Se viene el debate por la renta minera y su uso - Por Gastón Bustelo

Se viene el debate por la renta minera y su uso - Por Gastón Bustelo
Se viene el debate por la renta minera y su uso - Por Gastón Bustelo

Si bien las preocupaciones principales con relación a las modificaciones de la ley 7.722 que limita la explotación de la minería metalífera están -con razón- en el uso y cuidado del agua, pero a medida que se vayan flexibilizando los impedimentos para avanzar con la actividad, deberá comenzar el debate por la renta minera. Hay varios aspectos que será necesario tener en cuenta y un buen punto de partida se encuentra en la propuesta de política de Estado para el desarrollo de la minería, elaborada en el primer año de la gestión Cornejo y en el que participaron distintos sectores y entidades en el marco de la mesa de diálogo minero.

Allí se indica que la gestión de los recursos fiscales generados por la minería a través de las regalías y los impuestos a la renta presenta desafíos. Uno es la aparición de comportamientos oportunistas por parte del sector público y de búsqueda de rentas para el sector privado, con riesgos de captura de los organismos públicos de control y regulación. El otro es el incentivo al desarrollo de prácticas macroeconómicas “populistas”, con aumentos insostenibles del gasto corriente. Y señalan que “para evitar este tipo de situaciones es fundamental que la política definida preste especial atención al manejo de la renta minera por parte de la Provincia, definiendo prioridades y objetivos para recursos provenientes de recursos no renovables”.

En el proyecto enviado esta semana a la legislatura por la administración Suárez se indica que la ley 24.196 establece en su artículo 22 el régimen para fijar las regalías mineras, a la cual la Provincia adhiere por Ley N° 6.090.

¿Qué dice el artículo 22? “Las provincias que adhieran al régimen de la presente ley y que perciban regalías o decidan percibir, no podrán cobrar un porcentaje superior al 3% sobre el valor ‘boca de mina’ del mineral extraído.

Pero el Acuerdo Federal Minero cambió el cálculo de las regalías. Un ejemplo para tener en cuenta es conocer qué pasó en San Juan, provincia en la que la minería metalífera se viene desarrollando desde hace 15 años.

En el 2011, el entonces gobernador José Luis Gioja, hizo un acuerdo con las mineras Argentina Gold S.A., Minas Argentinas S.A. y Troy Resources Limitada, en el que cambió el método de cálculo de las regalías. Pasó del 3% de boca de mina al 3% de la comercialización del mineral y así logró recaudar más plata para el Estado sanjuanino.

Si bien la recaudación por regalías mineras también está afectada por diversos factores como el precio del oro, hasta los primeros siete meses de este año la provincia vecina recibió 555 millones de pesos. El monto seguro aumentará, y representará cerca del 10% del presupuesto de gastos en San Juan.

En el ministerio de Economía de Mendoza tienen claras las diferencias y afirman que Mendoza se guiará por lo que indica el nuevo Acuerdo Federal Minero. ¿Qué dice? “Las provincias que deseen aplicar regalías se comprometen a cobrar, por tal concepto, hasta el 3% sobre el importe total de los ingresos brutos devengados por cada emprendimiento minero, por todo concepto y sin deducción de suma alguna, derivados de la comercialización de las sustancias minerales obtenidas en sus respectivos territorios. El débito fiscal del Impuesto al Valor Agregado no formará parte de la base de cálculo. Las regalías no tienen carácter tributario, ni se aplican a las sustancias de tercera categoría explotadas dentro de inmuebles de propiedad privada”.

Cuando el Congreso de la Nación apruebe el Acuerdo Federal Minero y la provincia adhiera por ley, cambiará la forma de calcular las regalías, las que no se harán en base al valor de boca de mina.

El artículo 22 de la Ley 24.196 quedará redactado así: “Las provincias que adhieran al régimen de la presente ley y que perciban o decidan percibir regalías, no podrán cobrar un porcentaje superior al 3% sobre el importe total de los ingresos brutos devengados por cada emprendimiento minero, por todo concepto y sin deducción de suma alguna, derivados de la comercialización de las sustancias minerales obtenidas en sus respectivos territorios. El débito fiscal del Impuesto al Valor Agregado no formará parte de la base de cálculo”.

Desde el gobierno provincial no tienen dudas de que “el nuevo Acuerdo Federal Minero cambia la base de imposición, en vez de cobrar el 3% en boca de mina, pasa a cobrar el 3% del valor de la venta. En términos prácticos está duplicando la base imponible y sobre eso agrega el 1,5% al fondo de infraestructura. El valor neto que cobraría estaría en el 4,5% de las ventas de la mina”.

También en el documento elaborado por la mesa de diálogo minero se hace referencia a las regalías. El texto indica que “el gobierno de la Provincia buscará implementar un sistema de regalías progresivas que acompañe los ciclos económicos del sector, buscando proteger el empleo y la actividad en los ciclos de precios bajos y compartir las ganancias con las empresas en los ciclos de precios altos y/o mayor ganancia” y definen con precisión que “las regalías no deberán superar en promedio, en ciclos de cinco años, el 3% sobre los ingresos o valor bruto obtenido por la comercialización del producto comercializado. A fin de efectuar el cálculo del mencionado valor bruto no se permitirá deducir ningún tipo de costos ni impuestos nacionales” y concluyen indicando que “dentro de las limitaciones mencionadas, la fórmula del cálculo de las regalías se establecerá caso a caso en el momento del inicio de la construcción y no podrá ser alterada a lo largo de la vida útil del proyecto”.

También se refieren al uso de las regalías en el documento y señalan que el gobierno de la Provincia priorizará el desarrollo de proyectos productivos en general o servicios asociados a la producción, a la concreción de obras de infraestructura social básica, a la educación y a la capacitación. También se usará el dinero para la fiscalización y control ambiental de las localidades ubicadas dentro de la zona de influencia del emprendimiento minero que las origine. Y agregan que las mismas serán objeto de rendición de cuentas periódica y auditoría anual por parte de los organismos competentes.

Son muchas las aristas para estar atentos si es que avanza la modificación de la 7.722 y finalmente arranca la actividad minera en Mendoza, lo prioritaria es el cuidado del agua; pero también habrá que saber qué cálculo de regalía terminará aplicándose y qué se hará con el dinero obtenido por ese concepto y por impuestos.

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