20 de marzo de 2026 - 08:17

El Gobierno tomó un particular crédito en dólares para modernizar el gasto público: de qué se trata

Se trata de un programa financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo, que destina 40 millones de dólares y es controlado por la Nación.

La medida se oficializó mediante el Decreto 1560, publicado en el Boletín Oficial, en el que se aprueban tanto el acta-acuerdo de participación como el convenio específico de proyecto suscriptos entre la Provincia y la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Nación.

El programa, denominado “Apoyo a la Gestión Integrada del Gasto Público”, tiene como objetivo principal fortalecer los sistemas de información financiera y optimizar el uso de datos para la toma de decisiones en la administración pública.

En ese marco, Mendoza adhirió formalmente a la iniciativa a través de un acta firmada el 16 de septiembre de 2024 entre la Nación y la Provincia, representada en ese momento por el ministro de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, Natalio Mema.

Además, el decreto avala el convenio específico de proyecto, suscripto el 20 de febrero de 2025, que establece las condiciones para la ejecución de acciones concretas en el territorio provincial. Este acuerdo fue firmado por autoridades nacionales del programa y por el ministro de Hacienda y Finanzas de Mendoza, Víctor Fayad.

Según se detalla en los considerandos de la norma, el proyecto cuenta con la “no objeción” del BID y apunta a la modernización y fortalecimiento de los sistemas y procesos administrativos, con foco en la reducción del gasto y la mejora en la calidad de la información presupuestaria.

Entre los objetivos específicos se destacan la generación de información oportuna para optimizar la ejecución de programas prioritarios y el fortalecimiento del acceso a datos presupuestarios a nivel subnacional, con el fin de favorecer el control ciudadano.

Cómo es el esquema de devolución del crédito

A diferencia de otros préstamos internacionales, el esquema financiero de este programa no contempla la transferencia directa de fondos a las arcas provinciales. En el caso de Mendoza, los recursos son ejecutados por la Nación, que se encarga de realizar las adquisiciones de bienes y servicios vinculados a los proyectos.

En ese sentido, la “devolución” del crédito no implica el pago de cuotas de capital e intereses por parte de la provincia, sino el cumplimiento de una serie de compromisos vinculados a la sostenibilidad del programa y la disciplina fiscal.

Entre las principales obligaciones asumidas por Mendoza se encuentra el mantenimiento operativo de los sistemas e infraestructura que se incorporen, lo que implica afrontar con recursos propios los gastos de administración, operación y conservación.

A esto se suma el requisito de sostener la adhesión al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal (Ley N° 25.917), así como la presentación de informes anuales sobre el estado de los bienes adquiridos y la continuidad técnica de las inversiones bajo estándares aceptados.

Sanciones en caso de incumplimiento

El acuerdo también establece un esquema de sanciones ante eventuales incumplimientos por parte de la provincia en la implementación del programa, que abarca áreas como recaudación, salud, recursos humanos y administración financiera.

Entre las medidas previstas figura la suspensión inmediata de la ejecución del proyecto o de actividades específicas, hasta tanto se regularicen las condiciones observadas.

En casos de incumplimientos reiterados, la autoridad nacional puede disponer la cancelación total de las acciones en el ámbito provincial. Asimismo, el convenio contempla la posibilidad de rescisión por culpa de la provincia, si las deficiencias persisten tras una notificación formal. En ese escenario, Mendoza cuenta con un plazo de cinco días hábiles para presentar su descargo.

Finalmente, el acuerdo incluye una cláusula que habilita la rescisión sin previo aviso en situaciones críticas, como la falta de inicio del proyecto dentro de los 45 días hábiles desde su firma o la no corrección de observaciones en los informes de avance.

El decreto y anexo

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anexo (83)

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