El gobierno de Alfredo Cornejo oficializó este jueves una batería de sanciones disciplinarias contra efectivos de la Policía de Mendoza y del Servicio Penitenciario, a través de nueve decretos publicados en el Boletín Oficial. Las medidas incluyen cesantías, suspensiones, bajas durante el periodo de prueba y la continuidad de sumarios por distintas irregularidades.
Las resoluciones, impulsadas desde el Ministerio de Seguridad y Justicia a cargo de Mercedes Rus, reflejan un esquema de control interno que combina sanciones firmes con procesos administrativos aún en curso, en función de la gravedad de las conductas detectadas.
De los nueve casos analizados, algunos ya tienen sanción confirmada,como cesantías, suspensiones y bajas, mientras que otros continúan en etapa de investigación sin resolución definitiva.
El paquete de decretos muestra así un doble enfoque: por un lado, la aplicación de sanciones ante conductas comprobadas; por otro, el avance de sumarios en situaciones donde aún resta determinar responsabilidades.
Delitos penales y procesos disciplinarios
Uno de los casos más delicados fue tratado en el Decreto Nº 481, donde el Gobierno rechazó el pedido de un efectivo con condena penal por lesiones graves y homicidio culposo, que buscaba suspender el sumario administrativo. El Ejecutivo dejó en claro que la revisión judicial no interrumpe los plazos del proceso disciplinario.
Cesantías y sanciones más graves
Entre los casos más severos, el Ejecutivo ratificó —mediante el Decreto Nº 138— una cesantía con posibilidad de exoneración contra un efectivo investigado por amenazas. Si bien la causa penal había prescripto, el Gobierno sostuvo que la responsabilidad administrativa es independiente, por lo que mantuvo la sanción expulsiva.
En otro expediente, el Decreto Nº 289 revisó la situación de un exjefe policial que había sido cesanteado con exoneración. En este caso, se modificó parcialmente la sanción y se la redujo a cesantía simple, al considerar que no existía una condena penal firme que justificara la medida más gravosa.
No obstante, la carteta de Seguridad decidió mantener la expulsión del exjefe policial por infracciones al régimen disciplinario.
Por su parte, el Decreto Nº 484 confirmó una suspensión de diez días para una agente por incumplimientos a distintas obligaciones previstas en la normativa policial, aunque sin precisiones públicas sobre el hecho puntual.
Bajas por desempeño y falta de adaptación
Otro grupo de decretos apunta a personal que no logró consolidarse en sus cargos. En estos casos, el Gobierno dispuso la no confirmación durante el periodo de interinato, lo que implica la desvinculación automática.
El Decreto Nº 291 resolvió la baja de una agente penitenciaria, a partir de evaluaciones que detectaron falta de compromiso con la función y disconformidad con las tareas asignadas.
En la misma línea, el Decreto Nº 478 oficializó la desafectación de una auxiliar policial tras informes técnicos que concluyeron que no logró adaptarse a las exigencias del régimen.
Irregularidades administrativas y conductas incompatibles
Gran parte de los expedientes se vinculan con investigaciones internas que siguen abiertas. Entre los motivos que dieron origen a los sumarios aparecen:
- El Decreto Nº 292 ratificó la continuidad de una investigación por irregularidades en la carga de servicios extraordinarios, rechazando planteos que buscaban modificar la calificación de la falta.
- A través del Decreto Nº 325, el Ejecutivo desestimó un pedido de nulidad en un sumario iniciado tras detectarse la vinculación de un vehículo particular de un efectivo con un hecho delictivo, además de actividades económicas incompatibles con la función policial.
- En tanto, el Decreto Nº 480 abordó un caso por la presunta presentación de un certificado médico apócrifo para justificar inasistencias, rechazando los planteos de nulidad y habilitando la continuidad del proceso.
Cómo funciona el esquema disciplinario
Los decretos hacen reiteradas referencias a la Ley 6722, que regula el régimen del personal policial y establece las faltas, sanciones y condiciones de permanencia en el cargo. Entre los criterios más relevantes, el Gobierno remarca que:
- Las faltas graves pueden derivar en cesantías, independientemente del resultado penal.
- La exoneración, como sanción máxima, suele requerir una condena judicial firme.
- El periodo de interinato funciona como una instancia de evaluación, donde la continuidad depende del desempeño.
Además, se reafirma que la apertura de un sumario no implica una sanción en sí misma, sino el inicio de un proceso en el que se garantiza el derecho de defensa del efectivo.