11 de marzo de 2025 - 11:29

Es ley el nuevo régimen salarial de cargos jerárquicos en el Servicio Penitenciario

Por unanimidad, la Cámara de Senadores aprobó la reestructuración de los cargos jerárquicos en el Servicio Penitenciario

En total, la planta del Servicio Penitenciario Provincial cuenta con 2.922 empleados, de los cuales un porcentaje se desempeña como administrativo, y allí también están los penitenciarios y los puestos jerárquicos. Por ejemplo, 298 penitenciarios se desempeñan en la cárcel de Boulogne sur Mer; 314 en San Felipe; 378 en Almafuerte; 216 en la de San Rafael; y 315 en Almafuerte II, entre otros.

La ministra de Seguridad y Justicia, Mercedes Rus, le explicó a Los Andes que con la nueva reorganización prevista en el proyecto, se eliminarán 41 puestos jerárquicos de la Penitenciaría, lo que corresponderá a un ahorro de dinero que es el que se utilizará también para mejorar los salarios de los actuales jefes.

Remarcó además que "no habrá despidos", y que aquellos que ostentaban puestos directivos serán "relocalizados" en las mismas u otras dependencias.

La defensa del oficialismo en la sesión

Durante el tratamiento del proyecto en la sesión, la senadora Ángela Floridia, presidenta de la comisión de Hacienda y Presupuesto, fue la miembro informante y explicó los alcances de la iniciativa.

La legisladora radical remarcó que la adecuación normativa responde a la reestructuración establecida en la Ley Orgánica del Servicio Penitenciario, aprobada en 2024, y que anexa las regionalizaciones dentro del sistema. “Se hace una reestructuración en función de lo jerárquico y es por esto que es necesaria esta modificación, que contempla esta reestructuración con relación a los ítems de conducción y responsabilidad jerárquica de los agentes penitenciarios de las 26 unidades con las que contamos en la provincia de Mendoza”, explicó.

Asimismo, hizo referencia a la inclusión en el segundo artículo del proyecto de los agentes penitenciarios retirados convocados, que actualmente son 15 personas. “Se les contempla el pago de los haberes que estarían cobrando en la actualidad, más el 50% de la remuneración al momento de la baja efectiva y los ítems por prestación efectiva”, detalló la senadora.

Floridia enfatizó que la medida no implica un aumento salarial ni un incremento presupuestario, sino un reconocimiento a las personas que cumplen funciones jerárquicas y de conducción en el servicio penitenciario.

“Es el reflejo de lo que hemos votado el año pasado en la Ley Orgánica para lograr una reestructuración que cumpla con un servicio más eficaz. Además, también es un reconocimiento y un incentivo a los agentes que forman parte del servicio penitenciario, llevando las estructuras al mismo nivel que las estructuras de la policía de la provincia de Mendoza”, sostuvo.

Qué dijo la oposición sobre el proyecto

La jefa del bloque del Partido Justicialista, Adriana Cano, adelantó el voto positivo de la norma al señalar que se trata de una ley vinculada a otras anteriormente aprobadas como la Ley Orgánica del Servicio Penitenciario.

De todos modos, alertó que esta reestructuración "va a significar un aumento en la brecha salarial que existe entre los cargos jerárquicos y el personal de servicio penitenciario, que seguirá cobrando salarios de miseria como el resto de los empleados públicos de Mendoza"

Por su lado, el jefe del Interbloque de La Unión Mendocina, Germán Vicchi, aseguró que "es obvio que hay que reconocer al personal jerárquico por las tareas que cumple, pero deberíamos plantearnos presentar un proyecto de ley que abarque a todos los penitenciarios de la Provincia, porque es necesario mejorar la remuneración que tienen".

"Esta ley se queda corta", dijo el senador del Pro y anunció que desde su bloque presentarán otra iniciativa para abarcar a todo el servicio penitenciario.

Mejores sueldos para los encargados en el Servicio Penitenciario

Entre las reformas, está la del artículo 183 bis de la ley 7493 (del Servicio Penitenciario Mendoza), que establece el régimen de remuneraciones.

En el mismo, se plantea una nueva escala de adicionales salariales para los penitenciarios "que ostenten el grado de oficial jefe u oficial superior de cualquier escalafón, y al personal penitenciario designado como Encargado General del Servicio, que cumplan en forma normal, habitual y permanente, funciones de conducción", conforme a la escala porcentual sobre la asignación de clase del cargo de jefe de Policía, que son los siguiente.

  • Dirección General: equivalente al 100% obre la Asignación de la Clase del Cargo de Jefe de la Policía (actualmente es el 86,95%).
  • Subdirección General: equivalente al 93% (actualmente es el 76,6%).
  • Direcciones Principales: equivalente al 85% (nuevo cargo).
  • Direcciones Regionales: equivalente al 80% (nuevo cargo).
  • Direcciones de Complejos Penitenciarios y Dirección del Instituto de Formación Penitenciaria: equivalente al 76.35% (actualmente es el 66,39%)
  • Subdirecciones de Complejos Penitenciarios, Direcciones de Unidad, Direcciones de Centros de Alojamiento, Dirección Legal y Técnica, Secretaría General: equivalente al 66,40% (actualmente es el 56%)
  • Subdirecciones de Unidad, Subdirecciones de Centros de Alojamiento, Jefaturas de Departamento, Dirección Técnica de Farmacia, Capellanía Mayor y Jefaturas de Alcaidías Transitorias: equivalente al 46%. (actualmente es el 40%)
  • Jefaturas de División y Encargado o Encargada General del Servicio: equivalente 23% (actualmente es el 20%).

Estos adicionales, que serán excepcionales "se podrán abonar al personal penitenciario que ostente grado de oficial jefe u oficial superior de cualquier escalafón, y que cumpla funciones orgánicas conductivas o de supervisión en las áreas dependientes del Ministerio de Seguridad"

Por otro lado, el artículo 2 sustituye el artículo 211 de la ley, que trata sobre las asignaciones especiales y convocatorias, cuya reforma establece que el personal convocado "percibirá, además del haber de retiro pertinente, la mitad de la asignación de clase perteneciente al grado que ostentaba al momento del retiro y la totalidad de los adicionales y suplementos de prestación efectiva correspondientes al personal en actividad y/o a la función de conducción que se le asigne".

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