15 de diciembre de 2017 - 12:20

Vacaciones: qué se puede traer de Chile sin pagar arancel en la Aduana y qué no

Por tierra, el límite para ingresar mercadería sin pago extra es de 150 dólares por persona. Si excede, hay que abonar 50% del excedente.

Los primeros días de enero asoman para ser caóticos en el Paso Internacional Cristo Redentor, de acuerdo al pronósticos de cantidad de viajantes y vehículos. Al flujo tradicional de argentinos que cruzan la cordillera cada verano, se sumarán además aquellos que viajen en los cada vez más comunes tour de compras en Chile y aquellos fieles que querrán acompañar al papa Francisco en su periplo trasandino.

Por esta razón es que las autoridades argentinas y de aquel país ya comenzaron a trabajar de forma coordinada con un único objetivo: agilizar el movimiento y hacer el tránsito más expedito, buscando reducir las esperas en la frontera.

La AFIP difundió recientemente una serie de infografías simples en las que se explica el régimen de equipaje y las condiciones para que los productos puedan egresar e ingresar de Argentina (ya sea sin pago de arancel o con abono de arancel sobre excedentes de franquicias).

En claro
Entre los productos que no abonan arancel para ingresar al país se destacan libros y periódicos, así como también ropas y objetos de uso personal y sin fines comerciales (para estos últimos, el ingreso y egreso es libre).

Para sacar de Argentina están permitidos aquellos bienes valuados en hasta 2.000 dólares.

El pago de excedente de franquicias debe hacerse cuando los productos ingresados a nuestro país excedan determinados límites. Vía terrestre -lo que se tiene en cuenta en el Corredor Bioceánico-  la franquicia es de 150 dólares en equipaje y del mismo monto para Free Shop. En tanto, vía aérea o marítima, el límite permitido sin abono de arancel es de 300 dólares en equipaje (y el mismo monto en Free Shop).

En caso de excedentes de los montos ya destacados, el propietario del producto deberá pagar como arancel 50% de lo que sobrepase. Por ejemplo, si el viajante trae mercadería vía terrestre por 200 dólares; al superar en 50 dólares los 150 permitidos, deberá abonar 25 dólares (la mitad de lo que excedió).

En el caso de los menores de 16 años, la franquicia permitida es la mitad de los adultos (75 dólares por cada uno, vía terrestre). Y se puede combinar con todo el grupo familiar.

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