El gobierno de Javier Milei amplió los alcances del Programa Tribuna Segura e incorporó a las personas registradas como deudores alimentarios morosos dentro de los casos que podrán tener restringido el ingreso a estadios de fútbol.
El gobierno modificó la normativa del programa Tribuna Segura y sumó nuevos criterios para aplicar restricciones de concurrencia en espectáculos deportivos.
El gobierno de Javier Milei amplió los alcances del Programa Tribuna Segura e incorporó a las personas registradas como deudores alimentarios morosos dentro de los casos que podrán tener restringido el ingreso a estadios de fútbol.
La decisión fue oficializada mediante la Resolución 429/2026 del Ministerio de Seguridad Nacional, publicada este martes en el Boletín Oficial. La medida modifica el artículo 2 de la Resolución 354/2017, normativa que regula la denominada “Restricción de Concurrencia Administrativa” aplicada en espectáculos futbolísticos.
Con este cambio, se establece que podrán quedar alcanzadas por restricciones de ingreso aquellas personas sobre las que exista una medida judicial o administrativa vinculada a su inclusión en un Registro Público de Alimentantes Morosos o sistemas equivalentes en distintas provincias y jurisdicciones del país. Según el texto oficial, la prohibición se mantendrá mientras continúe vigente la situación que originó la sanción.
En los considerandos de la resolución, el Ministerio de Seguridad sostuvo que en los últimos meses la Dirección de Seguridad en Eventos Deportivos recibió numerosos oficios judiciales solicitando incorporar personas a la base de datos del Programa Tribuna Segura debido al incumplimiento en el pago de cuotas alimentarias.
La cartera nacional argumentó que distintas jurisdicciones ya cuentan con normas que contemplan restricciones similares. Entre los antecedentes citados aparece la Ley 269 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que creó el Registro Público de Alimentantes Morosos y dispone que los organismos encargados del control de acceso a estadios rechacen el ingreso de personas incluidas en ese listado durante encuentros organizados por instituciones afiliadas a la AFA, FIFA o Conmebol.
También se menciona el caso de Salta, donde la Ley 7411 establece que los deudores alimentarios morosos no pueden ingresar a espectáculos deportivos o culturales pagos. El Ministerio señaló además que existen registros similares en otras provincias con medidas equivalentes.
La resolución encuadra esta modificación dentro de la política de fortalecimiento del Programa Tribuna Segura, creado en 2018 para controlar el acceso a los estadios de fútbol y detectar personas con restricciones judiciales, policiales o administrativas.
En paralelo, el texto recuerda que en marzo de 2025 ya se había ampliado el alcance de las restricciones de concurrencia mediante otra resolución ministerial. En ese momento, se incorporaron conductas vinculadas a hechos violentos en manifestaciones o congregaciones en la vía pública, más allá de los espectáculos deportivos.
Con la modificación publicada ahora, el artículo 2 de la Resolución 354/2017 incorpora ocho supuestos distintos bajo los cuales se podrá restringir el acceso a estadios.
Entre ellos figuran personas imputadas, procesadas o condenadas por delitos vinculados a la violencia en el fútbol, hechos que afecten el orden público, actos violentos en manifestaciones, delitos relacionados con drogas cometidos en espectáculos deportivos y, desde ahora, quienes tengan restricciones derivadas de deudas alimentarias.
La medida entró en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial.