El Gobierno de Alfredo Cornejo emitió este jueves dos decretos mediante los cuales aprobó aportes de capital por 5.781.654.820 de pesos para la Sociedad de Transporte de Mendoza (STM–S.A.U.P.E.), destinados a financiar trabajos vinculados con la ampliación del Metrotranvía y obras asociadas.
A través del Decreto 2320, el Ejecutivo autorizó la transferencia de $5.389.135.902 en carácter de aporte irrevocable de capital. Según el expediente, los fondos serán utilizados para cancelar el certificado 25 correspondientes a la Obra de Ampliación del Metrotranvía de Mendoza, Etapas 3 y 4, ejecutada por la empresa Construcciones Electromecánicas del Oeste S.A.
El decreto detalla el marco legal que habilita la inversión, entre ellos la Ley 9497, que autorizó el uso de crédito para financiar la ampliación del sistema, y la Ley 9601 de Presupuesto 2025, que permite al Poder Ejecutivo realizar aportes de capital a la STM para proyectos de infraestructura.
Las medidas fueron publicadas en el Boletín Oficial. También se incorporaron informes contables, documentación licitatoria y un dictamen del Directorio de la empresa justificando la necesidad del aporte.
El Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial fue autorizado a suscribir el convenio necesario para efectivizar la transferencia, que se realizará según disponibilidad financiera.
Aporte para obras complementarias
Por medio del Decreto 2321, el Gobierno aprobó un segundo aporte de $392.518.918 destinado a la obra “Gasoducto de Aproximación Luján de Cuyo – Recouting y válvula de bloqueo”, vinculada a la ampliación del Metrotranvía.
De acuerdo con la documentación del expediente, la intervención en el gasoducto constituye una obra adicional “imprescindible” para continuar con las Etapas 3 y 4 del sistema tranviario. También en este caso se incorporaron informes contables, el contrato de obra vigente y el acta de directorio que fundamenta la solicitud.
El aporte se instrumentará mediante convenio entre la empresa y el Ministerio de Gobierno, y el pago quedará sujeto a la disponibilidad financiera.
Ambos decretos se apoyan en el Artículo 60 de la Ley de Presupuesto 9601, que faculta al Poder Ejecutivo a invertir en bienes de capital y obras de infraestructura de la Sociedad de Transporte.
Los decretos
Además, se encuadran en la Ley 8944, que declara de interés provincial el sistema de transporte público eléctrico y establece la estructura financiera de la empresa estatal.