29 de julio de 2026 - 07:45

Ascensos en la Policía: de qué trata la corrección que hizo el Gobierno al decreto reglamentario

La Provincia aclaró errores materiales detectados en la reglamentación del régimen de promociones y dispuso que la modificación tenga efecto retroactivo.

El gobierno de Alfredo Cornejo oficializó una corrección al decreto que reglamentó el régimen de ascensos del personal policial, luego de detectar errores materiales en la redacción de la norma publicada en junio de este año.

La modificación quedó establecida a través del Decreto Nº 1414, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, y aclara aspectos vinculados con los requisitos para la promoción de oficiales dentro de la fuerza.

La medida alcanza al Decreto Nº 1199, dictado el 17 de junio de 2026, que reglamentó el artículo 185 de la Ley Nº 6722, modificada por la Ley Nº 8848, referido al tratamiento promocional del personal policial.

Según se explica en los fundamentos del nuevo decreto, durante la aplicación de esa reglamentación se detectó la omisión de uno de los incisos del artículo y un error en la referencia a los requisitos de antigüedad exigidos para determinados ascensos.

Las correcciones introducidas

De acuerdo con el texto oficial, el primer cambio consiste en incorporar expresamente el inciso 8 del artículo 185 dentro de la reglamentación.

Si bien ese apartado no requiere una reglamentación específica, su ausencia generaba inconsistencias en la enumeración de los requisitos previstos para acceder a determinadas promociones dentro de la carrera policial.

Además, el Gobierno corrigió una referencia contenida en el inciso 11 de la reglamentación. En la versión original del Decreto Nº 1199 se indicaba que, para presentar la autopropuesta de ascenso, el personal debía no reunir la antigüedad requerida en el inciso 10.

Con la aclaración publicada ahora, esa referencia fue modificada para señalar correctamente que la antigüedad exigida corresponde al inciso 11 del artículo reglamentado.

La Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad y Justicia consideró que se trató de un error material e involuntario, susceptible de ser corregido mediante una aclaratoria, conforme a lo previsto en los artículos 77 y 78 de la Ley Nº 9003 de Procedimiento Administrativo.

El dictamen sostiene que este tipo de enmiendas no altera el contenido sustancial del acto administrativo y puede tener efectos retroactivos.

Cómo queda la reglamentación

Con la nueva redacción, el artículo 2 del Decreto Nº 1199 incorpora expresamente los incisos 1 al 8 del artículo 185 de la Ley Nº 6722 como requisitos de referencia para los ascensos a las jerarquías de Comisario General, Comisario Inspector y Comisario.

Asimismo, se establece que el personal policial que reúna los requisitos previstos en los incisos 1 a 8, pero que no alcance la antigüedad como oficial exigida en cada uno de esos cargos, podrá presentar una autopropuesta para ser promovido, siempre que acredite esa antigüedad computando los años de servicio desde su ingreso a las Policías de la Provincia de Mendoza.

También se mantiene el criterio de que, una vez realizado el tratamiento promocional, tendrán prioridad quienes cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos por la ley.

El decreto

El Decreto Nº 1414 dispone que el resto del Decreto Nº 1199 permanece sin modificaciones y establece que la aclaración tendrá efectos retroactivos desde la fecha de publicación de la reglamentación original en el Boletín Oficial.

La norma fue firmada por el gobernador Alfredo Cornejo y la ministra de Seguridad y Justicia, Mercedes Rus, y comenzó a regir con su publicación en la edición de este 29 de julio del Boletín Oficial.

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