La defensa del exsubsecretario de Justicia de Mendoza, Marcelo D’Agostino, presentó un escrito ante la Justicia en el que solicitó que el exfuncionario se mantenga en libertad mientras avanza la investigación en su contra por presunto abuso sexual y violencia de género.
El planteo no solo apunta a evitar una eventual detención, sino que abre un frente jurídico y político: cuestiona la constitucionalidad del artículo 293 del Código Procesal Penal, una de las piezas centrales de la reforma que el propio D’Agostino promovió durante su paso por el Gobierno.
La causa se originó a partir de una denuncia de su expareja, que describe presuntos hechos de abuso sexual y un contexto de violencia de género sostenido durante varios años.
Si bien el exfuncionario ya se presentó ante la fiscal de Violencia de Género, Valeria Bottini, y quedó a disposición de la investigación, hasta el momento no fue imputado formalmente.
En ese contexto, sus abogados, Daniel Sosa Arditi y Eduardo de Oro, avanzaron con una estrategia preventiva: pidieron expresamente el mantenimiento de la libertad y buscaron desactivar cualquier posibilidad de que se dicte prisión preventiva en esta etapa inicial del proceso.
El eje del planteo: contra el artículo 293
El núcleo del escrito se centra en cuestionar el artículo 293 del Código Procesal Penal, que establece los criterios para dictar la prisión preventiva. Entre ellos, contempla situaciones como flagrancia, reiterancia, antecedentes condenatorios, riesgo de fuga, peligro de entorpecimiento de la investigación o riesgos para la víctima o testigos.
Para la defensa de D’Agostino, esa norma presenta una “contradicción intra sistémica” y vulnera tratados internacionales de derechos humanos. En concreto, sostienen que su aplicación automática, basada en la gravedad del delito, implica una forma de anticipar pena antes de una condena firme.
“Así las cosas, vemos que en caso concreto el beneficiario del pedido reúne una serie de requisitos que hacen presumir que se someterá al proceso”, señalaron los abogados en la presentación, al enumerar condiciones personales como residencia estable, familia y trabajo.
En la misma línea, rechazaron la presunción de fuga como un criterio automático: “¿Es lógico presumir que el imputado se fugará? La respuesta es categórica: el imputado no se fugará”, afirmaron.
El subsecretario de Justicia, Marcelo DÁgostino explicó los alcances de la ley que crea la Oficina de Conciliación Civil.
El exsubsecretario de Justicia, Marcelo D'Agostino.
Un artículo cuestionado en Tribunales
El planteo no pasó desapercibido en el ámbito judicial. Es que el artículo cuestionado forma parte de la reforma procesal impulsada durante la primera gestión de Alfredo Cornejo, en 2016, cuando D’Agostino era uno de los principales operadores en materia judicial.
Aquella modificación —incorporada a través de la Ley 8.869— endureció los criterios de detención, limitó la discrecionalidad de los jueces y puso el foco en la gravedad del delito para restringir excarcelaciones en casos considerados sensibles.
Durante años, el propio D’Agostino defendió públicamente esa lógica, alineado con la postura del Gobierno de evitar que imputados por delitos graves recuperaran rápidamente la libertad.
Ahora, en una situación inversa, su defensa sostiene que ese mismo esquema es inconstitucional si se aplica como una regla rígida, sin evaluar de manera concreta los riesgos procesales en cada caso.
La contradicción normativa que plantea la defensa
En términos técnicos, el escrito plantea una tensión dentro del propio Código Procesal Penal. Por un lado, el artículo 281 establece como principio general que las personas deben transitar el proceso en libertad. Por otro, el 293 introduce criterios que, según la interpretación más restrictiva, obligarían a dictar prisión preventiva en función de la gravedad del delito.
Para los abogados, esa dualidad genera una contradicción que debe resolverse a favor de la libertad, aplicando una interpretación restrictiva de las medidas de coerción.
En ese sentido, remarcaron que la norma solo sería válida si se aplica de manera flexible, permitiendo analizar caso por caso la existencia de riesgos concretos, como la posibilidad de fuga o de entorpecimiento de la investigación.
El contexto de la causa
El escrito se presentó en paralelo a los primeros movimientos de la investigación. D’Agostino compareció el lunes ante la fiscal Bottini, donde prestó declaración informativa y quedó a disposición de la instrucción.
La denuncia incluye, además de los presuntos abusos, referencias a episodios de amedrentamiento y al supuesto uso de un arma de fuego como mecanismo de intimidación. En ese marco, los investigadores ya incorporaron a la causa una pistola calibre 9 milímetros que fue entregada por el propio exfuncionario.
También avanzan otras medidas de prueba, como peritajes psicológicos, la ratificación de la denuncia y el análisis de evidencia digital. En este último punto, D’Agostino puso a disposición su teléfono celular oficial para la extracción de información por parte de peritos.
Un pedido anticipado
El movimiento de la defensa tiene otro dato relevante: se anticipa a una decisión que todavía no fue tomada. La fiscalía aún no definió una imputación formal ni solicitó medidas de coerción.
Sin embargo, según argumentaron los abogados, la presentación responde a indicios que surgieron en los últimos días, como la prohibición de acercamiento dictada a favor de la denunciante. Esa medida fue interpretada como una señal de que el proceso podría avanzar hacia una imputación y eventualmente derivar en un pedido de detención.
Frente a ese escenario, la estrategia fue clara: instalar desde ahora la discusión sobre la validez de la prisión preventiva y reforzar la idea de que no existen riesgos procesales que justifiquen privar de la libertad al exfuncionario.