El Senado provincial le dio sanción definitiva al proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo para reformar el Código Procesal Penal, con el fin de que se realicen más audiencias en la Justicia penal en horario vespertino.
La iniciativa prevé ampliar el horario de audiencias, fortalecer la participación de operadores judiciales y crear la Oficina de Gestión Administrativa Penal para optimizar la organización del fuero.
El Senado provincial le dio sanción definitiva al proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo para reformar el Código Procesal Penal, con el fin de que se realicen más audiencias en la Justicia penal en horario vespertino.
La iniciativa reforma particularmente las Leyes N° 6730, N° 8008 y N° 9040, con el objetivo de modernizar y hacer más eficiente el fuero penal provincial. De esta manera se busca fortalecer un sistema de justicia equilibrado, accesible y transparente, que impacte directamente en la protección de derechos y la seguridad de la ciudadanía.
Durante el tratamiento en el recinto, la propuesta fue aprobada por 20 votos a favor y uno en contra. La sanción se dio sin la participación de los bloques del PJ y La Unión Mendocina, que después de la aprobación de la reforma del Estatuto del Empleado Público lograda por desempate de la vicegobernadora Hebe Casado, decidieron abandonar la sesión. El senador Armando Magistretti, del bloque Partido Demócrata/Libertad Avanza, decidió quedarse y no acompañó la iniciativa.
El senador radical David Saez fundamentó la importancia de la iniciativa al señalar que apunta a ampliar la disponibilidad de audiencias, ordenar la agenda en el fuero penal y equilibrar el trabajo entre jueces, ayudantes fiscales y codefensores.
La reforma alcanza al Código Procesal Penal, a la ley del Ministerio Público Fiscal y a la normativa de creación del fuero penal colegiado, con el objetivo de que los procesos se desarrollen en tiempos razonables para los ciudadanos mendocinos.
Saez explicó que la propuesta se sustenta en tres ejes. El primero se orienta a garantizar una franja horaria más amplia para la realización de audiencias penales, que se extenderán hasta las 19 horas.
De acuerdo con estadísticas de la Suprema Corte de Justicia de los años 2023 y 2024, de un total de 45.500 audiencias realizadas, el 86 por ciento se concretaron en horario matutino, un 3 por ciento por la tarde y ninguna después de las 18 horas, lo que evidencia un uso limitado del turno vespertino.
El segundo eje plantea ampliar la participación de los operadores judiciales, potenciando el rol de los ayudantes fiscales y de los codefensores en los debates orales, con la intención de multiplicar la capacidad operativa de un sistema actualmente sobrecargado.
En este marco, recordó que en 2023 ingresaron 1.871 causas en los tribunales penales colegiados y cerca de 20.000 en los juzgados penales colegiados, lo que refleja una desproporcionalidad que requiere correcciones.
El tercer eje propone reorganizar la oficina de audiencias con el propósito de optimizar la asignación de turnos, reducir reprogramaciones y postergaciones, descomprimir las mañanas y garantizar el normal desarrollo de los juicios.
El legislador destacó que esta reforma impactará directamente en la seguridad de los mendocinos y en la mejora de la protección de los derechos, y consideró que responde a una necesidad que la provincia viene planteando desde hace varios años.
La reforma crea una OGAP para cada Tribunal y Juzgado Penal Colegiado, bajo la dependencia jerárquica de la Sala Administrativa de la Suprema Corte de Justicia. La OGAP tendrá funciones administrativas exclusivas, salvo aquellas tareas de soporte jurisdiccional delegadas en funcionarios letrados, y será responsable de garantizar estándares de eficiencia y calidad en el servicio judicial. Entre sus funciones se destacan:
La reforma también redefine la función jurisdiccional dentro de los Tribunales y Juzgados Penales Colegiados, estableciendo distintos roles: jueces de audiencias, de despacho, de turno de garantías y de turno de ejecución, con responsabilidades específicas, como resolución de medidas de detención, control judicial de personas privadas de libertad, monitoreo de centros de detención y atención a Habeas Corpus.