Este viernes a partir de las 8 inició la veda electoral de acuerdo a las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que se desarrollarán este domingo 13 de agosto en todo el país.
Este viernes a partir de las 8 inició la veda electoral de acuerdo a las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que se desarrollarán este domingo 13 de agosto en todo el país.
La veda electoral está contemplada en algunos artículos del Código Nacional Electoral, con disposiciones que prohíben algunas actividades, entre ellas la venta de alcohol.
Por ejemplo, según el artículo 71 del Código Nacional Electoral, la venta de bebidas alcohólicas “está prohibida desde las 20 del sábado hasta las 21 del domingo”.
No obstante, se suma el artículo 136 del Código Nacional Electoral, que establece sobre el expendio de bebidas alcohólicas, que “se impondrá prisión de quince días a seis meses, a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario”.
Hay algunas actividades que están prohibidas para los candidatos y para los votantes durante la veda tal como marca el artículo 71 del Código Nacional Electoral:
Según estableció la Cámara Nacional Electoral, estas son las próximas etapas previstas para las elecciones presidenciales de 2023:
Es importante aclarar que, respecto de los cargos electivos para legisladores nacionales, en Mendoza solo se votará para elegir cinco diputados/as nacionales y un/a parlamentario/a del Mercosur, ya que se trata de una elección que modificará parcialmente la composición de la Cámara de Senadores y Diputados de la Nación.
Los electores obligados a votar y que no concurrieron a hacerlo, deben justificar su ausencia ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito (art. 125 y ss. del CEN) dentro de los 60 días siguientes a la elección.
Si el elector que no emite el sufragio y no lo justifica dentro del plazo estipulado, pasa a integrar el Registro de Infractores (art. 18 del CEN) y deberá abonar la multa fijada de $100. Dicho registro puede consultarse en: https://infractores.padron.gob.ar
Además, no podrá ser designada para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años, a partir de la elección. Asimismo, quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.
En cambio, si la persona tiene entre 16 y 17 años, hizo la actualización obligatoria de sus datos identificatorios luego de cumplir sus 14 años y no va a votar, no formará parte del Registro Nacional de Infractores.
Es importante destacar que los ciudadanos que no pudieron votar en alguna elección nacional de ninguna manera están impedidos de emitir su sufragio en la siguiente.