19 de mayo de 2026 - 07:18

Ya rige la ley que regula la recolección y descarga de líquidos cloacales e industriales en Mendoza

La normativa crea un registro obligatorio, incorpora controles satelitales y fija sanciones para transportistas y operadores.

El gobierno de Alfredo Cornejo promulgó este martes la Ley 9706, una normativa que regula en Mendoza la recolección, transporte, descarga y disposición final de efluentes cloacales e industriales.

La iniciativa establece un nuevo régimen de control para camiones atmosféricos, empresas transportistas y operadores de plantas de tratamiento, bajo la órbita del Departamento General de Irrigación (DGI).

La ley fue publicada en el Boletín Oficial y tiene como objetivo ordenar y fiscalizar toda la actividad vinculada al traslado de líquidos cloacales e industriales, incorporando mecanismos de trazabilidad, controles y sanciones para quienes incumplan la normativa.

Entre las definiciones incorporadas por la norma, se establece qué se entiende por efluentes cloacales e industriales, quiénes serán considerados generadores y operadores, y qué requisitos deberán cumplir los camiones atmosféricos encargados del transporte.

También se crea el “Manifiesto de Carga”, un documento obligatorio que deberá acompañar cada traslado y que tendrá carácter de declaración jurada.

Irrigación será la autoridad de aplicación

La ley determina que el Departamento General de Irrigación será la autoridad encargada de administrar y fiscalizar el nuevo sistema.

Entre sus funciones estarán la habilitación y control de empresas transportistas y vehículos, la implementación del sistema de manifiestos de carga, la autorización de puntos de descarga y la aplicación de sanciones.

Además, Irrigación deberá elaborar informes periódicos con la nómina de empresas habilitadas, suspendidas o sancionadas, garantizando el acceso público a esa información.

También podrá coordinar operativos con organismos provinciales, municipales y nacionales para reforzar controles y prevenir riesgos ambientales.

Registro obligatorio para transportistas

La normativa crea el Registro Provincial de Transportistas de Efluentes Cloacales e Industriales, en el que deberán inscribirse todas las personas humanas o jurídicas que realicen tareas de recolección y transporte mediante camiones atmosféricos.

Solo podrán operar quienes cuenten con habilitación vigente otorgada por Irrigación. Asimismo, las empresas deberán abonar un canon destinado a sostener los operativos de control para la preservación del recurso hídrico.

La ley también establece responsabilidades diferenciadas para los generadores y transportistas. El generador será responsable de la naturaleza y características de la carga, mientras que el transportista deberá garantizar el correcto traslado y descarga en sitios habilitados.

En el caso de efluentes industriales, será obligatorio que cuenten con un sistema de pretratamiento antes de su transporte.

Trazabilidad y geolocalización

Uno de los puntos centrales de la normativa es la incorporación de sistemas de monitoreo y geolocalización satelital para los vehículos habilitados.

Según el texto, el objetivo es asegurar la trazabilidad de los efluentes transportados y utilizar esa información como prueba válida en procedimientos administrativos o judiciales vinculados a infracciones.

La ley también prohíbe mezclar distintos efluentes en una misma carga, almacenar líquidos por más de 48 horas, transportar residuos incompatibles o descargar fuera de los sitios autorizados.

Sanciones y plazos de adecuación

El régimen prevé sanciones para generadores, transportistas y operadores que incumplan la normativa. Las penalidades incluyen apercibimientos, multas de entre 100 y 100.000 Unidades Fiscales de Agua (UFA), suspensión de habilitaciones, clausuras y decomisos.

La reglamentación deberá dictarse en un plazo de 90 días desde la promulgación de la ley. Además, los operadores y transportistas que ya se encuentren en actividad tendrán 180 días para adecuarse a las nuevas exigencias y formalizar su inscripción en el registro provincial.

La Ley

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