19 de enero de 2026 - 19:21

La Justicia aceptó a ARCA como querellante en la causa contra la AFA por una presunta evasión de $19.000 millones

La Justicia aceptó la solicitud del Gobierno, que ahora tendrá acceso pleno al expediente.

La resolución, firmada el viernes pasado por el juez en lo Penal Económico Diego Amarante, habilita a los abogados del organismo recaudador a acceder plenamente al expediente, solicitar medidas de prueba y apelar resoluciones, lo que convierte a ARCA en acusador privado directo contra la administración que encabeza Claudio Tapia.

El expediente se originó en una denuncia presentada por ARCA el 12 de diciembre, donde el organismo advirtió que la AFA retuvo fondos de los clubes correspondientes a impuestos y aportes, pero no los giró al Estado. Tras recibir la denuncia, el fiscal en lo Penal Económico Claudio Navas Rial pidió formalmente la apertura de la investigación e imputó a la cúpula de la AFA por evasión agravada.

claudio tapia
Claudio Tapia, presidente de la AFA.

Claudio Tapia, presidente de la AFA.

Según información de Infobae, por el riesgo de pérdida de pruebas, el juez Amarante habilitó la feria judicial de enero, una decisión excepcional que permitió mantener el juzgado operativo durante el receso y acelerar medidas urgentes, entre ellas la aceptación de ARCA como querellante.

El monto y los tributos bajo la lupa

Según la presentación firmada por los abogados de ARCA, Vanina Mariel Vidal y Matías Alejo Gentile Brezigar, el perjuicio fiscal asciende a $19.353.546.843,85. Las irregularidades detectadas abarcan IVA, Impuesto a las Ganancias y Contribuciones a la Seguridad Social, en un período que va de marzo de 2024 a septiembre de 2025.

El detalle es contundente:

  • Más de $8.000 millones en retenciones de Ganancias no ingresadas.
  • Más de $8.600 millones en aportes a la Seguridad Social (descuentos a empleados de los clubes) que no fueron depositados.

Para el organismo fiscal, no se trata de una deuda común. En su escrito, ARCA sostuvo que la AFA "conocía su obligación", practicó las retenciones y estaba en condiciones de cumplir, pero optó por omitir el depósito, configurando una "indebida apropiación de caudales públicos", ya que esos fondos "no constituyen fondos propios del contribuyente, sino recursos ajenos que pertenecen al Estado desde el momento mismo de la retención".

LAS MAS LEIDAS