23 de abril de 2026 - 07:50

Ya rige la ley que busca acelerar las causas de delitos detectados en el momento: los puntos clave

La Ley 9703 fija nuevos plazos, concentra audiencias y busca reducir los tiempos hasta la sentencia en delitos detectados en el acto.

El gobierno de Alfredo Cornejo promulgó este jueves la Ley N° 9703, que introduce una serie de modificaciones al procedimiento de flagrancia en el Código Procesal Penal de Mendoza. La norma publicada en el Boletín Oficial, modifica artículos centrales del régimen vigente e incorpora nuevas reglas para estructurar el avance de las causas, desde la imputación hasta la sentencia.

A su vez, apunta a acelerar los tiempos de resolución judicial en casos donde el delito es detectado en el momento de su comisión o inmediatamente después, y a ordenar los plazos procesales para evitar dilaciones.

Uno de los ejes de la reforma es la fijación de plazos más precisos para cada etapa del proceso. En ese sentido, se establece que el Ministerio Público Fiscal deberá solicitar la audiencia inicial dentro de los diez días hábiles desde la aprehensión del sospechoso o desde la imputación formal, en caso de que no esté detenido.

Ese plazo podrá extenderse por otros diez días si existen medidas de prueba imprescindibles pendientes.

Durante esa audiencia inicial se evaluarán posibles salidas alternativas, como la aplicación de criterios de oportunidad o la realización de un juicio abreviado. Si ninguna de estas opciones prospera, el proceso avanzará hacia el denominado “procedimiento directísimo”, que busca concentrar las etapas del juicio en un lapso breve.

La norma también fija límites temporales estrictos para la audiencia de finalización: deberá realizarse en un plazo de cuatro días hábiles si el imputado está privado de libertad, o de ocho días si se encuentra en libertad. En todos los casos, no podrá superar los 30 días hábiles desde la audiencia inicial.

La ministra de Seguridad y Justicia, Mercedes Rus, durante el operativo en el asentamiento Castro. La acompaña el director general de la Policía de Mendoza, Marcelo Calipo.
La ministra de Seguridad y Justicia, Mercedes Rus, durante el operativo en el asentamiento Castro.  La acompaña el director general de la Policía de Mendoza, Marcelo Calipo.

La ministra de Seguridad y Justicia, Mercedes Rus, durante el operativo en el asentamiento Castro. La acompaña el director general de la Policía de Mendoza, Marcelo Calipo.

Sentencias inmediatas y cambios en la prisión preventiva

Otro aspecto relevante es que el juez deberá dictar sentencia en el mismo acto de finalización del debate, lo que refuerza el objetivo de celeridad del procedimiento. Solo de manera excepcional podrá diferir los fundamentos de la decisión por hasta tres días hábiles.

En cuanto a la prisión preventiva, la ley redefine los plazos para su solicitud. El fiscal tendrá un máximo de diez días desde la imputación para requerirla, aunque en los casos en que se aplique el procedimiento directísimo deberá plantearla directamente en la audiencia inicial.

Continuidad del proceso y adecuación institucional

La normativa incorpora además un nuevo artículo que establece que el vencimiento de los plazos previstos en el procedimiento de flagrancia no implicará automáticamente la nulidad de lo actuado. Por el contrario, el proceso continuará según la etapa en la que se encuentre, preservando la validez de las pruebas producidas.

En el plano institucional, la ley fija un plazo de 30 días hábiles para que la Suprema Corte de Justicia y los organismos de gestión judicial adecúen sus protocolos y turnos a los nuevos tiempos procesales.

En paralelo, la Procuración General deberá avanzar en la especialización funcional de fiscales y equipos técnicos para la tramitación de casos de flagrancia.

La Ley N° 9703 entrará en vigencia a los 30 días hábiles desde su publicación, en un contexto en el que el Ejecutivo provincial busca imprimir mayor rapidez al sistema penal y mejorar la respuesta judicial frente a delitos de resolución inmediata.

La norma

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