El Gobierno nacional confirmó los feriados y los días no laborables para el año 2026. De esta manera, quienes no trabajen en estas fechas podrán aprovechar de un fin de semana largo, según la ocasión y la cantidad de días.
El Gobierno nacional oficializó el calendario de días festivos para el año que viene. A tomar nota.
El Gobierno nacional confirmó los feriados y los días no laborables para el año 2026. De esta manera, quienes no trabajen en estas fechas podrán aprovechar de un fin de semana largo, según la ocasión y la cantidad de días.
La noticia llegó a través de la resolución 164/2025, publicada este viernes en el Boletín Oficial con la firma del jefe de Gabinete, Manuel Adorni. Entre las novedades para 2026, el lunes 23 de marzo, el viernes 10 de julio y el lunes 7 de diciembre serán agregados como días no laborables.
En total, habrá seis fines de semana largo de tres días y cinco XL de cuatro días, según el calendario oficial (ver detalles abajo).
De acuerdo a las autoridades, la decisión apunta a fomentar el turismo interno y facilitar la planificación de actividades comerciales y familiares en todo el país.
Y reiteraron que el nombramiento de los días feriados con fines turísticos “tales días contribuyen a disminuir los efectos negativos de la estacionalidad del sector turístico, procurando distribuir la actividad turística en el tiempo”. De todos modos, es importante aclarar que no todos los trabajadores terminan teniendo libre los días no laborables, por lo que son algunos sectores (Estado, educación, bancos) los que finalmente terminan aprovechándolos.
Durante los feriados nacionales, ya sean inamovibles o trasladables, se debe respetar como si fuera descanso dominical, y si un empleado trabaja en esos días, tiene derecho a percibir el doble de su salario habitual por esa jornada laboral.
Por otro lado, un día no laborable es aquel en el cual el empleador tiene la facultad de decidir si se trabaja o no.
A diferencia de los feriados nacionales, durante los días no laborables turísticos no existe la obligatoriedad de suspender las actividades laborales, y los empleados que trabajen en esos días percibirán un salario normal, sin el adicional correspondiente al feriado trabajado.
Jueves 1° de enero: Año Nuevo
Lunes 16 y martes 17 de febrero: Carnaval
Martes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
Jueves 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
Viernes 3 de abril: Viernes Santo
Viernes 1° de mayo: Día del Trabajador
Lunes 25 de mayo: Revolución de Mayo
Sábado 20 de junio: Paso a la Inmortalidad de Manuel Belgrano (Día de la Bandera)
Jueves 9 de julio: Día de la Independencia
Martes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María
Viernes 25 de diciembre: Navidad
Lunes 15 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (en realidad, la fecha se conmemora el 17, pero se trata de un feriado trasladable).
Lunes 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (se considera un feriado trasladable, pero no se modificará la fecha este año).
Lunes 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable, que este año permanecerá sin modificaciones al caer también un lunes)
Lunes 23 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (la fecha original es el viernes 20 de noviembre, pero las autoridades confirmaron el traspaso para que haya un fin de semana largo).
Lunes 23 de marzo
Viernes 10 de julio
Lunes 7 de diciembre
Del viernes 1° al domingo 3 de mayo (feriado del Día del Trabajador es el viernes)
Del sábado 23 al lunes 25 de mayo (feriado por la Revolución de Mayo)
Del sábado 13 al lunes 15 de junio (el lunes es el feriado trasladado por Güemes)
Del sábado 13 al lunes 15 de agosto (el lunes es el feriado trasladado por San Martín)
Del sábado 21 al lunes 23 de noviembre (se traslada del viernes el Día de la Soberanía Nacional)
Del viernes 25 al domingo 27 de diciembre (Navidad)
Del sábado 14 al martes 17 de febrero (feriados de Carnaval el lunes 16 y el martes 17)
Del sábado 21 al martes 24 de marzo (lunes es día no laborable y martes 24 es feriado por el Día de la Memoria)
Del jueves 2 al domingo 5 de abril (jueves 2 es feriado por Malvinas más feriado por Viernes Santo)
Del jueves 9 al domingo 12 de julio (jueves 9 es feriado por el Día de la Independencia más día no laborable turístico del viernes 10)
Del sábado 5 al martes 8 de diciembre (lunes es día no laborable y el martes 8 es el feriado de la Inmaculada Concepción)