Llega este 26 de octubre una nueva instancia de elecciones legislativas en todo el país, aunque al no elegirse presidente, la participación ciudadana y el interés de acercarse a votar a las escuelas suele ser menor.
Este domingo 26 de octubre los argentinos votamos cargos del Poder Legislativo, según la provincia y el municipio.
Llega este 26 de octubre una nueva instancia de elecciones legislativas en todo el país, aunque al no elegirse presidente, la participación ciudadana y el interés de acercarse a votar a las escuelas suele ser menor.
A modo de ejemplo, la participación en las legislativas del 2021 fue del 71%, pero en las generales y el balotaje del 2023 creció en torno al 77%.
Otra duda que surge es si en caso de no haber votado en los comicios del 2023 (por ende, multa al ser injustificado), la persona está habilitada a hacerlo en 2025. Y, como siempre se recuerda, el sufragio es siempre un derecho y deber cívico, tal como indica la Constitución Nacional.
Sí. Todas aquellas personas que figuren en el Registro Nacional de Electores tienen el mismo derecho y deber cívico de votar en las elecciones legislativas de este domingo 26 de octubre, incluso si no votaron en las elecciones presidenciales de 2023 (PASO, generales y balotaje).
En el caso de que una persona no asistiera a emitir su sufragio en los comicios de 2023, puede -y está obligado- a participar de las legislativas de octubre de 2025.
La obligación de votar recae sobre todos los argentinos nativos o por opción (es decir, aquellos hijos de padres argentinos que eligen esta nacionalidad) desde los 16 y hasta los 70 años, y sobre las personas naturalizadas (extranjeros que obtuvieron la ciudadanía del país) desde los 18 años.
Quienes tengan 15 años pero cumplan los 16 hasta el día de las elecciones generales, inclusive, deberán concurrir a votar. Sin embargo, en caso de no sufragar, el Código Electoral Nacional no establece sanciones ni multas en los menores de 18 años (es un voto optativo). Lo mismo pasa con los mayores de 70 años.
El elector que no vote el domingo 26 de octubre debe justificar su ausencia dentro de los 60 días posteriores.
En caso de no hacerlo, deberá afrontar el pago de una multa de $500 o podrá recibir sanciones, como la inhabilitación a desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años.
En este enlace podés consultar el Registro de Infractores al deber de votar.
También se puede hacer la presentación ante la Cámara Nacional Electoral o la secretaría electoral correspondiente al domicilio de la persona.
El voto no es obligatorio para:
Con el modelo de Boleta Única de Papel (BUP), en la provincia de Mendoza se votan:
-5 diputados nacionales (boleta celeste)
-24 diputados y 19 senadores provinciales (boleta verde), dependiendo de los cuatro distritos electorales:
-La mitad de los concejales en 12 de los 18 departamentos: Ciudad de Mendoza, Godoy Cruz, Las Heras, Guaymallén, Lavalle, Tupungato, Tunuyán, San Carlos, San Martín, Junín, General Alvear y Malargüe. El resto (Luján de Cuyo, Maipú, Rivadavia, Santa Rosa, La Paz y San Rafael) desdoblaron para el 22 de febrero de 2026.
Los datos se pueden consultar en www.padron.gob.ar y es necesario ingresar el número de DNI, género, distrito y el código de validación. Acto seguido, el sistema arrojará el nombre y la dirección del establecimiento, el número de mesa y el número de orden.
Desde la Cámara Nacional Electoral recordaron que si bien el lugar de votación de las elecciones legislativas de 2025 puede ser el mismo que el de 2023, también es posible que haya cambios, por lo que es conveniente hacer una nueva consulta antes de los comicios del domingo 26 de octubre.