17 de noviembre de 2025 - 07:34

La Suprema Corte implementó el nuevo sistema para agilizar el Beneficio de Litigar sin Gastos

El nuevo esquema apunta a reducir tiempos en un proceso que representa el 25% de las causas que pagan tasa de justicia.

La Suprema Corte de Justicia oficializó la puesta en marcha de un nuevo procedimiento para la tramitación del Beneficio de Litigar sin Gastos (BLSG), con el objetivo de hacer más ágil y eficiente su resolución en todos los fueros de la provincia. La medida quedó formalizada a través de la Acordada 32.299, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

El tribunal fundamentó la iniciativa en la necesidad de modernizar un trámite que representa una parte significativa del trabajo judicial. Según datos estadísticos elaborados por la propia Corte, el 25% de las causas que pagan tasa de justicia en el fuero Civil, Comercial y Minas corresponde a incidentes por solicitudes de este beneficio: 4.000 expedientes sobre un total de 15.840. Una proporción similar se registra en la Justicia de Paz.

El nuevo sistema se apoya en la utilización de información proporcionada por la Dirección Nacional SINTyS (Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social), mediante un mecanismo de consulta interno desarrollado por el Poder Judicial.

La herramienta se incorpora en el marco del “Convenio Marco de Colaboración y Asistencia Técnica” firmado en abril de 2025 entre la Suprema Corte y la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología de la Nación.

La Corte explicó que la consulta automatizada de información permitirá evaluar con mayor rapidez la situación socioeconómica de quienes soliciten el beneficio, destinado especialmente a personas en condiciones de vulnerabilidad económica, tal como establece el Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza.

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Cambios normativos recientes

La implementación del sistema se vincula con la modificación del artículo 96 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario, propuesta por la Corte y enviada a la Legislatura en agosto de 2025. Ese proyecto fue aprobado bajo la Ley 9.658 y promulgado en septiembre de ese año, con el objetivo de modernizar el régimen jurídico del beneficio.

La acordada establece que, para iniciar la solicitud, los peticionantes deberán consignar un conjunto mínimo de datos: DNI, CUIL, nombre y apellido, fecha de nacimiento y sexo. Estos elementos permitirán activar el sistema de consulta automatizada.

Además, la Dirección de Informática del Poder Judicial y los organismos jurisdiccionales involucrados deberán realizar pruebas de funcionamiento y efectuar los ajustes necesarios. Las coordinaciones de todos los fueros que tramitan el BLSG deberán informar a la Corte sobre el desempeño del nuevo sistema una vez implementado.

Capacitación y difusión

El Poder Judicial también dispuso la elaboración de instructivos y videos explicativos para la capacitación de magistrados, funcionarios, personal administrativo y abogados. El Centro de Capacitación e Investigaciones Judiciales “Dr. Manuel A. Sáez” tendrá a su cargo la organización de los talleres.

Finalmente, la Secretaría de Información Pública deberá garantizar la difusión del nuevo mecanismo tanto para usuarios internos como externos. También se notificó formalmente a la Federación de Colegios de Abogados y Procuradores de la provincia y al Ministerio Público Fiscal.

Anexo

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