El gobierno de Javier Milei promulgó este viernes la reforma de la Ley de Glaciares y oficializó así una serie de cambios en el régimen de protección de estas reservas estratégicas de agua.
El Gobierno sostiene que la norma ordena el marco legal y fortalece el rol de las provincias en la gestión de recursos.
El gobierno de Javier Milei promulgó este viernes la reforma de la Ley de Glaciares y oficializó así una serie de cambios en el régimen de protección de estas reservas estratégicas de agua.
La norma, publicada en el Boletín Oficial como Ley 27.804, introduce modificaciones a la legislación vigente con el objetivo, según el Poder Ejecutivo Nacional, de “ordenar el marco normativo, evitar interpretaciones arbitrarias y fortalecer el federalismo ambiental”.
La actualización alcanza a la Ley 26.639, que establece los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial.
Entre los principales cambios, redefine el objeto de la norma y plantea la necesidad de compatibilizar la preservación ambiental con el aprovechamiento racional de los recursos naturales, en línea con lo establecido por la Constitución Nacional.
Antes de su promulgación, la reforma fue aprobada en la Cámara de Diputados con 137 votos afirmativos, 111 negativos y tres abstenciones. Durante el debate, el oficialismo defendió la iniciativa como una herramienta para ordenar la normativa vigente, mientras que sectores de la oposición plantearon reparos sobre su impacto en la protección ambiental.
El texto mantiene la definición de los glaciares como reservas estratégicas de recursos hídricos, fundamentales para el consumo humano, la producción agrícola, la biodiversidad y la investigación científica. No obstante, introduce una redacción que busca armonizar esa protección con el desarrollo de actividades productivas bajo criterios de sostenibilidad.
En ese marco, la reforma incorpora precisiones sobre los alcances de las actividades permitidas y restringidas en zonas glaciares y periglaciares, uno de los puntos que históricamente generó mayor conflictividad judicial.
Desde el Gobierno sostienen que estos cambios permitirán reducir la discrecionalidad en la aplicación de la ley y brindar mayor seguridad jurídica.
Uno de los ejes centrales de la modificación es el fortalecimiento del rol de las provincias en la gestión de los recursos naturales. En línea con el artículo 124 de la Constitución Nacional, la norma remarca el dominio originario de las jurisdicciones y promueve una mayor participación provincial en la toma de decisiones vinculadas a la protección y uso de los glaciares.
Según la visión oficial, este enfoque apunta a consolidar un esquema más federal, en el que cada provincia pueda adaptar las políticas ambientales a sus particularidades. En distritos cordilleranos como Mendoza, donde la discusión sobre minería, agua y ambiente es constante, este aspecto aparece como uno de los más relevantes.
La ley mantiene el Inventario Nacional de Glaciares como herramienta clave para la identificación y monitoreo de estas formaciones. Este registro incluye tanto glaciares como geoformas periglaciales que cumplen funciones hídricas esenciales, y resulta central para definir áreas protegidas y evaluar el impacto de actividades humanas.
Además, se introducen ajustes en los mecanismos de actualización y control, con el objetivo de mejorar la calidad de la información y fortalecer la articulación entre organismos nacionales y provinciales.
La modificación de la Ley de Glaciares reabre una discusión de fondo sobre el equilibrio entre desarrollo económico y preservación ambiental. Mientras el Gobierno sostiene que la reforma no reduce estándares sino que los hace más claros y aplicables, organizaciones ambientalistas y parte de la dirigencia política advierten sobre posibles riesgos en la protección efectiva de estos ecosistemas.
Con la norma ya vigente, el foco estará puesto en su implementación concreta y en cómo se traducen estos cambios en el territorio, especialmente en las provincias cordilleranas donde los glaciares cumplen un rol clave en el abastecimiento de agua.