26 de agosto de 2025 - 12:37

Cornejo puso en marcha la reforma al Estatuto del Empleado Público en Mendoza: los puntos claves del proyecto

Entre los cambios se prevé la eliminación de los beneficios de acceso hereditario a cargos, la creación de personal interino y la reducción de indemnizaciones.

El Gobernador, Alfredo Cornejo, puso en marcha su plan de reformar del Estatuto del Empleado Público con el que busca modificar parcialmente la norma que regula las condiciones de contratación de los trabajadores estatales. La iniciativa comenzó a tratarse este martes en las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC), y de Hacienda y Presupuesto de la Cámara de Diputados.

La propuesta fue enviada la semana pasada desde el Ejecutivo provincial y este martes el asesor de Gobierno, Ricardo Canet, fue el encargado de exponer los principales cambios en las comisiones de la Cámara Baja.

En sí, el proyecto apunta a modificar el Decreto Ley 560/73, a través de la actualización de artículos y la derogación de disposiciones que quedaron en desuso. Entre las novedades, se destaca la creación de la categoría de personal de planta interino, que no contará con estabilidad propia.

Cambios en la antigüedad

Además, se redefine el cálculo de la antigüedad, dejando fuera del cómputo los períodos trabajados bajo contratos temporales o figuras de locación de servicios.

El Gobierno sostiene que algunos de los artículos de la normativa actual “han provocado soluciones discordantes en los fallos de la Suprema Corte de Mendoza” o han dado lugar a interpretaciones que se apartan de los principios generales del empleo público.

También alega a la derogación de normas recursivas que ya no se aplican y la eliminación de disposiciones que reconocían derechos “cuasi hereditarios” para acceder a cargos públicos.

Otro de los cambios centrales es la diferenciación entre personal con estabilidad propia (planta permanente) y estabilidad impropia (interinos y contratados). En este último caso, los agentes podrán ser despedidos sin necesidad de un proceso de cesantía, aunque con derecho a indemnización.

Reforma en el cálculo de las indemnizaciones

En cuanto a las indemnizaciones, el proyecto establece que se calcularán sobre la totalidad de las remuneraciones regulares del último sueldo, a razón del 100% por cada año de antigüedad o fracción mayor a tres meses.

Esto elimina el régimen vigente que contemplaba porcentajes más altos (150% y 200%) para trabajadores con más de 10 o 20 años de servicio.

Mientras que a la definición de antigüedad, se aclara que solo se computarán los servicios prestados bajo el régimen de carrera administrativa, cargos escalafonarios o modalidades de trabajo en relación de dependencia con aportes previsionales.

Quedarán excluidas las contrataciones realizadas mediante locación de obras o servicios facturados como prestaciones autónomas. Finalmente, se propone derogar el artículo 90 del Estatuto, que permitía a viudas o hijos de empleados fallecidos acceder a un cargo público sin concurso.

Según el Ejecutivo, esta disposición debe eliminarse por contradecir los principios de igualdad e idoneidad establecidos en la Constitución provincial.

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