¿Qué implica realmente una prisión domiciliaria? ¿Hasta dónde puede moverse un condenado que goza de este beneficio? ¿Qué controles existen y qué pasa cuando fallan? Estas preguntas ganaron relevancia tras los casos que tomaron estado público en Mendoza, como el del asesinato en Guaymallén, donde la imputada estaba en su casa con otros tres cómplices, o la circulación de imágenes de personas condenadas paseando por el barrio o recibiendo visitas. Para arrojar luz sobre estos temas, el equipo de Aconcagua Radio consultó al abogado penalista Daniel Romero, quien cuenta con clientes que han atravesado esta situación.
“La prisión domiciliaria permite una vida casi normal, pero con condiciones”
Romero explicó que el sistema jurídico argentino garantiza la presunción de inocencia hasta que exista una sentencia firme. En ese marco, y según las condiciones del caso, un imputado puede recibir el beneficio de la prisión domiciliaria o incluso la libertad plena. Lo mismo ocurre para quienes ya han sido condenados y cumplen ciertos requisitos.
“Esa prisión domiciliaria puede ser otorgada antes o después de una condena, pero siempre va sujeta a reglas de conducta”, remarcó el abogado.
Visitas, redes sociales y asados: ¿hay límites dentro del hogar?
Uno de los interrogantes más comunes gira en torno a qué puede hacer alguien dentro de su domicilio bajo este régimen. Según Romero, si el juez no impone restricciones específicas, el condenado puede llevar adelante una vida doméstica bastante similar a la habitual.
“Puede recibir visitas, hacer reuniones. El único límite es no salir de su casa y no violar normas de convivencia o contravenciones que puedan dar pie a la revocación del beneficio”, explicó. Este punto es particularmente polémico, ya que muchas veces estas situaciones generan indignación social o el repudio de las familias de las víctimas.
“Recordemos el caso de Julieta Silva en San Rafael, que organizaba reuniones con amigos, publicaba videos bailando, mientras cumplía su condena en prisión domiciliaria. Esto genera un fuerte impacto en la familia de la víctima”, apuntaron desde la producción.
Las excepciones y los criterios judiciales
El abogado subrayó que si bien existen criterios establecidos en el Código Procesal Penal (en el caso mendocino, el artículo 280), el juez de ejecución puede sumar condiciones excepcionales dependiendo del caso. Esto explica, por ejemplo, las restricciones especiales que tuvieron figuras públicas como el humorista Cacho Garay o incluso la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner.
“Una persona pública puede tener prohibición de salir de la provincia o del país, aun estando en libertad plena. Son decisiones que toma el juez, más allá de lo que la ley establece de forma general”, detalló Romero.
¿Quiénes pueden acceder a la prisión domiciliaria?
La ley no es completamente taxativa, pero Romero enumeró algunos de los requisitos más frecuentes: personas mayores de 70 años, mujeres con hijos menores de cinco años, personas enfermas con patologías incurables o con discapacidades, siempre que el Estado no pueda garantizarles la atención adecuada en el penal.
De todos modos, aclaró que estos criterios no son automáticos.
“Una persona de 70 años no accede directamente. Debe haber cumplido con normas carcelarias previas y no haber incurrido en faltas. Si no cumple, puede no acceder al beneficio, aunque tenga la edad o la enfermedad”, señaló.
¿Cuántos presos domiciliarios hay en Mendoza?
Según datos recientes del Servicio Penitenciario, en Mendoza hay aproximadamente 6.000 personas privadas de la libertad, de las cuales alrededor del 10% están en prisión domiciliaria. Para Romero, el número tiene explicación: “La sobrepoblación carcelaria es una de las razones principales. Muchos jueces tienen más consideración ante delitos menores, y los propios imputados aceptan reglas estrictas con tal de no ir al penal”.
El monitoreo: ¿funciona la tobillera?
Un punto clave en el debate es el sistema de control. En casos como el de Guaymallén, vecinos denunciaron que la tobillera de la imputada no funcionaba correctamente. Sobre este aspecto, Romero fue claro: “Si se rompe o se daña la tobillera, automáticamente se emite una alerta al sistema penitenciario. Si fue a propósito, el beneficio se revoca. En algunos casos, cuando no hay disponibilidad de tobilleras, los detenidos deben volver al penal”.
La diferencia entre el sistema provincial y el federal también es importante. Mientras el control provincial es más estricto y regular, en la órbita federal el monitoreo puede no ser tan frecuente y muchas veces ni siquiera se coloca la pulsera georreferencial.
“En el sistema provincial, si un imputado se aleja más de 10 metros del aparato base, suena una alarma y llega un móvil en cuestión de minutos. El problema no es la tecnología, sino el control”, aclaró.
El juez de ejecución, figura clave
Finalmente, Romero insistió en que más allá de lo que establece la ley nacional, la figura central es el juez de ejecución. Es él quien impone las reglas específicas del beneficio y quien puede revocarlo ante cualquier incumplimiento.
“Puede exigir que no haya fiestas, que no se reciba a ciertas personas, o incluso limitar movimientos dentro del domicilio. Todo depende de la evaluación del juez y del comportamiento del penado”, concluyó.
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