26 de diciembre de 2025 - 13:29

"Incompatible": los detalles del último revés del juez Sarmiento, suspendido en Mendoza y rechazado en Neuquén

El Consejo de la Magistratura de Neuquén le dio otro duro revés al juez penal Sebastián Sarmiento, quién atraviesa un Jury en Mendoza.

A través de la Acordada Nº 119/2025, firmada el lunes 22 de diciembre, los siete consejeros resolvieron por unanimidad “declarar fracasado” el Concurso Público Nº 263 para cubrir un cargo de Juez de Ejecución Penal del Interior en la ciudad de Zapala.

El postulante Miguel Sebastián Sarmiento, quien se encuentra suspendido de sus funciones en Mendoza por afrontar un juicio político por mal desempeño, había superado con éxito todas las etapas y se posicionaba primero en el orden de mérito, con un total de 30 puntos en el orden técnico. Lo seguían los candidatos Federico González Vital y Andrea Roberta Clarame.

Sin embargo, el Consejo de la Magistratura, que preside el juez de la Corte Evaldo Darío Moya, ponderó el inicio del juicio político contra Sarmiento como un factor decisivo para rechazar su postulación y afirmó que el resto de los aspirantes no alcanzó los “estándares previstos”.

De esta manera, se resolvió convocar a un nuevo concurso destinado a cubrir el cargo vacante.

Alusiones al Jury de Enjuiciamiento contra Sarmiento

Una parte sustancial de la acordada estuvo dedicada a la situación de Sarmiento. El Consejo advirtió que “este Cuerpo ha tomado conocimiento -inicialmente por medios de comunicación y luego por reconocimiento expreso del postulante ante el interrogatorio de los Consejeros- que el mismo se encuentra transitando un proceso de Jury de Enjuiciamiento en la Provincia de Mendoza, por una denuncia de mal desempeño de sus funciones como titular del Juzgado Penal Colegiado Nº 1 de la Provincia de Mendoza”.

“Que, con fecha 11 de diciembre de 2025, se ha dispuesto la suspensión de dicho magistrado y la apertura formal del juicio político, habiéndose confirmado la continuidad del proceso tras el rechazo del planteo de nulidad realizado por el Dr. Sarmiento el pasado 18 de diciembre”, agregaron.

El juez Sebastián Sarmiento.
Se activará un proceso de Jury de Enjuiciamiento para el juez Sebastián Sarmiento.

Se activará un proceso de Jury de Enjuiciamiento para el juez Sebastián Sarmiento.

Asimismo, señalaron que “si bien rige el principio de inocencia, la sustanciación de un Jury de Enjuiciamiento por hechos vinculados directamente al ejercicio de la función jurisdiccional genera una situación de incertidumbre incompatible con la inmediatez y la ejemplaridad que requiere la cobertura de una vacante en nuestro Poder Judicial”.

“La naturaleza del proceso de selección busca no solo idoneidad técnica, sino también la solvencia ética y la estabilidad funcional, extremos que en la actualidad se encuentran bajo revisión institucional en otra jurisdicción”, sostuvo el cuerpo.

Y advirtieron que “la designación de un magistrado bajo estas condiciones podría afectar la confianza pública en el sistema de justicia provincial y comprometer la responsabilidad de este Consejo en la selección de perfiles que reúnan condiciones de idoneidad integral”.

Los argumentos claves de una consejera

En la acordada fue la consejera Andrea Lorena Paz, representante de los abogados, quien expresó los argumentos para dar por fracasado el concurso.

Sin nombrar al juez mendocino, apuntó contra la “omisión de información relevante” que habría cometido Sarmiento, ya que recién informó al cuerpo sobre su situación en Mendoza cuando fue consultado durante la etapa de entrevistas personales.

Fue la consejera María Belén de los Santos, representante del bloque del PJ en la Legislatura de Neuquén, quien le consultó sobre el Jury en la reunión del 27 de noviembre pasado.

Sarmiento se defendió aclarando que “esta denuncia fue posterior a mi inscripción en este concurso. El concurso fue en mayo y esto fue en junio".

La consejera Paz sostuvo que “la entrevista personal constituye una instancia central del procedimiento, destinada a evaluar aspectos sustantivos que no resultan plenamente verificables por medios escritos o documentales, tales como la honestidad intelectual, la transparencia, la capacidad de autocrítica, el compromiso con los valores institucionales y la buena fe en el vínculo con el órgano evaluador”.

Además, indicó que “quienes se postulan para cargos públicos de especial responsabilidad se encuentran alcanzados por un deber reforzado de veracidad, colaboración y transparencia, deber que no se agota en el cumplimiento formal de requisitos reglamentarios, sino que proyecta efectos directos sobre la evaluación de su idoneidad integral”.

“Que, en tal sentido, la omisión de información relevante, aun cuando no se configure como una infracción formal autónoma, resulta jurídicamente valorable dentro del marco de una evaluación integral de idoneidad, en tanto afecta la confianza institucional, la credibilidad del proceso y la legitimidad de una eventual designación”, manifestó la consejera.

LAS MAS LEIDAS