolás Bustos, quien sostuvo que sufrió distintos episodios de abuso entre 2009 y 2015, período en el que residió en el monasterio ubicado en Mendoza. Según su relato, los hechos comenzaron cuando tenía 17 años.
Millonaria condena contra el Arzobispado de Mendoza y dos monjes por los abusos en el Cristo Orante
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Los condenados en el fuero civil son Diego Roque Moreno y Jorge Oscar Portillo, además de la responsabilidad atribuida al Arzobispado. En total deberán costear más de 8,5 millones de pesos.
La resolución judicial establece una reparación económica por los daños ocasionados a la víctima, en una causa que analizó las consecuencias psicológicas y personales derivadas de los hechos denunciados.
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La sentencia, firmada por el juez Fernando Games y fechada el 4 de junio, rechazó los planteos de prescripción y falta de legitimación que habían presentado los demandados y admitió la demanda por daños y perjuicios promovida por la víctima, Nicolás Bustos.
Los detalles de la sentencia civil contra los monjes y la Iglesia de Mendoza
A lo largo de más de 60 páginas, el fallo reconstruye la relación que la víctima mantuvo con los religiosos dentro del monasterio y concluye que no se trató de vínculos libres y consentidos entre adultos en igualdad de condiciones.
Por el contrario, el juez entendió que existió una situación de asimetría de poder, atravesada por la autoridad espiritual que ejercían los monjes sobre el denunciante, y sostuvo que el consentimiento estaba viciado por el temor reverencial y la manipulación de conciencia.
Millonaria condena contra el Arzobispado de Mendoza y dos monjes por los abusos en el Cristo Orante
Archivo Los Andes
La sentencia cita además pericias psicológicas y psiquiátricas que describen secuelas persistentes en la víctima (entre ellas trastorno de estrés postraumático, dificultades para establecer vínculos afectivos estables, alteraciones en la sexualidad, sentimientos de culpa y la pérdida de su proyecto de vida religiosa).
Al momento de cuantificar el daño, Games destacó que los abusos denunciados comenzaron cuando el actor era menor de edad y se prolongaron en el tiempo, generando una profunda afectación emocional y espiritual.
La responsabilidad del Arzobispado
Uno de los puntos centrales del fallo fue el análisis de la responsabilidad institucional del Arzobispado de Mendoza.
La defensa eclesiástica había sostenido que no existía una relación de dependencia civil entre el Arzobispado y los monjes, y que la Fraternidad del Cristo Orante era una entidad autónoma. Sin embargo, el juez rechazó ese argumento y consideró acreditado que la Iglesia ejercía facultades concretas de supervisión, control y disciplina sobre el monasterio y sus integrantes.
Games remarcó que la autonomía religiosa no coloca a ninguna institución por encima del orden jurídico argentino y que las organizaciones religiosas también deben responder cuando se vulneran derechos fundamentales de las personas.
La resolución también menciona que las propias actuaciones internas de la Iglesia demostraron que las autoridades del Arzobispado de Mendoza habían tomado conocimiento de conductas impropias. Entre los antecedentes aparece una investigación preliminar impulsada por el Arzobispado y una posterior sanción canónica contra Roque Moreno, además de una amonestación a Portillo por conductas calificadas como inapropiadas en el plano afectivo-sexual.
La causa penal contra los monjes sigue su curso
En marzo pasado fue anulado el sobreseimiento que beneficiaba a los acusados, por lo que la investigación judicial aún sigue abierta y deberá avanzar sobre las responsabilidades penales de los imputados.
La víctima había denunciado en el Ministerio Público Fiscal de Mendoza que los reiterados abusos tuvieron lugar en el monasterio ubicado en Gualtallary, entre 2009 y 2015, cuando ingresó al lugar con apenas 17 años y atraído por la vida religiosa y el deseo de convertirse en monje.
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En su testimonio, Bustos describió en reiteradas ocasiones que, en un contexto de manipulación espiritual y psicológica por parte de los dos religiosos que vivían con él en el monasterio, Moreno y Portillo abusaron sistemáticamente de él en reiteradas ocasiones.
Incluso, el joven llegó a confesar que, debido a la autoridad religiosa de los sacerdotes y a su propia fe, llegó a pensar que lo que estaba viviendo era algo que “Dios permitía”, lo que le generó una fuerte confusión y culpa.
El fallo de la Suprema Corte de Justicia fue firmado en marzo pasado por los ministros Mario Adaro (quien redactó el voto principal) y José Valerio (quien adhirió al voto de Adaro). En tanto, el tercer juez de la Corte, Omar Palermo, no suscribió por encontrarse en uso de licencia.