El gobierno de Alfredo Cornejo reglamentó el artículo 185 de la Ley Provincial de Policía 6722 y estableció nuevas condiciones para el tratamiento promocional del personal policial que aspire a las jerarquías más altas de la fuerza.
La nueva normativa alcanza a las jerarquías de Comisario, Comisario Inspector y Comisario General y busca evitar vacantes en la conducción policial.
El gobierno de Alfredo Cornejo reglamentó el artículo 185 de la Ley Provincial de Policía 6722 y estableció nuevas condiciones para el tratamiento promocional del personal policial que aspire a las jerarquías más altas de la fuerza.
La medida fue oficializada mediante el Decreto 1199, publicado este lunes en el Boletín Oficial, y busca ampliar el universo de efectivos que podrán postularse para ascensos dentro de la institución.
La norma fue firmada por el mandatario provincial y por la ministra de Seguridad y Justicia, Mercedes Rus, y apunta a resolver una situación que, según los fundamentos del decreto, podía generar dificultades para cubrir determinadas vacantes en los rangos superiores de la Policía de Mendoza.
Hasta ahora, para acceder a determinadas promociones era necesario acreditar una cantidad mínima de años de antigüedad como oficial. Con la nueva reglamentación, los efectivos que no cumplan ese requisito específico podrán igualmente presentar su autopropuesta para el proceso de ascenso si cuentan con la antigüedad exigida computada desde su ingreso a la fuerza policial.
La modificación alcanza a los ascensos a las jerarquías de Comisario, Comisario Inspector y Comisario General, contempladas en los incisos 9, 10 y 11 del artículo 185 de la Ley 6722.
De esta manera, el tiempo de servicio prestado dentro de la Policía de Mendoza podrá ser tenido en cuenta para habilitar la participación en los procesos promocionales, aun cuando el efectivo no reúna la totalidad de los años requeridos en calidad de oficial.
En los considerandos del decreto, el Ejecutivo provincial argumenta que la medida busca reconocer la preparación, experiencia y conocimientos adquiridos durante la carrera policial.
Además, sostiene que la actividad desarrollada dentro de la institución brinda una formación y una trayectoria que justifican considerar la antigüedad total en la fuerza para estos casos particulares.
No obstante, la reglamentación aclara que la posibilidad de presentar la autopropuesta no implica un ascenso automático. Los postulantes deberán atravesar el procedimiento de evaluación correspondiente y cumplir con los restantes requisitos establecidos por la legislación vigente.
El decreto también establece que aquellos efectivos que reúnan la totalidad de las condiciones previstas por la ley mantendrán prioridad absoluta al momento de concretarse las promociones.
Es decir, la flexibilización del requisito de antigüedad no modifica el orden de preferencia dentro de los procesos de ascenso, sino que amplía la posibilidad de que más integrantes de la fuerza sean considerados para ocupar eventuales vacantes.
Según el Gobierno, esta herramienta permitirá evitar situaciones en las que determinados cargos superiores queden sin cubrir por falta de postulantes que cumplan estrictamente con todos los requisitos formales.
La reglamentación deja expresamente establecido que tendrá efectos únicamente hacia el futuro y que no alterará situaciones jurídicas ya consolidadas ni promociones realizadas con anterioridad.
Asimismo, el nuevo criterio de cómputo de antigüedad quedará limitado exclusivamente al tratamiento promocional previsto en los incisos 9, 10 y 11 del artículo 185 de la Ley 6722.
Desde el Ministerio de Seguridad y Justicia señalaron que la reglamentación viene a cubrir un aspecto que no se encontraba expresamente desarrollado en la normativa vigente y que se encuadra dentro de las facultades del Poder Ejecutivo para reglamentar las leyes provinciales y dirigir el funcionamiento de las organizaciones policiales de Mendoza.
El decreto entrará en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial.