La promulgación de la polémica Ley de Movilidad Jubilatoria, el primer decreto de Nación en 2021

La ley, que fue aprobada por solo 13 votos de diferencia la semana pasada, establece que los aumentos en haberes jubilatorios y de asignaciones sociales no estén ligadas a la inflación. Dependerán del crecimiento de la recaudación de ANSES y del aumento de los salarios.

Las actualizaciones de los haberes para jubilados, pensionados y beneficiarios de asignaciones sociales será trimestral, pero no estarán vinculadas a la inflación. Foto: Archivo Los Andes.
Las actualizaciones de los haberes para jubilados, pensionados y beneficiarios de asignaciones sociales será trimestral, pero no estarán vinculadas a la inflación. Foto: Archivo Los Andes.

Primer día hábil del 2021 y ya se conoció el primer decreto presidencial publicado en el Boletín Oficial, el 1/2021. Se trata de la promulgación de la polémica Ley 27.609, conocida como Ley de Movilidad Jubilatoria. La norma que elimina el ajuste de los haberes jubilatorios en base a la inflación fue aprobada en el Congreso el martes 29 de diciembre; por lo que a partir de ahora la actualización de los los haberes de los jubilados estará directamente vinculada a una fórmula que incluya el crecimiento de la recaudación de la ANSES y el de de los salarios.

La Cámara de Diputados aprobó la nueva forma jubilatoria
La Cámara de Diputados aprobó la nueva forma jubilatoria

Así las cosas, a partir de marzo, serán 7 millones de personas que cobran jubilaciones y pensiones y otros 8 millones de chicos que perciben la Asignación Universal por Hijo (AUH) en Argentina quienes verán modificados sus haberes.

Nueva fórmula

A partir de la flamante ley, los haberes de jubilados, pensionados y quienes reciben algún tipo de asignación social variarán constantemente; todo a partir de un nuevo índice que combina en 50% el crecimiento de la recaudación de la ANSES y en otro 50%, el aumento de los salarios medido por el INDEC y ligado a la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

Entre sus principales consideraciones, la nueva norma establece que las jubilaciones y asignaciones se actualicen cada tres meses, y que los aumentos se apliquen en marzo, junio, septiembre y diciembre. Además, se fija que bajo ningún punto de vista la aplicación del nuevo índice lleve a una disminución del haber.

La Cámara de Diputados aprobó la nueva forma jubilatoria
La Cámara de Diputados aprobó la nueva forma jubilatoria

Será la ANSES quien elabore y apruebe el mencionado índice de movilidad de manera trimestral.

Para obtener sanción definitiva, la ley recibió 132 votos afirmativos en la Cámara de Diputados de la Nación frente a los 119 en contra (no hubo abstenciones). Con su aprobación y reciente promulgación, la ley reemplaza la anterior movilidad jubilatoria, que fue sancionada durante la gestión de Mauricio Macri y que mantuvo vigencia desde marzo del 2018 hasta diciembre del 2019.

Mientras que el oficialismo nacional defendió la norma y la consideraron como “superadora” en comparación a la fórmula anterior, las fuerzas opositoras reclaman que se trata de una pérdida de poder adquisitivo para una de las poblaciones más vulnerables, si se tiene en cuenta que la inflación será dejada de lado en el cálculo.

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