El Gobierno de Alfredo Cornejo resolvió desestimar el recurso de revocatoria presentado contra el Decreto 1165, mediante el cual se aprobó un convenio con la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) para el mantenimiento de rutas nacionales en Mendoza. La decisión estableció que la presentación no cumplía con los requisitos legales para ser tratada como recurso administrativo y la recondujo a una denuncia simple.
El Decreto 1591, publicado este lunes en el Boletín Oficial, resolvió que el recurso de revocatoria interpuesto por los dirigentes del Partido Verde, Mario Vadillo y Emanuel Fugazzotto, junto a Eduardo Chappel, carecía de legitimación activa.
Según los fundamentos, tanto el titular del partido ecológico como de los legisladores provinciales no acreditaron un perjuicio directo o potencial, requisito exigido por la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia.
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El gobernador Alfredo Cornejo firmó con el secretario de Transporte, el mendocino Luis Pierrini, y el titular de Vialidad Nacional, Marcelo Compoy.
Prensa Gobierno de Mendoza
En consecuencia, la presentación fue considerada como una denuncia administrativa simple, lo que impide la apertura de una vía recursiva en sede administrativa. El Gobierno recordó que el Decreto 1165, que dio origen a la controversia, ya había sido ratificado por la Ley 9640, sancionada y promulgada en tiempo y forma.
En virtud de la jerarquía normativa, el acto adquiere fuerza de ley, por lo que cualquier cuestionamiento debería canalizarse a través de una acción de inconstitucionalidad y no mediante recursos administrativos.
El convenio con Vialidad Nacional, firmado en mayo, tiene carácter interadministrativo y contempla la ejecución de obras de conservación y mantenimiento en tramos de las rutas nacionales 7, 40 y 143.
La vigencia es de 36 meses y, según se indicó en el decreto, responde a la necesidad de garantizar la seguridad vial frente a la falta de respuesta adecuada por parte del Estado nacional.
El decreto